El parlamentario no puede hacer uso de la palabra sino después de haberla pedido y obtenido del Presidente, quien lo hace dentro de un amplio margen de discrecionalidad pero ceñido por el orden de intervenciones preestablecido y por el tiempo asignado a cada uno de ellos. Uno de los grandes problemas del Parlamento contemporáneo es el uso adecuado y racional del tiempo: la elocuencia parlamentaria siempre está lejos de autodisciplinarse.
Pues bien, el Presidente de la Cámara que es quien concede la palabra, es asimismo quien puede retirarla. Como determina el artículo 70.6 del Reglamento del Congreso, "transcurrido el tiempo establecido, el Presidente, tras indicar dos veces al orador que concluya, le retira la palabra". Asimismo el Presidente puede retirar la palabra al orador al que hubiera de hacer una llamada a la cuestión (al punto debatido) en la misma intervención (artículo 102).
Recuerde:
• El artículo 70.6 del Reglamento del Congreso establece que transcurrido el tiempo establecido, el Presidente, tras indicar dos veces al orador que concluya, le retira la palabra"
• Asimismo el Presidente puede retirar la palabra al orador al que hubiera de hacer una llamada a la cuestión (al punto debatido) en la misma intervención (artículo 102).