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Gasto público

Gasto público

La finalidad última del gasto público es incrementar el bienestar de los individuos mediante la producción y/o provisión de bienes preferentes (educación, vivienda, etc.) y los programas de prestaciones económicas (subsidio de desempleo, pensiones, etc.) mediante la asignación eficiente de los recursos, la redistribución de la renta y la estabilización y desarrollo económico.

Derecho fiscal

Concepto

En cualquier economía y atendiendo al criterio de Musgrave, el sector público (concebido en sentido estricto o Administraciones Públicas; en adelante AAPP) interviene en la misma mediante el desarrollo de tres funciones básicas; a saber: la asignación eficiente de los recursos, la redistribución de la renta y la estabilización y desarrollo económico. Para llevar a cabo dichas funciones las AAPP realizan una serie de gastos no financieros que en su conjunto constituyen el denominado gasto público. Por tanto, alternativamente el gasto público puede definirse como el conjunto de empleos registrados por las AAPP.

La finalidad última del gasto público es incrementar el bienestar de los individuos mediante la producción y/o provisión de bienes preferentes (bienes o servicios imprescindibles para el desarrollo del individuo y que el sector público obliga a consumir en cantidades incluso superiores a las preferencias personales; por ejemplo la educación, la vivienda, etc.) y los programas de prestaciones económicas (transferencias monetarias del sector público hacia los individuos para garantizar un nivel de vida digno; por ejemplo el subsidio de desempleo, las pensiones, etc.).

Dicho gasto se financia con el conjunto de recursos que precisa el sector público para el desarrollo de sus actividades o ingresos públicos. Cuando los ingresos no financieros superan los gastos no financieros las AAPP incurren en superávit público (o capacidad de financiación) y cuando son inferiores se registra déficit público (o necesidad de financiación).

Composición y estructura del gasto público

Las previsiones de gasto público para un ejercicio económico se aprueban en nuestro país anualmente mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE). En el presupuesto público se ofrece una triple clasificación del gasto público: orgánica, económica y funcional (o también denominado por programas).

Clasificación orgánica

Según esta clasificación, el gasto público se distribuye por centros gestores, definidos como aquellos organismos con diferenciación presupuestaria y con responsabilidad en la gestión del gasto público. Por tanto, el gasto se diferencia según la unidad responsable de realizarlo y entre las que podemos distinguir las siguientes:

  • - El Estado, que se divide en secciones y estas, a su vez, en servicios presupuestarios.
  • - La Seguridad Social.
  • - Los Organismos Autónomos, que se agrupan en función del departamento ministerial al que están adscritos.
  • - Las Agencias Estatales.
  • - El resto de entidades del sector público administrativo estatal que, al igual que las Agencias Estatales, también se agrupan en función del departamento ministerial al que están adscritas.

Clasificación económica

Atiende a la naturaleza económica del gasto público, diferenciando entre operaciones corrientes (o por cuenta de renta), de capital y financieras.

Respecto a las operaciones o gastos corrientes, se identifican los siguientes capítulos en el presupuesto:

  • 1. Gastos de personal: representan los créditos presupuestarios destinados a las diferentes remuneraciones de los funcionarios, del personal contratado o eventual.
  • 2. Gastos corrientes en bienes y servicios: comprenden los gastos necesarios para el funcionamiento corriente de los servicios públicos.
  • 3. Gastos financieros: son los gastos previstos para satisfacer el pago de los intereses de la deuda pública y de otros préstamos percibidos por el sector público.
  • 4. Transferencias corrientes: se definen como gastos unilaterales (es decir, el sector público no recibe ninguna contraprestación) que el sector público realiza a favor de otros agentes públicos o privados para que realicen operaciones corrientes.
  • 5. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria y otros imprevistos.

Los gastos de capital o gastos vinculados a operaciones de inversión, se presentan en los siguientes capítulos:

  • 6. Inversiones reales: representan las inversiones directas de los agentes públicos como son las adquisiciones de terrenos, edificios, maquinaria y otros bienes de capital.
  • 7. Transferencias de capital: se trata de gastos unilaterales que el sector público realiza a favor de otros agentes públicos o privados para que realicen operaciones de formación de capital.

