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Iberclear

Iberclear

Es el resultado de la fusión del anterior Servicio de Compensación y Liquidación de Valores (SCLV) que se puso en funcionamiento en 1992 y de la Central de Anotaciones del Mercado de Deuda Pública.

Contabilidad y finanzas

Concepto

Desde el 1 de abril de 2003, las operaciones de liquidación y compensación se realizan solo a través Iberclear —parte integrante de Bolsas y Mercados Españoles (BME)—, como depositaria central de los valores admitidos a cotización en las Bolsas de Valores españolas, en el mercado de Deuda Pública en Anotaciones, en AIAF Mercado de Renta Fija y en el Mercado de Valores Latinoamericanos en Euros, y por medio de un sistema de anotaciones en cuenta. Iberclear, por tanto, es resultado de la fusión del anterior Servicio de Compensación y Liquidación de Valores (SCLV) que se puso en funcionamiento en 1992 y de la Central de Anotaciones del Mercado de Deuda Pública.

El proceso de inversión finaliza con la entrega y recepción (apunte mediante anotación en cuenta) de los valores y del efectivo resultante. Antiguamente, el proceso de compensación resultaba excesivamente complicado; entre otros motivos, porque difería al existir dos tipos distintos de acciones: “al portador” y “nominativas”; o porque la liquidación mediante entrega física presentaba el inconveniente de movilizar —con la lentitud que ello acarreaba— ingentes volúmenes de títulos representados físicamente por papel.

Iberclear también desempeña funciones de supervisión, dirección y administración de las entidades adheridas e implicadas en la compensación y liquidación, actúa como órgano consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y cuenta con un servicio de reclamaciones.

Proceso de liquidación

La liquidación se realiza en tres días hábiles desde la fecha de contratación, de acuerdo con el siguiente proceso:

  • Desglose: en el plazo de un día la bolsa solicita a los miembros del mercado la identificación del ordenante final y de la entidad adherida que liquidará la operación.
  • Confirmación: en el plazo de dos días el Servicio de Compensación y Liquidación solicita a la entidad adherida la aceptación o rechazo de las operaciones a liquidar.
  • Justificación: el Servicio de Compensación y Liquidación requiere a las entidades adheridas, en el plazo de tres días desde la fecha de contratación, la presentación de las referencias de registro del valor que cubren las ventas realizadas.
  • Estado de liquidación: en el plazo de tres días desde la fecha de contratación el Servicio de Compensación y Liquidación requiere a las entidades adheridas información de los valores e importes a liquidar y compensar.
  • Liquidación: el día tercero se produce el traspaso de dinero y de valores entre el Servicio de Compensación y Liquidación y los participantes en el mercado. En este proceso también interviene el Banco de España.
  • Recompra: el día séptimo tras la fecha de contratación el Servicio de Compensación y Liquidación solicita a los miembros del mercado la compra de valores correspondientes a ventas no justificadas, por cuenta de la entidad adherida.

Recuerde que...

  • Iberclear, desempeña funciones de supervisión, dirección y administración de las entidades adheridas e implicadas en la compensación y liquidación, actúa como órgano consultivo de la CNMV y cuenta con un servicio de reclamaciones.
  • La liquidación se realiza en tres días hábiles desde la fecha de contratación, de acuerdo al: Desglose. Confirmación. Justificación. Estado de liquidación. Liquidación. Recompra.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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