Concepto
Una opción es un contrato que reconoce el derecho a su poseedor, y no la obligación a adquirir si es una opción de compra o a vender si la opción es de venta cierto activo, sujeto a determinadas condiciones de precio y dentro de un período de tiempo especificado, todo ello a cambio de una prima, que es el precio que ha de abonarse por la opción.
En el ámbito de la actividad económica y financiera, y especialmente en esta última, la opción designa un negocio contractual que tiene numerosas variantes, en cuanto al elemento o producto objeto de la opción y en cuanto a la finalidad por la cual se realiza el negocio, puesto que puede ser la de cobertura de un riesgo, o bien simplemente especulativa; puede utilizarse en forma simple o junto con otros contratos de opciones, futuros y diversas fórmulas de inversión en combinaciones o estrategias, cada una de las cuales tiene una finalidad concreta y proporciona resultados diferenciados.
En los mercados organizados en los que se cotizan opciones se define la opción como un contrato que otorga al comprador el derecho, pero no la obligación, a comprar (o vender), mediante el pago de una “prima”, un instrumento financiero específico (activo subyacente) a un precio determinado (precio de ejercicio), antes de o en una fecha futura concreta (fecha de vencimiento).
En la reglamentación de los mercados oficiales de productos derivados en España (artículo 1 del Real Decreto 1814/1991, de 20 de diciembre) se definen así las opciones financieras: «Contratos a plazo que tengan por objeto valores, préstamos o depósitos, índices, futuros u otros instrumentos financieros; que tengan normalizado su importe nominal, objeto y precio de ejercicio, así como su fecha, única o límite, de ejecución; en los que la decisión de ejecutarlos o no, sea derecho de una de las partes, adquirido mediante el pago a la otra de una prima acordada; y que se negocien y transmitan en un mercado organizado cuya sociedad rectora los registre, compense y liquide, actuando como compradora ante el miembro vendedor y como vendedora ante el miembro comprador».
La evolución reciente de los mercados financieros en general, y del mercado de instrumentos financieros derivados en particular, ha provocado la obsolescencia del citado Real Decreto 1814/1991, de 20 de diciembre, y la necesidad de proceder a una revisión y actualización de la normativa por la que se rigen los mercados de futuros, opciones y otros instrumentos financieros derivados en España. En este sentido hay que tener en cuenta que la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, modificó el artículo 59 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, con el objeto de introducir los elementos necesarios que permitieran la modernización de nuestros mercados secundarios oficiales de instrumentos financieros derivados.
Con el Real Decreto 1282/2010, de 15 de octubre, por el que se regulan los mercados secundarios oficiales de futuros, opciones y otros instrumentos financieros derivados, se desarrolló el mencionado artículo 59 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, con los siguientes objetivos: En primer lugar, equiparar nuestra regulación a los estándares normativos propios de los mercados internacionales de nuestro entorno, para mejorar la capacidad competidora de nuestros mercados. En segundo lugar, facilitar la introducción de nuevos productos, servicios y líneas de negocio en los mercados españoles de instrumentos financieros derivados. En tercer lugar, reducir el riesgo sistémico asociado principalmente a la compensación y liquidación de los contratos de instrumentos financieros derivados y, por último, contribuir a la profundización del mercado único europeo con el establecimiento de acuerdos y conexiones con otros mercados de derivados de nuestro entorno que favorezcan la interoperabilidad, las ganancias de eficiencia y la posibilidad de elección de infraestructuras de mercado por parte de sus usuarios.
El Real Decreto 1282/2010, de 15 de octubre, ha sido derogado por el Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre y el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de mercado de valores, y por el que se modifican parcialmente el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifican parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, y otros reales decretos en materia de mercado de valores.
Elementos para su clasificación
Toda opción tiene cuatro elementos fundamentales que la caracterizan y que pueden dar lugar a diferentes clasificaciones:
- - El tipo de opción (compra o call y venta o put);
- - Nombre del valor (instrumento financiero o activo subyacente, underlying asset);
- - La fecha de vencimiento (declaration date, exercise date o expiry date);
- - El precio de ejercicio de la opción (strike price).
Tipo de opción
Pueden existir dos tipos de opciones, según se trate de opciones de compra (call options), u opciones de venta (put options). Por lo tanto, habrá cuatro posiciones básicas, según se compre (posición larga o long) o se venda (posición corta o short) una opción de compra o una opción de venta, tal y como se puede comprobar en el siguiente esquema.