Los capítulos anteriores representan el conjunto de operaciones o gastos no financieros del sector público.

Por último, las operaciones o gastos financieros se componen por los siguientes capítulos:

  • 8. Activos financieros: comprenden la adquisición o incremento de activos financieros, como es el caso de la concesión de préstamos y la compra de títulos financieros (por ejemplo, acciones).
  • 9. Pasivos financieros: recogen la disminución o amortización de los pasivos financieros del Estado, como por ejemplo, la amortización de la deuda pública u otro tipo de créditos percibidos con anterioridad por el sector público.

Cada uno de los capítulos anteriores se divide, a su vez, en artículos, y estos en conceptos, que pueden descomponerse en subconceptos. La numeración que se ha seguido, del 1 al 9, pretende guardar correspondencia con los nueve capítulos de la clasificación económica de los ingresos que se recoge en el presupuesto público.

La utilidad de esta clasificación es superior a la orgánica, ya que al especificar en qué partidas y conceptos deben destinarse los créditos presupuestarios de las distintas entidades públicas se favorece el control del gasto. Adicionalmente, las partidas económicas en las que se descompone el gasto serán empleadas posteriormente para la confección de las cuentas públicas que completarán la contabilidad nacional.

Clasificación funcional o por programas

Desglosa los gastos públicos atendiendo a su finalidad, en función de los objetivos que persigue la acción política del Gobierno. El principal valor añadido que ofrece esta clasificación, respecto a las precedentes, consiste en la mayor información de la que dispone el ciudadano sobre cuál va a ser el destino o políticas en las que se va a materializar los impuestos que pagan al sector público.

Los programas, sin perjuicio de su presentación separada por centros gestores, se agregan en áreas de gasto, políticas de gasto y grupos de programas. En concreto, se diferencian las siguientes cinco áreas de gasto:

  • 1. Servicios público básicos. Comprenden las siguientes políticas de gasto: justicia, defensa, seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias, y política exterior.
  • 2. Actuaciones de protección y promoción social. Incluye las siguientes políticas: pensiones, otras prestaciones económicas, servicios sociales y promoción social, fomento del empleo, desempleo, acceso a la vivienda y fomento de la edificación, y gestión y administración de la seguridad social.
  • 3. Producción de bienes públicos de carácter preferente. Aglutina las siguientes políticas: sanidad, educación y cultura.
  • 4. Actuaciones de carácter económico. Entre las que se encuentran las siguientes políticas: agricultura, pesca y alimentación, industria y energía; comercio, turismo y PYMES; subvenciones al transporte, infraestructuras; investigación, desarrollo e innovación civil; investigación, desarrollo e innovación militar; y otras actuaciones de carácter económico.
  • 5. Actuaciones de carácter general. Se descomponen en las siguientes políticas: alta dirección, servicios de carácter general, administración financiera y tributaria, transferencias a otras Administraciones Públicas, y deuda pública.

La LGP, dentro de la estructura de programas, diferencia entre los programas de gasto de carácter finalista y los programas instrumentales y de gestión. Los primeros se caracterizan porque se les puede asignar objetivos cuantificables e indicadores de ejecución mensurables. Por el contrario, los segundos, frente a los finalistas, pueden tener como objeto la administración de recursos para la ejecución de actividades generales de ordenación, regulación y planificación, la realización de una actividad para la que no se pueden establecer objetivos cuantificables o bien el apoyo de un programa finalista.

Recuerde que...

  • Las previsiones de gasto público para un ejercicio económico se aprueban en nuestro país anualmente mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE).
  • En el presupuesto público se ofrece una triple clasificación del gasto público: orgánica, económica y funcional o por programas.
  • Según la clasificación orgánica, el gasto público se distribuye por centros gestores. Diferencia según la unidad responsable de realizarlo.
  • El gasto público de naturaleza económica diferencia entre operaciones corrientes (o por cuenta de renta), de capital y financieras. Favorece el control del gasto.
  • En la clasificación por programas el gasto público se desglosa en función de los objetivos que persigue la acción política del Gobierno. Ofrece al ciudadano la mayor información sobre cuál va a ser el destino o políticas en las que se va a materializar los impuestos que pagan al sector público.

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