Desde que en los años ochenta se popularizó el préstamo a tipo variable (anteriormente solo había préstamos a tipo fijo), se comenzó a incorporar al lenguaje corriente el diferencial de interés que el banco marcaba en el préstamo sobre el índice de referencia, que habitualmente es el Euribor, aunque existen otros índices como el del mercado hipotecario o el preferencial bancario, sobre los que también se puede marcar un diferencial de intereses.
En la actualidad y en España, el 98 % de los préstamos y créditos que conceden las entidades financieras se otorgan a tipo variable, y el diferencial de intereses es algo así como la calificación crediticia que hace la entidad financiera del prestatario. Si un banco concede un préstamo a su cliente a Euribor más cien puntos básicos, el diferencial de interés es del 1 %. Ello significa que en cada período de revisión del índice de referencia, el banco calculará el Euribor al plazo contratado, y a continuación le sumará un 1 %. Si por ejemplo, el Euribor está al 2 %, el tipo de interés que pagará el cliente será del 3 %, y el banco ganará el diferencial de interés del 1 % marcado en la póliza de préstamo.
Las entidades financieras realizan una clasificación de sus clientes, de tal manera que un préstamo al mismo plazo puede ser dado a un cliente a Euribor más 1 % y a otro a Euribor más 3 %. El beneficio del banco es tres veces más en el segundo caso que en el primero, pero obviamente estaría corriendo un riesgo bastante superior en el segundo caso que en el primero, en función de la calidad del prestatario.
Este diferencial también se aplica a los productos de pasivo, es decir a los depósitos y a las imposiciones a plazo, de manera que el banco fija un diferencial negativo de intereses sobre el índice de referencia. Por ejemplo, puede contratar un depósito a Euribor menos cincuenta puntos básicos. Si el Euribor está al 2 %, el cliente recibirá un 1,5 % de interés, y el banco ganará el diferencial de interés del 0,50 % marcado en el contrato de depósito.