Posición\Tipo opción | Compra | Venta |
Compradora | Long call (derecho de compra) | Long put (derecho de venta) |
Vendedora | Short call (obligación de venta) | Short put (obligación de compra) |
El comprador de una opción call tiene el derecho, a cambio de una prima (premium), que es la cantidad pagada por la opción, a comprar, en la fecha de vencimiento si se trata de una opción europea o en cualquier momento hasta la fecha de vencimiento si se trata de una opción americana, el activo subyacente o instrumento financiero en que se basa la opción, a un precio determinado prefijado en el contrato y conocido como precio de ejercicio (strike price). El tomador (taker) de opciones o comprador se dice que se encuentra en posición larga en opciones (long call, en este caso).
El vendedor de una opción call, por su parte, a cambio de la percepción de la prima tiene la obligación de vender el activo subyacente antes o en la fecha de vencimiento al precio de ejercicio establecido en el contrato. Es decir, el vendedor de una opción de compra está obligado a satisfacer los requerimientos contractuales del comprador. El vendedor (grantor o writer) de opciones se dice que se encuentra en posición corta en opciones (short call en este caso).
El comprador de una opción put tiene el derecho, a cambio del pago de la prima, a vender el activo subyacente al precio determinado de ejercicio, en o hasta la fecha límite de vencimiento. Como hemos señalado anteriormente, un comprador se encuentra en posición larga en opciones (long put, en este caso).
El vendedor de una opción put tiene la obligación, a cambio de la prima recibida, de comprar el activo establecido en el contrato, en la fecha límite o en un momento anterior, dependiendo del tipo de opción, al precio de ejercicio estipulado anteriormente y siempre a requerimiento del comprador de la opción. El vendedor de opciones se encuentra en posición corta (short put, en este caso).
Vemos de esta forma que los que se encuentran en posición corta en opciones, los vendedores, adquieren un compromiso firme frente a la otra parte, mientras que los que se encuentran en posición larga, los compradores, no tienen tal obligación sino un derecho a ejercitar o no la opción, estando en su poder la decisión final de ejercer o no el derecho que incorpora la opción.
Está claro que el ejercicio de la opción se llevará a cabo solo si la diferencia entre los precios de ejercicio y corriente (el de mercado en el momento de la ejecución de la opción) le es favorable, es decir, obtiene algún beneficio; en caso contrario, como inversor racional no ejercitará dicha opción.
Activo subyacente
Los activos subyacentes objeto de los contratos de opciones tienen una gran diversidad, negociándose usualmente varios tipos de contratos en los principales mercados, aunque algunos de estos están especializados en determinados tipos de opciones.
La siguiente enumeración de clases de opciones es únicamente enunciativa de los grupos más usuales:
- - Opciones sobre divisas (currency options): En el Chicago Board Options Exchange (CBOE) se cotizan opciones Dólar canadiense/Dólar USA; Libra esterlina/Dólar USA; Franco suizo/Dólar USA; Yen/Dólar USA; etc. Estos mismos contratos son negociados igualmente en el Philadelphia Stock Exchange (PSE).
- - Opciones sobre activos de renta fija (tipos de interés, fixed interest options): Se cotizan sobre Pagarés del Tesoro USA a 13 semanas y sobre los siguientes bonos: de Canadá a largo plazo; del Gobierno holandés; del Tesoro USA a 10 años; del Tesoro USA a 30 años y del Reino Unido a largo plazo.
- - Opciones sobre índices (index options): Se cotizan en el American Stock Exchange (AMEX), el “Major Market index”, el “Market value index”, “Computer Technology index”, el “Oil index” y el “Transportation index”; en el Chicago Board Options Exchange (CBOE), el “Standard and Poors 100 index”, el “Standard and Poors 500 index” y el “S&P Transportation index”; en New York Stock Exchange (NYSE) el “NYSE composite index”, el “NYSE composite double index” y el “NYSE telephone index”; en The Stock Exchange, London (TSE), el “TSE 300 index”, el “TSE 300 composite index”, el “FT-SE 100 index”, y algunos más en otras Bolsas.
