Concepto
La NIA-ES 580 define el concepto “Manifestación escrita” como el documento suscrito por la dirección y proporcionado al auditor con el propósito de confirmar determinadas materias o soportar otra evidencia de auditoría. En este contexto, las manifestaciones escritas no incluyen los estados financieros, las afirmaciones contenidas en ellos, o en los libros y registros en los que se basan.
Manifestaciones escritas como evidencia de auditoría
La NIA-ES 500 define el término “evidencia de auditoría” como la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión. La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información.
La NIA-ES 580 especifica que las manifestaciones escritas constituyen información necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditoría de los estados financieros de la entidad. En consecuencia, las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditoría, similar a las respuestas a indagaciones.
También aclara que, si bien las manifestaciones escritas proporcionan evidencia de auditoría necesaria, por sí solas no proporcionan evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre ninguna de las cuestiones a las que se refieren.
Asimismo, el hecho de que la dirección haya proporcionado manifestaciones escritas fiables no afecta a la naturaleza o a la extensión de otra evidencia de auditoría que el auditor obtiene con respecto al cumplimiento de las responsabilidades de la dirección o con respecto a afirmaciones concretas.
¿Cuáles son las manifestaciones escritas a solicitar según la NIA-ES 580?
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección
- – Preparación de los estados financieros: El auditor solicitará a la dirección que proporcione manifestaciones escritas de que ha cumplido su responsabilidad de la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, así como, cuando proceda, de su presentación fiel, según lo expresado en los términos del encargo de auditoría.
- – Información proporcionada e integridad de las transacciones: El auditor solicitará a la dirección que proporcione manifestaciones escritas de que:
- • ha proporcionado al auditor toda la información y el acceso pertinentes, de conformidad con lo acordado en los términos del encargo de auditoría, y
- • todas las transacciones se han registrado y reflejado en los estados financieros.
Las responsabilidades de la dirección se describirán en las anteriores manifestaciones escritas en la forma en que dichas responsabilidades se describen en los términos del encargo de auditoría.
Otras manifestaciones escritas
Otras NIA-ES requieren que el auditor solicite manifestaciones escritas. Si, además de dichas manifestaciones requeridas, el auditor determinara que es necesario obtener una o más manifestaciones escritas para fundamentar otra evidencia de auditoría relevante para los estados financieros o una o más afirmaciones concretas de los estados financieros, el auditor las solicitará.
Manifestaciones escritas adicionales sobre la preparación de los estados financieros
Complementando a las relacionadas con la preparación de los estados financieros que hemos citado, que no formado parte de ellas, podrían solicitarse manifestaciones escritas sobre:
- 1. si la selección y la aplicación de políticas contables son adecuadas; y
- 2. si cuestiones como las siguientes, cuando sean relevantes de acuerdo con el marco de información financiera aplicable, se han reconocido, medido, presentado o revelado de conformidad con dicho marco:
- – los planes o las intenciones que puedan afectar al valor contable o a la clasificación de activos y pasivos;
- – los pasivos, ya sean reales o contingentes;
- – la titularidad o el control de activos, los derechos de retención o gravámenes sobre activos, y activos pignorados como garantía; y
- – los aspectos de las disposiciones legales y reglamentarias y de los acuerdos contractuales que puedan afectar a los estados financieros, incluido el incumplimiento.
Manifestaciones escritas adicionales sobre información proporcionada al auditor
Adicionalmente a las manifestaciones escritas sobre la información proporcionada e integridad de las transacciones, el auditor puede considerar necesario solicitar a la dirección que le proporcione manifestaciones escritas de que ha comunicado al auditor todas las deficiencias de control interno de las que la dirección tenga conocimiento.
Manifestaciones escritas sobre afirmaciones concretas
En la obtención de evidencia sobre juicios o intenciones, o en la evaluación de éstos, el auditor puede considerar una o más de las siguientes circunstancias:
- – El historial de la entidad a la hora de llevar a cabo las intenciones que ha declarado.
- – Los motivos de la entidad para elegir una actuación concreta.
- – La capacidad de la entidad para seguir una actuación específica.
