Concepto
El índice general de la bolsa de Madrid (IGBM) hasta 2002 era un índice de precios formado por un conjunto no fijo de valores pertenecientes al mercado continuo y al mercado de corros de Madrid, ponderados según su capitalización bursátil. Se calculaba desde 1940 y tenía como base 100 el 31 de diciembre de 1985. Para el cálculo del índice general de la bolsa de Madrid se utilizaba el índice de Laspeyres y los cambios en su composición se realizaban a 31 de diciembre de cada año. La ponderación de los valores se mantenía durante todo el año y este índice se ajustaba por dividendos, ampliaciones de capital y desdoblamientos y agrupamientos de acciones.
En 2002 se hicieron modificaciones en el índice general de la bolsa de Madrid y este nuevo índice adopto como base la misma que el anterior índice general (1985) y al que se encadenaba el nuevo índice. Este nuevo índice está compuesto, igualmente, por un número no fijo de empresas, normalmente superior a cien, cotizadas en la Bolsa de Madrid, que podrán ser revisadas, con carácter ordinario o semestralmente, con el fin de incluir aquellos valores que cumplan —y excluir del índice a aquellas empresas que no los cumplan— los siguientes requisitos de liquidez:
- — Que su volumen de contratación sea superior a tres millones de euros en el semestre anterior.
- — Que la rotación del capital sea superior al 10 % de su capitalización en base anual, considerando solamente el capital flotante.
- — Que la frecuencia de contratación sea superior al 50 % de las sesiones hábiles.
La ponderación de cada valor en el índice se calcula en función de la capitalización bursátil ajustada según capital flotante y teniendo en consideración las ponderaciones relativas de los sectores y subsectores en el Índice General. El índice no se ajusta por dividendos, pero si por ampliaciones de capital, por fusiones y absorciones de empresas, desdoblamientos de acciones o splits y agrupamientos de acciones o contra-splits.
Una variación del índice general de la bolsa de Madrid es el índice total de la bolsa de Madrid, formado por los mismos valores que constituyen el índice general pero incorpora en sus precios el efecto de los dividendos que se suponen reinvertidos en los valores, así como los derechos de suscripción preferentes de las ampliaciones de capital.
Sectores en los que se divide el índice general y el total y los índices sectoriales
Una de las principales modificaciones de los índices de la bolsa de Madrid consistió la nueva agrupación sectorial, tanto para el índice general y total como de los correspondientes índices sectoriales de la bolsa de Madrid individualmente considerados, los cuales tienen como base 1.000 al cierre de 31 de diciembre de 2001. Los sectores en los que se divide el índice general y el total y los índices sectoriales son los siguientes:
ÍNDICES SECTORIALES Y SUBSECTORIALES |
1. Petróleo y Energía. |
1.1 Petróleo 1.2 Electricidad y Gas 1.3 Agua y otros. |
2. Materiales básicos, industria y construcción. |
2.1 Minerales, metales y transformación productos metálicos 2.2 Fabricación y montaje bienes de equipo 2.3 Construcción 2.4 Materiales de construcción 2.5 Industria química 2.6 Ingeniería y otros 2.7 Aeroespacial. |
3. Bienes de Consumo. |
3.1 Alimentación y Bebidas 3.2 Textil, vestido y calzado 3.3 Papel y artes gráficas 3.4 Automóvil 3.5 Productos farmacéuticos y biotecnología 3.6 Otros bienes de consumo. |
4. Servicios de Consumo. |
4.1 Ocio, turismo y hostelería 4.2 Comercio 4.3 Medios de Comunicación y publicidad 4.4 Transporte y distribución 4.5 Autopistas y aparcamientos 4.6 Otros servicios. |
5. Servicios Financieros e Inmobiliarios. |
5.1 Banca 5.2 Seguros 5.3 Cartera y Holding 5.4 Inmobiliarias y otros 5.5 Servicios de Inversión. |
6. Tecnología y telecomunicaciones. |
6.1 Telecomunicaciones y otros 6.2 Electrónica y Software 6.3 Harware tecnológico y equipamiento. |
Fuente: Bolsa de Madrid. |
Recuerde que...
- • Los requisitos de liquidez que deben cumplir son: Que su volumen de contratación sea superior a tres millones de euros en el semestre anterior. Que la rotación del capital sea superior al 10 % de su capitalización en base anual, considerando solamente el capital flotante. Que la frecuencia de contratación sea superior al 50 % de las sesiones hábiles.
- • La ponderación de cada valor en el índice se calcula en función de la capitalización bursátil ajustada según capital flotante y teniendo en consideración las ponderaciones relativas de los sectores y subsectores en el Índice General.
- • El índice no se ajusta por dividendos, pero si por ampliaciones de capital, por fusiones y absorciones de empresas, desdoblamientos de acciones o splits y agrupamientos de acciones o contra-splits.