guiasjuridicas.es - Documento
El documento tardará unos segundos en cargarse. Espere, por favor.
Bono con warrant

Bono con warrant

Certificado de opción mediante el cual el tenedor de una obligación tiene la posibilidad de adquirir en un momento futuro, y a un precio determinado de antemano, un determinado número de acciones de la misma empresa que emitió las obligaciones.

Contabilidad y finanzas

Concepto

Un warrant es un certificado de opción mediante el cual el tenedor de una obligación tiene la posibilidad de adquirir en un momento futuro, y a un precio determinado de antemano, un determinado número de acciones de la misma empresa que emitió las obligaciones. De esta forma, el inversor encuentra un mayor atractivo en la suscripción de las obligaciones y a la empresa emisora de las obligaciones le resulta más fácil su colocación.

En otras palabras, un warrant es una opción de compra de una acción u otro valor mobiliario.

El titular del warrant puede venderlo (obteniendo una renta) o puede ejercitarlo en el momento que corresponda, suscribiendo acciones a mejor precio si sube su cotización. También puede dejar de utilizar este derecho.

Particularidad

Por tanto, una particularidad destacable del warrant es que puede negociarse por separado del activo al cual aparece ligado; y su objetivo es, muchas veces, facilitar la colocación de las obligaciones a tipos de interés inferiores a los de otras emisiones paralelas.

El titular del warrant esperará a que el activo de renta fija suba de precio por encima del pactado en el warrant, para así ejercitar el derecho de compra a un precio inferior al de mercado. En caso contrario, puede optar por desprenderse del warrant. Es decir, llegado el vencimiento del warrant el obligacionista comprará la acción a la que da derecho el warrant cuando su precio sea inferior al de mercado, y no lo hará en caso contrario.

Según lo dicho, los bonos u obligaciones con warrant, aunque no sean convertibles, conceden a su titular o tenedor el derecho a suscribir nuevas acciones de la empresa emisora si esta realiza una ampliación de capital antes de finalizar el plazo de amortización o en un plazo señalado al efecto.

Por otra parte, según Cachón (1992), los warrants pueden ser de compra o de venta; sobre acciones o sobre otros valores; con precio fijo o con precio variable; de ejercicio continuo o de ejercicio en fechas prefijadas; negociables o no negociables; emitidos de forma individual o en serie; emitidos de forma independiente o de forma vinculada a otro valor; emitidos con precio o gratuitamente, etc.

Convertible

Se dice de lo que es convertible por virtud propia y no haber prohibición legal al respecto. Por ejemplo, se aplica a las monedas que pueden ser convertidas con mayor o menor libertad en otras monedas.

En lenguaje financiero, se denominan convertibles a los instrumentos híbridos entre renta fija y renta variable —o si se quiere entre recursos ajenos y recursos propios— que llevan aparejada la posibilidad de canjearse por acciones, como pueden ser los bonos convertibles, los bonos con warrant, etcétera.

Diferencia entre obligaciones warrant y convertibles

La diferencia entre las obligaciones con warrant y las obligaciones convertibles es que en las primeras la utilización de la opción de suscripción de acciones que incorpora el warrant no requiere, necesariamente, la desaparición o amortización de las obligaciones. En otras palabras, el titular que hasta ese momento era solo obligacionista sigue siéndolo y, además, se convierte en accionista. En todo caso, también puede tratarse de obligaciones convertibles que, además incorporan certificado de opción o warrant.

Los warrants se analizan también en relación con las opciones de compra a largo plazo en el capítulo octavo de este manual, que analiza la inversión mediante productos derivados. Así mismo, recientemente se están utilizando como forma de remuneración junto con acciones ofrecidas a los empleados de la empresa emisora.

Recuerde que...

  • Es una opción de compra de una acción u otro valor mobiliario.
  • Una particularidad destacable del warrant es que puede negociarse por separado del activo al cual aparece ligado.
  • Su objetivo es, facilitar la colocación de las obligaciones a tipos de interés inferiores a los de otras emisiones paralelas.
  • los bonos u obligaciones con warrant, conceden a su titular o tenedor el derecho a suscribir nuevas acciones de la empresa emisora si esta realiza una ampliación de capital antes de finalizar el plazo de amortización o en un plazo señalado al efecto.
  • Se denominan convertibles a los instrumentos híbridos entre renta fija y renta variable que llevan aparejada la posibilidad de canjearse por acciones.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

Aviso legal
Política de privacidad
Política de cookies
RSC y Medioambiente
Gestionar cookies
Los productos que se integran en un paquete comercial, conjuntamente con una Base de datos y/o una publicación, pueden ser adquiridos también de forma individual. Puede obtener las condiciones comerciales aplicables a la venta separada de estos productos llamando al 91 903 90 27. En el caso de publicaciones en papel o digitales o productos de e-learning, puede también consultar estos precios en Tienda LA LEY
Subir