La moratoria es el aplazamiento del pago de impuestos, contribuciones o cualesquiera exacciones, así como también, por extensión, de cualesquiera deudas civiles sean por principal o por intereses. No comporta la reducción del importe de lo adeudado -aun cuando puede determinarse la inaplicabilidad de los recargos y sanciones e incluso la inexigibilidad de los intereses- sino exclusivamente la ampliación del plazo establecido para solventar una deuda vencida. Dada la incidencia en relaciones civiles o mercantiles o bien tributarias, se dispone la moratoria mediante norma con rango de Ley, frecuentemente, Decreto-Ley, por razones de urgencia motivadas por inundaciones, sequías u otras catástrofes.
La expresión moratoria se ha utilizado asimismo, en alguna Comunidad Autónoma, y en concreto la de Canarias, para explicar la suspensión de la normativa referida al otorgamiento de licencias urbanísticas para la construcción de complejos turísticos de diferente naturaleza.