- – La existencia o la falta de cualquier otra información que pudiera haberse obtenido en el transcurso de la auditoría que pueda ser incongruente con el juicio o con la intención de la dirección.
Adicionalmente, el auditor puede considerar necesario solicitar a la dirección que le proporcione manifestaciones escritas sobre afirmaciones concretas de los estados financieros; en especial, para sustentar el conocimiento que el auditor haya obtenido de otra evidencia de auditoría sobre el juicio o la intención de la dirección con respecto a una afirmación concreta o a su integridad. Por ejemplo, si la intención de la dirección es importante para determinar el criterio de valoración de inversiones, puede no ser posible obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sin una manifestación escrita de la dirección sobre sus intenciones. Aunque dichas manifestaciones escritas proporcionan evidencia de auditoría necesaria, por sí solas no proporcionan evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre dicha afirmación.
Comunicación de una cantidad umbral
La NIA 450, Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la Auditoría, requiere del auditor que acumule las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría, excepto las que sean claramente insignificantes. El auditor puede determinar un umbral a partir del cual las incorrecciones no puedan considerarse claramente insignificantes. Del mismo modo, el auditor puede considerar la posibilidad de comunicar a la dirección un umbral a efectos de las manifestaciones escritas solicitadas.
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad
La NIA 260, Comunicación con los responsables del gobierno de la Entidad, requiere al auditor que comunique a los responsables del gobierno de la entidad las manifestaciones escritas que haya solicitado a la dirección.
Aspectos formales de las manifestaciones escritas
Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos
La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros. Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditoría.
Forma de las manifestaciones escritas
Las manifestaciones escritas adoptarán la forma de una carta de manifestaciones dirigida al auditor. Si las disposiciones legales o reglamentarias requieren que la dirección realice declaraciones públicas escritas relativas a sus responsabilidades y el auditor determina que dichas declaraciones proporcionan parte o la totalidad de las manifestaciones requeridas respecto a la preparación de los estados financieros y a la información proporcionada e integridad de las transacciones, no será necesario incluir en la carta de manifestaciones las cuestiones relevantes cubiertas por dichas declaraciones.
Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas
Si el auditor tiene reservas sobre la competencia, la integridad, los valores éticos o la diligencia de la dirección, o sobre su compromiso con ellos o su cumplimiento, determinará el efecto que dichas reservas pueden tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones (verbales o escritas) y sobre la evidencia de auditoría en general.
En especial, si las manifestaciones escritas son incongruentes con otra evidencia de auditoría, el auditor aplicará procedimientos de auditoría para intentar resolver la cuestión. Si la cuestión no se resuelve, el auditor reconsiderará la valoración de la competencia, la integridad, los valores éticos o la diligencia de la dirección, o su compromiso con ellos o su cumplimiento, y determinará el efecto que esto puede tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones (verbales o escritas) y sobre la evidencia de auditoría en general.
Si el auditor llega a la conclusión de que las manifestaciones escritas no son fiables, adoptará todas las medidas adecuadas, incluida la determinación del posible efecto sobre la opinión en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 705, Opinión modificada en el Informe emitido por un Auditor independiente, incluida la denegación de la opinión.
Manifestaciones escritas solicitadas y no proporcionadas
Si la dirección no proporciona una o más manifestaciones escritas de las solicitadas, el auditor:
- – discutirá la cuestión con la dirección;
- – evaluará de nuevo la integridad de la dirección y evaluará el efecto que esto pueda tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones (verbales o escritas) y sobre la evidencia de auditoría en general; y
- – adoptará las medidas adecuadas, incluida la denegación de opinión.
Recuerde
- • En el ámbito de la auditoría de cuentas, una “manifestación escrita” es un documento suscrito por la dirección y proporcionado al auditor con el propósito de confirmar determinadas materias o soportar otra evidencia de auditoría.
- • Las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditoría, similar a las respuestas a indagaciones.
- • La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros.
- • Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditoría.
- • Las manifestaciones escritas adoptarán la forma de una carta de manifestaciones dirigida al auditor.
- • Si el auditor llega a la conclusión de que las manifestaciones escritas no son fiables o si no se le proporcionan las que ha solicitado puede llegar a denegar su opinión.