Concepto
Cuando se celebra un contrato entre partes y una de ellas, al menos, aporta bienes no monetarios en cumplimiento de sus obligaciones, diremos que estamos ante una situación de aportaciones no dinerarias.
Esta situación se da, por ejemplo, en la creación de una empresa, en la cual uno o más socios pueden aportar inmuebles, valores, contratos, marcas, etc., recibiendo acciones o participaciones sociales a cambio, previa valoración de los bienes entregados a la empresa. También se suele producir en las ampliaciones de capital, en las que se permite que se incorporen determinados activos en vez de dinero, o incluso que se aporten empresas a un grupo, y que a cambio de los valores representativos de la propiedad, la empresa adquirente emita nuevos títulos que se entregan a los propietarios de la empresa aportada.
En el caso de la adquisición vía oferta pública de adquisición, la legislación vigente también permite que se ofrezcan valores mobiliarios como contraprestación ofrecida por las acciones de la sociedad afectada. No obstante, se exige que la valoración de las mismas sea realizada por experto independiente. También se permite que la oferta se realice parcialmente en efectivo y parcialmente en valores.
Recuerde que...
- • Esta situación se da, en la creación de una empresa. También se suele producir en las ampliaciones de capital.