De forma general hace referencia a la acción y efecto de sustituir a una persona por otra en el ejercicio de unos derechos o en el cumplimiento de unas obligaciones. En el entorno bancario y referido, por ejemplo, al préstamo hipotecario, supone el cambio de la entidad de crédito acreedora ante la cual se está obligada al pago, o el cambio de la persona deudora obligada a pagar la hipoteca. Una persona puede, mediante el trámite de la subrogación, cambiar su préstamo hipotecario de una entidad bancaria a otra para conseguir una mejora en las condiciones económicas del mismo, sin necesidad de cancelarlo y formalizar uno nuevo.