- - Opciones sobre acciones (stock options): Son varios cientos las opciones sobre las acciones de compañías de primera fila que se cotizan en las Bolsas de Nueva York (AMEX y NYSE), Chicago, Filadelfia, San Francisco, Montreal, Toronto, Londres, Ámsterdam, Tokio, Sydney, Bruselas y muchas más.
- - Opciones sobre mercancías (commodity options): Podemos distinguir dos grupos muy importantes, como son los productos agrícolas y los metales preciosos. Hay mercados especializados en cada una de estas mercancías, estableciendo para cada caso un contrato diferente, estandarizando todos sus elementos.
Así, tenemos el CBOT de Chicago especializado en cereales, el COMEX de New York en metales, KCBOT de Kansas en cereales, etc. En Europa, el mercado más importante es el de Londres, donde se negocian contratos normalizados sobre la mayoría de mercancías.
- - Opciones sobre futuros (forward options): En las bolsas de Nueva York, Chicago y Londres se cotizan opciones sobre futuros de divisas, de bonos y de índices.
Las especificaciones técnicas de los contratos que se negocian en la actualidad en los mercados organizados españoles (MEFF) se encuentran detalladas a continuación:
- a) Contrato de opción sobre acciones europeas
ACTIVO SUBYACENTE | Acciones de las Sociedades que se indiquen por Circular. |
NOMINAL DEL CONTRATO | 100 acciones por contrato. Por tanto, el precio de un contrato de opciones sobre acciones con una Prima, por ejemplo, de 1,27 € será: 100 x 1,27 = 127 €. Debido a operaciones societarias, algunos contratos tienen temporalmente en algunos vencimientos un nominal distinto a 100 acciones por contrato. |
ESTILO DE LA OPCIÓN | Europea, solo se pueden ejercer en la Fecha de Vencimiento. |
TIPOS | • Call (opción de compra). Esta opción da a su comprador el derecho a comprar y a su vendedor la obligación a vender el activo subyacente, al precio de ejercicio y en la fecha de vencimiento a cambio del pago para el comprador o el cobro para el vendedor de una prima. • Put (opción de venta). Esta opción da a su comprador el derecho a vender y a su vendedor la obligación a comprar el activo subyacente, al precio de ejercicio y en la fecha de vencimiento a cambio del pago para el comprador o el cobro para el vendedor de una prima. |
VENCIMIENTOS | Estarán abiertos a negociación, compensación y liquidación: - • Los cuatro vencimientos más próximos del ciclo trimestral marzo-junio-septiembre-diciembre.
- • Los dos vencimientos mensuales más próximos que no coincidan con el primer vencimiento del ciclo trimestral.
- • Adicionalmente podrán introducirse a negociación contratos del ciclo trimestral hasta diez vencimientos y del ciclo semestral hasta una vida máxima de cinco años.
|
FECHA DE VENCIMIENTO | Tercer viernes del mes de Vencimiento. |
FECHA DE EJERCICIO | La Fecha de Vencimiento. |
FECHA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO | En la fecha de Ejercicio se realizarán las compraventas de acciones, que se liquidarán en el plazo que les corresponda. |
EJERCICIO | El Ejercicio se comunicará a MEFF RV conforme al procedimiento establecido en las Condiciones Generales, en su caso, tal como se desarrolle y especifique por Circular, generándose la correspondiente operación bursátil de contado el mismo día del Ejercicio. La asignación de ejercicios se hará de forma proporcional y se les comunicará a los afectados de acuerdo a los procedimientos y horarios que se establezcan por Circular. |
ÚLTIMO DÍA DE NEGOCIACIÓN | La Fecha de Vencimiento. |
PRECIOS DE EJERCICIO | Los Precios de Ejercicio vendrán establecidos por las Condiciones Generales, excepto cuando haya habido ajustes al Precio de Ejercicio. |
FORMA DE COTIZACIÓN DE LAS PRIMAS | En euros por acción, con una fluctuación mínima de 1 céntimo de euro. |
FLUCTUACIÓN MÁXIMA DE LAS PRIMAS | No existe. |
LIQUIDACIÓN DE LAS PRIMAS | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
LIQUIDACIÓN DE LAS COMISIONES | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
