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Bastanteo

Bastanteo

El nombre de bastanteo se debe a que tradicionalmente, y tras el examen por parte del abogado de la documentación presentada por la empresa, la conclusión de este podía ser que dicha documentación era “bastante” para que dicha empresa operase con el banco o que “no era bastante” por ser precisos documentos adicionales o por otras causas.

Banca y bolsa

Concepto

Al igual que las entidades financieras, que tienen en sí mismas personalidad jurídica, deben actuar en la actividad mercantil diaria a través de sus apoderados, lo mismo les ocurre a las empresas.

Dentro del ámbito bancario en particular y del mercantil en general las empresas deben actuar a través de sus apoderados o administradores.

A las distintas actuaciones u operaciones bancarias para las que el apoderado tiene poder se contienen en unas escrituras de apoderamiento que se otorgan ante notario y se inscriben en el Registro Mercantil. A continuación examinemos esto mismo desde el punto de vista de la otra parte interviniente en cualquier negocio bancario: una persona se presenta en una sucursal de una entidad financiera y dice representar a la empresa “X, S.L.” y solicita abrir una cuenta corriente y un talonario de pagarés.

  • - ¿Cómo puede saber la entidad si la empresa “X, S.L.” existe?
  • - ¿Cómo asegurarse de que en efecto la persona en cuestión la representa?
  • - en caso de que sea así, ¿tendrá poder suficiente para abrir la cuenta corriente y solicitar el talonario?

Para poder contestar a preguntas como las anteriores, la entidad financiera solicitará, antes de empezar a operar con una empresa, una documentación acreditativa de la constitución de la misma y de las personas que actúen en su nombre. Dicha documentación será objeto de revisión, normalmente por parte de un abogado, y a ese proceso de revisión se le denomina bastantear y concluye con un pequeño informe o bastanteo.

El bastanteo tiene un triple objetivo: servirá fundamentalmente para que el personal que trabaje en las sucursales de la entidad financiera conozca:

  • - quién puede actuar ante el banco en representación de la empresa,
  • - qué tipo de actuaciones u operaciones puede efectuar o solicitar (quizás todas, o puede que solo pueda solicitar financiaciones hasta determinado importe, por ejemplo),
  • - cómo debe actuar, si sólo con su firma o siendo precisa también la firma de otros representantes de la empresa.

El nombre de bastanteo se debe a que tradicionalmente, y tras el examen por parte del abogado de la documentación presentada por la empresa, la conclusión de este podía ser que dicha documentación era “bastante” para que dicha empresa operase con el banco o que “no era bastante” por ser precisos documentos adicionales o por otras causas.

Recuerde que...

  • En el ámbito bancario en particular y del mercantil en general las empresas suelen actuar a través de sus apoderados o administradores.
  • Las distintas actuaciones u operaciones bancarias para las que el apoderado está autorizado se contienen en unas escrituras de apoderamiento que se otorgan ante notario y se inscriben en el Registro Mercantil.
  • El bastanteo sirve para que el personal que trabaja en las entidades financieras conozca quién puede actuar ante el banco en representación de la empresa, qué tipo de actuaciones u operaciones puede efectuar o solicitar y si puede actuar sólo con su firma o con la de otros representantes de la empresa.

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