Riesgo cuyas consecuencias económicas negativas que pueda tener ha sido transferido a otra persona (entidad aseguradora), que las asume, soportando dichas consecuencias en caso de siniestro.
El riesgo cubierto serían todos los riesgos asociados a hechos que han sido incorporados en un contrato de seguro, y que por tanto, en caso de ocurrencia, darían derecho a las correspondientes indemnizaciones. Para poder ser cubierto un riesgo, debe ser asegurable.