GARANTÍAS | Variable (ver Circular "Parámetros a utilizar para el cálculo de garantías diarias"). Se suministrarán antes del inicio de la sesión del Día Hábil siguiente a la fecha del cálculo. |
HORARIO DE SUBASTA | Desde las 8:30 a.m. hasta las 9:00 a.m. |
HORARIO DE MERCADO | Desde las 9:00 a.m. hasta las 5:35 p.m. |
- b) Contrato de opción sobre opciones americanas
ACTIVO SUBYACENTE | Acciones de las Sociedades que se indiquen por Circular. |
NOMINAL DEL CONTRATO | 100 acciones por contrato. Por tanto, el precio de un contrato de opciones sobre acciones con una Prima, por ejemplo, de 1,27 € será: 100 x 1,27 = 127 €. Debido a operaciones societarias, algunos contratos tienen temporalmente en algunos vencimientos un nominal distinto a 100 acciones por contrato. |
ESTILO DE LA OPCIÓN | Americana, se pueden ejercer cualquier Día Hábil hasta la Fecha de Vencimiento. |
TIPOS | • Call (opción de compra). Esta opción da a su comprador el derecho a comprar y a su vendedor la obligación a vender el activo subyacente, al precio de ejercicio y hasta la fecha de vencimiento a cambio del pago para el comprador o el cobro para el vendedor de una prima. • Put (opción de venta). Esta opción da a su comprador el derecho a vender y a su vendedor la obligación a comprar el activo subyacente, al precio de ejercicio y hasta la fecha de vencimiento a cambio del pago para el comprador o el cobro para el vendedor de una prima. |
VENCIMIENTOS | Estarán abiertos a negociación, compensación y liquidación: - • Los cuatro vencimientos más próximos del ciclo trimestral marzo-junio-septiembre-diciembre.
- • Los dos vencimientos mensuales más próximos que no coincidan con el primer vencimiento del ciclo trimestral.
Adicionalmente podrán introducirse a negociación contratos del ciclo trimestral hasta diez vencimientos y del ciclo semestral hasta una vida máxima de cinco años. |
FECHA DE VENCIMIENTO | Tercer viernes del mes de vencimiento. |
FECHA DE EJERCICIO | Cualquier Día Hábil hasta la Fecha de Vencimiento, incluida. |
FECHA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO | En la Fecha de Ejercicio se realizarán las compraventas de acciones, que se liquidarán en el plazo que les corresponda. |
EJERCICIO | El Ejercicio se comunicará a MEFF RV conforme al procedimiento establecido en las Condiciones Generales, en su caso, tal como se desarrolle y especifique por Circular, generándose la correspondiente operación bursátil de contado el mismo día del Ejercicio. La asignación de ejercicios se hará de forma proporcional y se les comunicará a los afectados de acuerdo a los procedimientos y horarios que se establezcan por Circular. |
ÚLTIMO DÍA DE NEGOCIACIÓN | La Fecha de Vencimiento. |
PRECIOS DE EJERCICIO | Los Precios de Ejercicio vendrán establecidos por las Condiciones Generales, excepto cuando haya habido ajustes al Precio de Ejercicio. |
FORMA DE COTIZACIÓN DE LAS PRIMAS | En euros por acción, con una fluctuación mínima de 1 céntimo de euro. |
FLUCTUACIÓN MÁXIMA DE LAS PRIMAS | No existe. |
LIQUIDACIÓN DE LAS PRIMAS | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
LIQUIDACIÓN DE LAS COMISIONES | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
GARANTÍAS | Variable (ver Circular "Parámetros a utilizar para el cálculo de garantías diarias"). Se suministrarán antes del inicio de la sesión del Día Hábil siguiente a la fecha del cálculo. |
HORARIO DE SUBASTA | Desde las 8:30 a.m hasta las 9:00 a.m. |
HORARIO DE MERCADO | Desde las 9:00 a.m hasta las 5:35 p.m. |
- c) Contrato de opción sobre el IBEX-35
ACTIVO SUBYACENTE | Un Futuro mini sobre IBEX 35 del mismo vencimiento. |
NOMINAL DEL CONTRATO | En cada momento, el nominal del contrato se obtiene multiplicando la cotización del futuro Mini IBEX 35 por 1 €. |
ESTILO DE LA OPCIÓN | Europea (se ejerce solo en la Fecha de Ejercicio). |
TIPOS DE OPCIÓN | De compra (Call) y de venta (Put). |
VENCIMIENTOS | Estarán abiertos a negociación, compensación y liquidación: - • Los diez vencimientos más próximos del ciclo trimestral marzo-junio-septiembre-diciembre.
