Concepto
Operación por la que una empresa cede las facturas generadas por sus ventas a una compañía de factoring para que se ocupe de su gestión de cobro, pudiendo además solicitar un conjunto de servicios de carácter financiero, administrativo y comercial, entre los que se encuentra el pago anticipado de las facturas. En el factoring podemos distinguir las siguientes figuras:
- — Cedente: Empresa que contrata los servicios de factoring cediendo sus facturas de clientes.
- — Factor: Compañía de factoring que adquiere las facturas asumiendo su gestión de cobro y, en su caso, financiado al cedente. La mayoría de las entidades de crédito suelen tener segmentos especializados en proporcionar este servicio.
- — Clientes: Empresas a las que vende el cedente obligadas al pago de las facturas.
Notas características
Las compañías de factoring antes de ofrecer este producto analizan con detalle la solvencia de los clientes obligados al pago de las facturas, aspecto que condiciona tanto la posibilidad de pactar la operación como su coste final. Por este motivo, ha sido una operación tradicionalmente reservada a empresas que cuentan entre sus clientes con administraciones públicas o empresas pertenecientes a grupos de sociedades muy solventes. Por otro lado, no es una opción disponible para determinadas ventas, como son las relacionadas con los productos de tipo perecedero, o las que tienen vencimientos lejanos en el tiempo (más de 180 días).
El factoring puede establecerse para todos los clientes de una empresa o solo para una parte de ellos, refiriéndose siempre a créditos comerciales a corto plazo que se ceden de forma continuada. Se instrumenta mediante un contrato entre empresa cedente y factor, que incorpora una cláusula de cesión de facturas por la que se autoriza al factor a cobrarlas, aspecto que habrá de notificarse a los clientes obligados últimos a su pago. Esta relación contractual suele regirse por los principios de “exclusividad”, por el que la empresa cedente no puede realizar un contrato de factoring sobre el mismo cliente con dos factores distintos, y de “globalidad”, por el que la empresa cedente entrega todas las facturas de un cliente al mismo factor.
En el contrato se habrán de establecer con claridad todos los servicios que el factor va a prestar, entre los que pueden incluirse los siguientes:
- — Gestión de cobro de los créditos comerciales.
- — Financiación de las facturas hasta un porcentaje que acuerden factor y empresa cedente.
- — Investigación comercial de los clientes (actuales y potenciales), clasificándolos por su grado de solvencia con los límites de crédito que se deban asignar a cada uno.
- — Administración y control contable de las facturas cedidas.
- — Cobertura del riesgo de impago.
Modalidades
En función de la cobertura del riesgo de impago
Teniendo en cuenta este servicio, pueden distinguirse dos modalidades de factoring diferentes:
- a) Con recurso: El factor no asume el riesgo por insolvencia, pudiendo actuar contra la empresa cedente de las facturas en caso de impago del cliente. En este caso, el factor agotará el espacio temporal de reclamo al cliente, fijado en el contrato, e instrumentado por lo general mediante un sistema de avisos, antes de comunicarle el inicio de un procedimiento judicial contra él, previo consentimiento de la empresa cedente. En el supuesto de no actuación, el factor devolverá las facturas a la empresa cedente y recuperará, en su caso, el importe anticipado.
- b) Sin recurso: El factor se hace cargo del riesgo por insolvencia del cliente, que suele referirse a insolvencia judicialmente manifiesta (es decir, concurso de acreedores), no pudiendo actuar contra la empresa cedente si se produce impago. El hecho de tener una cobertura total del riesgo por insolvencia eleva de forma muy importante el coste de la operación, de ahí que se establezca la posibilidad de negociar coberturas inferiores al 100 %, que reduzcan el coste. Para la empresa cedente, el factoring sin recurso, dependiendo de la cobertura que se llegue a negociar, supone reducir las gestiones por impagos, morosidad y fallidos.
En función del momento de pago de las facturas al cedente
Desde el punto de vista del momento en que el factor paga a la empresa las facturas que le cede, pueden diferenciarse cuatro modalidades de factoring diferentes:
- a) Con pago al cobro: El factor abona las facturas a la empresa cedente cuando recibe el pago de los clientes de esta.
