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Procedimiento concursal

Procedimiento concursal

El procedimiento concursal es aquel que se inicia cuando una persona física o jurídica entra en situación de insolvencia, no pudiendo hacer frente a sus deudas. Tiene como objetivo negociar y llegar a un acuerdo entre acreedores y deudor.

Concursal

¿En qué consiste el procedimiento concursal?

El procedimiento concursal se contiene en el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante TRLConc), y consta de tres fases diferencias, en principio sucesivas: declaración de concurso, fase común para la determinación de las masas activa y pasiva, y fase solutoria o salida del concurso (en sus formas ordinarias de convenio y liquidación).

¿Qué tipos de concurso pueden darse?

Presupuesto objetivo

El presupuesto objetivo se identifica con la insolvencia (art. 2.1 TRLC), que se concibe como el estado patrimonial del deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (art. 2.3 TRLConc). Pero ese concepto unitario opera de manera distinta según se trate de concurso necesario o voluntario.

Concurso voluntario

Si la solicitud de concurso la insta el propio deudor, deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia, si bien en este caso no sólo podrá ser actual o inminente sino futuro, previsto como "inminente". El deudor tiene el deber de solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia actual (art. 5.1 TRLConc); pero tiene la facultad de anticiparse a éste (art. 2.3 TRLConc).

Concurso necesario

Para solicitar la declaración de concurso están legitimados el deudor y cualquiera de sus acreedores (art. 3.1 TRLConc). Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, no está legitimado el acreedor que, dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, hubiera adquirido el crédito por actos ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento (art. 3.2 TRLConc).

Procedimiento de declaración

En el auto de declaración de concurso, el Juez decidirá si se tramita el mismo como concurso ordinario, o como procedimiento especial de microempresas (a partir del 01.01.23), según se reúnan o no los requisitos contenidos en los arts. 685 y 686 TRLC. En el concurso ordinario nombrará a la Administración Concursal, y acordará intervenir o sustituir las facultades patrimoniales del deudor.

b. Presentación por el deudor de propuesta de convenio o con solicitud de liquidación: El deudor puede solicitar el concurso con una propuesta de convenio, o solicitar directamente la apertura de la fase de liquidación; lo que dará lugar a la apertura de la sección quinta en el auto de declaración del concurso. .

¿Cómo se desarrolla el procedimiento?

La fase común del concurso tiene por objeto la determinación de las masas del concurso, principal cometido de la administración concursal que se nombra en el auto de declaración. La misma se desarrolla en tres hitos. En primer lugar, son las partes que conforman el haz de relaciones obligacionales en cuyo marco se genera la insolvencia, quienes realizan sus alegaciones. Así, el deudor señala en qué consiste su patrimonio y qué deudas tiene en los documentos que acompaña a la solicitud de concurso (o, en el caso de concurso necesario, en un momento posterior, tras requerimiento contenido en el auto de declaración de concurso), y los acreedores comunican sus créditos en el plazo de un mes desde la publicación del concurso en el BOE.

En un segundo momento, es el administrador concursal quien, a partir de estos datos y tras analizar toda la documentación contable del deudor, fija provisionalmente las masas del concurso en su primer, o primeros informes al respecto.

Por último, a partir de la protesta de algunos acreedores, es el juez quien puede modificar aspectos concretos del informe provisional, a través de los correspondientes incidentes concursales, para desembocar finalmente en los textos definitivos.

¿Cuáles son las secciones en las que se divide el concurso?

El procedimiento de concurso está dividido en seis secciones en cada una de las cuales, se ordenan las actuaciones de cada una de ellas, pudiéndose abrir cuantas piezas separadas sean necesarias o convenientes:

En concreto, las secciones que refiere el art. 508 TRLConc son las siguientes:

  • 1. La sección primera comprenderá lo relativo a la declaración de concurso, a las medidas cautelares, a la conclusión y, en su caso, a la reapertura del concurso.
  • 2. La sección segunda comprenderá todo lo relativo a la administración concursal al nombramiento y cese del titular o titulares de este órgano y, en su caso, del auxiliar delegado, a la determinación de sus facultades de este órgano, al ejercicio del cargo, a la retribución, a la rendición de cuentas y, en su caso, a la responsabilidad civil en que el administrador o administradores concursales hubieran podido incurrir. En esta sección se incluirá en pieza separada el informe de la administración concursal con los documentos que lo acompañen y, en su caso, la relación definitiva de acreedores.
  • 3. La sección tercera comprenderá lo relativo a la determinación de la masa activa, los incidentes relativos a qué bienes y derechos son necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del concursado, a los alzamientos de los embargos, a las autorizaciones judiciales y a los créditos contra la masa. En esta sección se incluirá en pieza separada cada uno de los incidentes relativos a la reintegración y a la reducción de la masa activa. En esta sección se incluirán igualmente en pieza separada las ejecuciones que se inicien o se reanuden contra los bienes y derechos de la masa activa.
  • 4. La sección cuarta comprenderá lo relativo a la determinación de la masa pasiva, a la comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de créditos concursales y al pago de los acreedores. En esta sección se incluirán igualmente, en pieza separada, los juicios declarativos contra el deudor que se acumulen al concurso de acreedores.
  • 5. La sección quinta comprenderá en piezas separadas lo relativo al convenio, y a la liquidación.
  • 6. La sección sexta comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y a los efectos de la calificación y a la ejecución de la sentencia de calificación del concurso como culpable.

Recuerde que…

  • El procedimiento concursal se inicia cuando una persona física o jurídica entra en situación de insolvencia.
  • El procedimiento consta de tres fases: declaración de concurso, fase común para la determinación de la masa activa y pasiva; y fase solutoria o de salida del concurso.
  • El concurso voluntario es aquel instado por el propio deudor, debiendo justificar su endeudamiento.
  • Están legitimados para solicitar el concurso necesario cualquiera de sus acreedores.
  • El procedimiento de concurso está dividido en seis secciones, pudiéndose abrir cuantas piezas separadas sean necesarias o convenientes.

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