- • Los dos vencimientos mensuales más próximos que no coincidan con el primer vencimiento del ciclo trimestral.
- • Los vencimientos del ciclo semestral junio-diciembre no incluidos anteriormente hasta completar vencimientos con una vida máxima de cinco años.
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FECHA DE VENCIMIENTO | Tercer viernes del mes de vencimiento. |
FECHA DE EJERCICIO | La Fecha de Vencimiento. |
FECHA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO | Primer Día Hábil posterior a la Fecha de Vencimiento. |
EJERCICIO | Automático para todos los Contratos que aporten beneficio a su tenedor. |
ÚLTIMO DÍA DE NEGOCIACIÓN | La Fecha de Vencimiento. |
PRECIOS DE EJERCICIO | En puntos enteros del Futuro mini sobre IBEX 35. Para los contratos con vencimiento superior a dos meses, los Precios de Ejercicio terminarán en centena exacta; para los contratos con vencimiento inferior a dos meses, los Precios de Ejercicio podrán terminar en 50 o en centena exacta. |
FORMA DE COTIZACIÓN DE LAS PRIMAS | En puntos enteros del Futuro mini sobre IBEX 35, con una fluctuación mínima adecuada según la cotización del Activo Subyacente y/o las necesidades del mercado, lo que se establecerá por Circular. La fluctuación mínima podrá ser distinta en Operaciones negociadas directamente entre Miembros. |
FLUCTUACIÓN MÁXIMA DE LAS PRIMAS | No existe. |
LIQUIDACIÓN DE LAS PRIMAS | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
LIQUIDACIÓN DE LAS COMISIONES | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
GARANTÍAS | Variable en función de la cartera de Opciones y Futuros (ver apartado Cálculo de Garantías). Se suministrarán antes del inicio de la sesión del Día Hábil siguiente a la fecha del cálculo. |
HORARIO DE SUBASTA | Desde las 8:30 a.m hasta las 9:00 a.m. |
HORARIO DE MERCADO | Desde las 9:00 a.m hasta las 5:35 p.m. |
Fecha de vencimiento
Respecto a la fecha de vencimiento, el derecho del comprador puede ejercitarse en cualquier fecha hasta el vencimiento de la opción o puede ejercitarse precisamente el día del vencimiento.
Por lo tanto, dependiendo del momento en que la opción puede ser ejercitada, tenemos la “opción americana” que puede ejecutarse en un momento cualquiera de la vida del contrato hasta su fecha de vencimiento, esta última incluida, y la “opción europea” que es aquella que solo puede ejercitarse en una fecha determinada en el contrato, que será la fecha de su vencimiento.
La mayoría de los mercados organizados tienden a la utilización de opciones americanas, puesto que representan una mayor flexibilidad en su negociación que las europeas.
También existe una clase de opción denominada “asiática” por su procedencia. Este tipo de opción no tiene ninguna característica especial en cuanto a la fecha de vencimiento pero sí en cuanto al precio del activo subyacente en el momento de ejercerse o no la opción. Este se calcula a través del precio medio de un período determinado, que será normalmente el período en el que la opción ha sido negociada. La finalidad que este tipo de opciones persigue es el evitar la manipulación que en las fechas de vencimiento sufren los precios de los activos subyacentes, buscando por el manipulador un precio favorable a sus intereses, dependiendo de la posición que ocupe respecto a la opción. Esta es una práctica muy usual en los mercados japoneses.
Fecha de ejercicio
Fecha de ejercicio es aquella en la que el tenedor de la opción puede ejercitar la misma o abandonarla, hecho este último que se producirá automáticamente si no se ejercita. Dependiendo de la fecha en que una opción puede ser ejercida, esta puede ser europea (solo se puede ejercer en una fecha concreta, la de vencimiento) o americana (se puede ejercer en cualquier momento desde que se compra hasta la fecha de vencimiento incluida). La fecha de ejercicio vendrá establecida en las condiciones generales de cada contrato.
Primer día de cotización
En los mercados organizados de derivados, es el primer día en que un contrato de opción o de futuro puede ser negociado en dichos mercados. Será siempre un día hábil.
