guiasjuridicas.es - Documento
El documento tardará unos segundos en cargarse. Espere, por favor.
Bono convertible

Bono convertible

Activo financiero de renta fija con la característica especial de que existe la posibilidad de convertir el valor del bono en acciones de la empresa de nueva emisión, creadas mediante una ampliación de capital.

Contabilidad y finanzas

Concepto

Un bono convertible es un activo financiero de renta fija con la característica especial de que existe la posibilidad de convertir el valor del bono en acciones de la empresa de nueva emisión, creadas mediante una ampliación de capital. Por tanto, otorgan a sus tenedores un derecho más, además de los que usualmente están incluidos en los bonos.

El hecho de que las acciones en las que se puede convertir el bono sean producto de una ampliación de capital es lo que diferencia los bonos convertibles y bonos canjeables, ya que en estos últimos, por el contrario, se entregan acciones ya existentes, pertenecientes a la autocartera de la empresa.

Los bonos convertibles siempre son emitidos por entidades privadas, ya que las instituciones públicas no pueden financiarse con este tipo de bonos para financiarse, debido a que no pueden emitir acciones.

Tanto los bonos canjeables como los convertibles se suelen considerar un producto mixto, situado entre la renta fija y la renta variable. El derecho de cambiar los bonos por acciones que proporcionan estos bonos hace que la entidad emisora deba ofrecer una menor rentabilidad por cupón para hacer atractivo este producto que en el caso en el que no hay esta opción de conversión. Si el ejercicio del derecho de conversión es opcional, el inversor obtiene la seguridad de los activos de renta fija (cupones periódicos), combinándola con la posibilidad de aprovechar una subida de los precios en las acciones. Esta es la razón por la que normalmente los intereses que pagan estos bonos son menores.

Emisión

Cuando la emisión está dirigida al público en general, los emisores tienen la obligación de editar y registrar en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) un folleto informativo.

En este folleto de emisión realizado en el momento del contrato se definen:

  • 1. Los cupones periódicos que el inversor va a cobrar.
  • 2. La fecha a partir de la que se puede convertir el bono en acciones. En algunos casos especiales, el derecho de conversión aparece como una cláusula del contrato que se puede ejercer en caso de insolvencia del emisor, sin una fecha prefijada.
  • 3. El número de acciones que se entregarán por cada bono o la forma de determinar el precio de las acciones, ya que normalmente esta conversión suele realizarse con descuento respecto al valor de las acciones en el mercado.

Derechos para el inversor

Además de los derechos que otorgan los bonos, siendo el principal de ellos el pago de cupones periódicos, el bono convertible añade la posibilidad de convertir el bono en acciones.

Llegada la fecha de canje, el inversor tiene dos alternativas:

  • 1. Ejercer la opción de conversión. Esto le interesará cuando el precio de las acciones ofrecidas en canje sea inferior a su precio de mercado.
  • 2. Mantener las obligaciones hasta la fecha de la siguiente opción de conversión o hasta su vencimiento.

Sin embargo, existen bonos convertibles en los que es obligatorio ejercer el derecho de conversión en la fecha prevista.

Mientras no se ejerza el derecho de conversión, el bono convertible se comporta igual que cualquier otro bono, de manera que el inversor recibe los pagos periódicos (cupones) que se hayan establecido en el contrato, así como, eventualmente, el pago del nominal al vencimiento.

Recuerde que...

  • Los bonos convertibles siempre son emitidos por entidades privadas.
  • Cuando la emisión está dirigida al público en general, los emisores tienen la obligación de editar y registrar en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) un folleto informativo.
  • El bono convertible añade la posibilidad de convertir el bono en acciones.
  • Llegada la fecha de canje, el inversor puede, ejercer la opción de conversión o mantener las obligaciones hasta la fecha de la siguiente opción de conversión o hasta su vencimiento.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

Aviso legal
Política de privacidad
Política de cookies
RSC y Medioambiente
Gestionar cookies
Los productos que se integran en un paquete comercial, conjuntamente con una Base de datos y/o una publicación, pueden ser adquiridos también de forma individual. Puede obtener las condiciones comerciales aplicables a la venta separada de estos productos llamando al 91 903 90 27. En el caso de publicaciones en papel o digitales o productos de e-learning, puede también consultar estos precios en Tienda LA LEY
Subir