Concepto y naturaleza
La normativa sociolaboral la definimos como el conjunto de leyes, órdenes y normas generadas desde los poderes públicos para proteger los derechos de los trabajadores (a nivel individual y colectivo) y regular las relaciones de empleo entre organizaciones y trabajadores de manera que se favorezca el progreso de la sociedad en su conjunto.
Estas leyes se han desarrollado históricamente para evitar los abusos de las organizaciones en posiciones dominantes en las relaciones de empleo y han ido abordando, a lo largo de los años, mejoras desde lo más general a lo más específico. Desde los problemas característicos de las primeras fases del progreso económico y social (derecho de asociación, trabajo infantil, contratación,...) a los más propios de economías desarrolladas (acoso laboral, discriminación a minorías,...).
Los legisladores europeos, al igual que los de la mayoría de los países desarrollados, han procurado, a lo largo de estos últimos dos siglos, garantizar la protección de los trabajadores, evitando la explotación económica de los mismos (y en especial de los menores de edad), las jornadas de trabajo exhaustivas, los despidos injustificados, la arbitrariedad en las compensaciones económicas y toda una serie de prácticas que, desde los primeros momentos de la revolución industrial hasta nuestros días, han estado amenazando las relaciones de empleo establecidas entre organizaciones y empleados.
La rama del derecho enfocada a las relaciones de empleo ha generado un marco de protección en cuanto a derecho laboral individual y colectivo, que define, hoy en día, una parte importante de las reglas del juego con las que funcionan los mercados de trabajo de cada país.
Desde el punto de vista de la dirección de recursos humanos, la normativa sociolaboral constituye uno de los condicionantes del entorno en base a los cuales la organización debe diseñar sus estrategias y políticas de recursos humanos, junto a otros condicionantes y a los propósitos organizativos.
Cometen un grave error aquellos que piensan que el progreso en la protección de los derechos de los trabajadores es algo que va en contra de los intereses de las organizaciones y de su competitividad. Como parte de la sociedad, el empleo actúa como factor de producción, pero también como demandante de recursos, de manera que los gobiernos, al velar con la normativa sociolaboral por sus ciudadanos, en su rol de trabajadores, provoca un desarrollo social y económico que favorece a largo plazo al conjunto de la economía y por extensión a las empresas y organizaciones que trabajan en ella.
Las fuerzas políticas como determinantes del entorno sociolaboral
La normativa sociolaboral y las posiciones de las fuerzas políticas en materia de empleo forman parte del entorno socioeconómico que condiciona a la estrategia de dirección de recursos humanos de una organización.
Hay autores que consideran que este es el condicionante del entorno de mayor influencia en las políticas de recursos humanos de las empresas en los últimos 60 años.
La complejidad del marco legislativo y la frecuencia de sus cambios requieren de los responsables organizativos una atención especial para permanecer dentro de las reglas del juego y no tener problemas legales que causen perjuicios a la organización.
Cada territorio desarrolla una normativa sociolaboral específica para cada país, aunque, en el marco de la Unión Europea, el alcance de la regulación supera las barreras nacionales y se sitúa en el ámbito comunitario.
La jerarquía normativa en el ámbito sociolaboral español
La jerarquía normativa aplicable a la legislación sociolaboral española se encuentra contenida en las normas siguientes (ordenadas de mayor a menor rango):
- — La Constitución Española. Especialmente en los capítulos II y III, donde se regulan entre otros los derechos de sindicación y de huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses.
- — Los tratados y convenios internacionales. Que una vez publicados en el Boletín Oficial del Estado pasan a formar parte del ordenamiento jurídico español.
- — Las leyes orgánicas, leyes ordinarias, decretos legislativos y decretos leyes. Entre la que cabe destacar la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica de Libertad Sindical, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, Ley de Empleo, Ley de Igualdad,...
- — Los convenios colectivos, reguladores de aspectos económicos y sociales en el ámbito territorial y sectorial del acuerdo y cuyo carácter obligatorio para empresarios y trabajadores les dota de rango legal.
- — Las ordenanzas laborales.
- — El contrato de trabajo.
- — Los usos y costumbres en materia laboral.
- — Los principios generales del derecho.
Recuerde que...
- • Los gobiernos, al velar con la normativa sociolaboral por sus ciudadanos, en su rol de trabajadores, provocan un desarrollo social y económico que favorece a largo plazo al conjunto de la economía y, por extensión, a las empresas y organizaciones que trabajan en ella.
- • En los capítulos II y III de la Constitución Española se regulan, entre otros, los derechos de sindicación y de huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses.
- • Cada territorio desarrolla una normativa sociolaboral específica para cada país.
- • En el marco de la Unión Europea, el alcance de la regulación supera las barreras nacionales y se sitúa en el ámbito comunitario.
- • Los legisladores europeos procuran garantizar la protección de los trabajadores evitando la explotación económica, las jornadas de trabajo exhaustivas, los despidos injustificados o la arbitrariedad en las compensaciones económicas, entre otras.