Precio de ejercicio
El precio de ejercicio o strike price, en comparación con el precio de mercado del activo subyacente indica la conveniencia o no de ejercitar la opción, señalando de esta forma la posibilidad de obtener una ganancia o beneficio si esta diferencia es favorable. Todo esto se entenderá mejor si lo acompañamos de la representación gráfica de cada posición en opciones.
Mercados de opciones
En cuanto a los mercados en los que se negocian las opciones (aplicable a cualquier clase de instrumentos derivados en general), estos pueden ser de dos clases:
Mercados OTC (over the counter o gré à gré)
Surge su negociación de forma espontánea y se encuentran determinados por la seriedad de la parte que actúa como contrapartida.
Las características de este tipo de mercados son:
- a) No tienen localización física.
- b) Tienen escasas referencias normativas.
- c) Normalmente su ámbito es internacional.
- d) Las operaciones que efectúan son "a medida" de las necesidades de los contratantes.
- e) Sus operaciones son normalmente de "fuera de balance".
Mercados organizados
Donde se produce el verdadero desarrollo de los mercados de opciones.
Las principales características de este tipo de mercados son:
- a) Disponen de un lugar físico de contratación.
- b) Se ajustan a una normativa específica.
- c) Están reglamentados.
- d) Negocian contratos normalizados.
- e) Existe una cámara de compensación que asume el riesgo de contrapartida, se ocupa de la liquidación y actúa como garante del buen término de la operación.
Los contratos que se negocian en los mercados organizados se encuentran estandarizados en todos sus elementos: precio de ejercicio, vencimiento y tipo de opción; no siendo así en los mercados OTC.
Los mercados OTC, aunque son estrechos, siguen existiendo por ser los verdaderos campos de pruebas de las innovaciones financieras. Una vez que se ha constatado su viabilidad, estas innovaciones pasan a negociarse en los mercados organizados.
Las opciones se hicieron rápidamente populares, debiéndose su éxito, principalmente, a dos razones: la primera es el alto grado de apalancamiento que confieren al inversor que las utiliza. Las opciones, al igual que los futuros, multiplican la potencia del dinero invertido. La segunda cualidad de estos contratos es su versatilidad. Ningún otro instrumento supera a las opciones en su capacidad de proporcionar al inversor estrategias que reflejen con precisión su opinión sobre la posible evolución del mercado.
Ventajas e inconvenientes de operar con opciones
Las ventajas de la operativa en opciones son las siguientes:
- - Permiten fijar un tipo máximo, en el caso de un empréstito, o un tipo mínimo, en el caso de una inversión, mientras que no limita las posibilidades de aprovechar movimientos favorables de los tipos de interés (las mismas consideraciones para los tipos de cambio).
- - Proporcionan gran flexibilidad en cuanto a las estrategias de cobertura a desarrollar, dependiendo del perfil de riesgo que se desee tener, lo que hace que sean útiles para todo tipo de agentes económicos.
- - El alto grado de apalancamiento que presentan proporciona gran potencia al valor del dinero, además de poder limitar las potenciales pérdidas a la prima pagada (en el caso de compra de opciones).
Los inconvenientes son:
- - Puede ser difícil la cancelación de la operación antes del vencimiento para opciones OTC, debido a la escasa liquidez que presenta este mercado.
- - El acudir a mercados no organizados en busca de opciones de características muy especiales puede encarecer el coste de la prima.
- - Las opciones son más caras que otros instrumentos de cobertura como pueden ser los futuros o los forward, aunque también proporcionan una cobertura de mayor calidad.
Recuerde que...
- • Toda opción tiene cuatro elementos fundamentales: el tipo de opción (compra o venta); nombre del valor (instrumento financiero o activo subyacente); la fecha de vencimiento y el precio de ejercicio de la opción.
- • Los mercados en los que se negocian las opciones pueden ser de dos clases: mercados OTC (over the counter) y mercados organizados.
- • Los mercados OTC no tienen localización física; tienen escasas referencias normativas; su ámbito suele ser internacional; las operaciones que efectúan son "a medida" de las necesidades de los contratantes y sus operaciones son normalmente de "fuera de balance".
- • Los mercados organizados es donde se produce el verdadero desarrollo de los mercados de opciones: disponen de un lugar físico de contratación; se ajustan a una normativa específica; están reglamentados; negocian contratos normalizados; existe una cámara de compensación que asume el riesgo de contrapartida, se ocupa de la liquidación y actúa como garante del buen término de la operación.