- b) Con pago al cobro con fecha límite: El factor abona las facturas a medida que las va cobrando y antes de una fecha límite.
- c) Con pago a fecha fija: El factor abona el importe de las facturas en vencimientos fijos pactados, con independencia de que se encuentren cobradas o pendientes de cobro.
- d) Con pago anticipado: El factor abona el importe de las facturas, descontando un interés por anticiparlas, siendo la opción que proporciona financiación a la empresa.
En función del lugar de residencia del cliente
El factoring puede ofrecerse tanto para ventas nacionales como internacionales, con las siguientes características:
- a) Factoring nacional: El caso más normal para empresas que venden a clientes que residen en territorio nacional.
- b) Factoring de exportación: También puede plantearse para ventas efectuadas a deudores residentes en el exterior, eliminando los mismos riesgos y proporcionando las mismas ventajas que en el caso del mercado interior; pero que son más difíciles de gestionar en el exterior. En este caso, no suele ofrecerse para ventas de productos perecederos.
Ventajas e inconvenientes
La operación de factoring tiene las siguientes ventajas para la empresa:
- — Facilita el control contable de las facturas.
- — Reduce costes administrativos y de gestión (teléfono, correspondencia, gastos por cobros de recibos, análisis de riesgos, etc.).
- — Contribuye a la disminución de costes financieros por demoras en los cobros.
- — Proporciona información periódica de los clientes y su solvencia.
- — En la modalidad “sin recurso” cubre el riesgo de insolvencia (de forma total o parcial), suprime las gestiones por impagos, morosidad y fallidos, y mejora los ratios de liquidez.
- — Permite financiar las ventas a través de una única fuente de financiación.
Por su parte, el factoring presenta los siguientes inconvenientes para la empresa:
- — Suele ser una financiación cara, sobre todo en la modalidad “sin recurso”.
- — Los requisitos de exclusividad y globalidad comentados.
- — Es difícil de pactar cuando los clientes de la empresa no gozan de una gran solvencia.
- — No suele aceptarse para determinadas ventas, como son las relacionadas con los productos perecederos o las que tienen vencimientos lejanos en el tiempo.
- — Se produce una injerencia en la relación comercial entre el cliente y el proveedor de un externo como es el factor.
Diferencias entre el factoring y el descuento comercial
Existen varias diferencias entre estas dos operaciones de financiación, algunas de las más destacables son las siguientes:
- — La operación de factoring se soporta en una factura, mientras que la de descuento lo hace en un efecto comercial.
- — El anticipo del factoring es flexible en tiempo y cuantía frente al del descuento que es rígido, en el momento de efectuar el adelanto, y por el importe total.
- — El factoring prevé una modalidad “sin recurso”, mientras que el descuento es siempre una operación “con recurso”.
- — El descuento no incluye los servicios adicionales que puede incluir el factoring.
- — En el descuento no existe una injerencia en la relación comercial entre cliente y proveedor como la que se produce en el factoring.
Recuerde que...
- • Puede establecerse para todos los clientes de una empresa o solo para una parte de ellos, refiriéndose siempre a créditos comerciales a corto plazo que se ceden de forma continuada.
- • Se establecerá con claridad en el contrato, todos los servicios que el factor va a prestar, como la Gestión de cobro de los créditos comerciales, la Financiación de las facturas hasta un porcentaje, la Investigación comercial de los clientes, la Administración y control contable de las facturas cedidas y la Cobertura del riesgo de impago.
- • Las modalidades de factoring son: En función de la cobertura del riesgo de impago con recurso (el factor no asume el riesgo por insolvencia) y sin recurso (el factor se hace cargo del riesgo por insolvencia del cliente puede supone reducir las gestiones por impagos, morosidad y fallidos.
- • En función del momento de pago de las facturas al cedente, existen cuatro modalidades: Con pago al cobro, Con pago al cobro con fecha límite, Con pago a fecha fija y Con pago anticipado.
- • En función del lugar de residencia del cliente, pueden ser: Factoring nacional y Factoring de exportación (puede plantearse para ventas efectuadas a deudores residentes en el exterior y no suele ofrecerse para ventas de productos perecederos).