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Oferta vinculante

Oferta vinculante

Documento que una entidad financiera está obligada a entregar al peticionario de un préstamo hipotecario donde se detallan las condiciones bajo las cuales se otorgaría dicho préstamo.

Contabilidad y finanzas

Concepto

Cuando un cliente solicita un préstamo hipotecario a un banco o caja de ahorros, normalmente porque tiene intención de adquirir una vivienda, la entidad financiera está obligada a entregar al peticionario un documento que se denomina oferta vinculante y en el cual se deben incorporar las condiciones bajo las cuales el banco o caja de ahorros estaría dispuesta a otorgar el préstamo hipotecario al cliente.

Condiciones

El contenido habitual de la oferta vinculante para el otorgamiento de un nuevo préstamo hipotecario sería el siguiente:

  • Período de validez de la oferta vinculante, normalmente un mes. En ningún caso puede ser inferior a diez días.
  • Importe del préstamo, que suele corresponderse con un determinado porcentaje del valor de tasación de la vivienda, por ejemplo, un 80 %.
  • Duración del préstamo.
  • Importe de las cuotas a pagar por parte del prestatario para amortizar el préstamo y periodicidad de las mismas.
  • Tipo de interés a aplicar al préstamo, indicando si es fijo, variable o una combinación de ambos. En el caso de ser variable se debe indicar la referencia sobre la que se indicia el préstamo, normalmente el Euribor, aunque también puede ser el preferencial bancario, el de las cajas de ahorros, etc. Asimismo, se deberán indicar los períodos de renovación de la referencia del préstamo en el caso de que se contrate a tipo variable.
  • Comisiones que se aplicarán al préstamo, normalmente las de apertura y estudio, que girarán sobre el principal del préstamo y las de cancelación parcial o total, que suelen girar sobre la deuda viva en el momento de solicitar la cancelación.
  • Gastos de formalización de la operación: notaría, registro, tasación, etc.
  • Tipo efectivo de interés que va a satisfacer el prestatario, conocido como TAE.
  • Garantías complementarias que, en su caso, se pidan: aval de un familiar, seguro de cancelación de hipoteca, en caso de fallecimiento, domiciliación de la nómina del prestatario, etc.

Cambio entidad financiera

En el caso de que el préstamo hipotecario ya se haya concedido en el pasado, pero el prestatario decida cambiarse de banco porque le ofrecen mejores condiciones, el banco que desea subrogarse en el préstamo debe, asimismo, realizar una oferta vinculante al prestatario, la cual debe ser enviada a la entidad financiera que había otorgado el préstamo. En esta oferta vinculante se detallarán las nuevas condiciones económicas: tipo de interés y comisiones, en su caso, que se van a aplicar una vez producida la subrogación.

Recuerde que...

  • El período de validez de la oferta vinculante es normalmente de un mes y nunca inferior a diez días.
  • En la oferta vinculane se debe detallar: importe del préstamo, importe de las cuotas a pagar, duración, tipo de interés, comisiones, gastos de fornalización, TAE y garantís complementarias.
  • Si el prestatario quiere cambiar de banco porque le ofrecen mejores condiciones, el banco que desea subrogarse en el préstamo debe realizar una oferta vinculante al prestatario.

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