Concepto
Los equipos de primera intervención son las personas encargadas de acudir al lugar donde se ha producido la emergencia con objeto de eliminarla o evitar su extensión; es decir, son las personas que con formación y adiestramiento, medios técnicos necesarios y adoptando las medidas de autoprotección adecuadas, acudirán al lugar donde se haya producido la incidencia o emergencia con el fin de intentar controlarla y mitigarla.
Esta actuación estará asignada a las personas fuertes y ágiles, y a ser posible con algún adiestramiento técnico (personal de mantenimiento, etc.).
El plan de emergencia es la planificación y organización humana para la utilización óptima de los medios técnicos previstos para reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y/o económicas que pudieran derivarse de la situación de emergencia.
El plan de emergencia persigue optimizar los recursos disponibles, por lo que su implantación implica haber dotado previamente al edificio de la infraestructura de medios materiales o técnicos necesarios en función de las características propias del edificio y de la actividad que en él se realiza.
Antes se debe haber realizado una identificación y análisis de los riesgos o deficiencias del edificio, imprescindible para conocer la dotación de medios de prevención-protección que se precisan en el mismo.
Una vez que el edificio está correctamente equipado, se puede implantar un plan de emergencia para tener la certeza de que este será operativo y eficaz. En caso contrario, dispondríamos de un documento más o menos correcto, pero ineficaz en su puesta en práctica.
Durante el período en el que se equipa el edificio con las instalaciones necesarias, el plan de emergencia que debe existir, aunque sea con carácter provisional, debe contemplar tal situación y adecuarse a tales carencias, de modo que las actuaciones que en él se prevean se adecuen a lo que se pueda hacer y en qué condiciones.
El plan de emergencia se debe de implantar sobre todo en determinado tipo de edificios o actividades, como es el caso de hospitales, hoteles, locales de espectáculos, recintos deportivos, etc.
Existen edificios o actividades para los que no existe reglamentación que les obligue a disponer de un plan de emergencia. En estos casos, la implantación es siempre exigible técnicamente cuando se trata de instalaciones en que se dé una grave situación de riesgo o bien en instalaciones que aun no siendo elevado el nivel de riesgo, sí podrían serlo las consecuencias humanas o materiales que se producirían.
Factores de riesgo
Junto a factores de riesgo comunes a otras actividades e instalaciones, existen factores de riesgo que justifican la implantación de planes de emergencia en edificios y espacios de pública concurrencia, como son:
- — Densidad de ocupación: Dificulta el movimiento físico y la correcta percepción de las señales existentes, modificando la conducta de los ocupantes. A su vez, condiciona el método idóneo para alertar a los ocupantes en caso de emergencia, ya que si la notificación de la emergencia comportara reacciones de pánico agravaría el problema.
- — Características de los ocupantes: En general, estos edificios están ocupados y en ellos coexisten personas con enorme variedad entre ellas (edad, movilidad, percepción, conocimiento, disciplina...).
- — Existencia de personal foráneo: Son edificios ocupados en la casi totalidad de su aforo por personas que no los usan con asiduidad y, consiguientemente, no están familiarizadas con los mismos. Ello dificulta la localización de salidas, de pasillos o vías que conducen a ellas o de cualquier otra instalación de seguridad que se encuentre en dichos locales.
- — Limitaciones lumínicas: Se usan frecuentemente en oscuridad o con niveles de iluminación baja. Da lugar a dificultades en la percepción e identificación de señales, accesos a vías, etc. y a su vez incrementa el riesgo de atropellos, caídas, empujones, etc.
La existencia de alguno de estos factores o la conjunción de todos ellos junto a otros que puedan existir, previsiblemente darían lugar a consecuencias graves o incluso catastróficas ante la aparición de una situación de emergencia, si previamente no se ha previsto tal evento, ni se han tomado medidas para su control.
Manual de autoprotección
La legislación obliga a elaborar un plan de emergencia, da unas directrices sobre cómo hacerlo y fija unos mínimos sobre sus características y contenido. Esto es generalmente insuficiente para la implantación de un plan de emergencia con garantías de eficacia.
La aplicación del Manual de Autoprotección facilita significativamente los pasos a realizar para evaluar el riesgo, redactar e implantar un plan de emergencia.
El Manual de Autoprotección se estructura en cuatro documentos que cubren cuatro fases para su correcta aplicación:
- — Documento 1: Evaluación del riesgo. Este documento persigue, mediante la cumplimentación de tres bloques predeterminados, identificar el riesgo potencial de incendio, su valoración y su localización en el edificio.
- — Documento 2: Medios de protección. Se deben relacionar en este documento los medios tanto técnicos como humanos necesarios o disponibles para la autoprotección, de la siguiente forma:
- a) Inventario de medios técnicos: Se describirá detalladamente los medios técnicos necesarios y de los que se dispongan para la autoprotección. En particular se describirán las instalaciones de detección, de alarma, los equipos de extinción de incendios, los alumbrados especiales (señalización, emergencia, reemplazamiento) y los medios de socorro y rescate indicando para cada uno de ellos sus características, ubicación, adecuación, nivel de dotación, estado de mantenimiento, etc.
- b) Inventario de medios humanos: Se efectuará una descripción detallada de los medios humanos necesarios y disponibles para participar en las acciones de protección. El inventario se efectuará para cada lugar y para cada tiempo que implique diferentes disponibilidades humanas: días, noche, festivos, vacaciones, etc. Se especificará el número de equipos necesarios con el número de componentes en función de sus cometidos.
- c) Planos de edificio por plantas: Complementando la memoria donde se exponen todas las características importantes de las instalaciones existentes, haciendo especial incidencia en las instrucciones de uso, ámbitos de aplicación, limitaciones de uso, etc. Se representará gráficamente en planos la localización de los medios de protección y vías de evacuación existentes.
- — Documento 3: Plan de emergencia. En este documento se elaborará el esquema de actuaciones a realizar en caso de emergencia. Del estudio anterior se derivarán las actuaciones que se plasmarán en el plan de emergencia. En función de la gravedad de la emergencia, se clasifica en distintos niveles:
- a) Conato de emergencia: Situación que puede ser controlada y solucionada de forma sencilla y rápida por el personal y medios de protección del local, dependencia o sector.
- b) Emergencia parcial: Situación que para ser dominada requiere la actuación de equipos especiales del sector. No es previsible que afecte a sectores colindantes.
- c) Emergencia general: Situación para cuyo control se precisa de todos los equipos y medios de protección propios y la ayuda de medios de socorro y salvamento externos. Generalmente comportará evacuaciones totales o parciales.
En función de la disponibilidad de medios humanos, los planes de actuación pueden clasificarse en diurnos (a turno completo y en condiciones normales de funcionamiento), nocturnos, festivos y vacacionales.
- — Documento 4: Implantación. Por implantación del plan de emergencia entendemos el conjunto de medidas a tomar o secuencia de acciones a realizar para asegurar la eficacia operativa del mismo.
Conclusión
Los equipos de primera intervención lo componen personas que intervienen de forma inmediata en la emergencia con la finalidad de eliminarla o evitar su propagación.
Son grupos de un mínimo de dos trabajadores, con conocimientos básicos contra incendios y emergencias que actuarán directamente contra las causas de la emergencia. Se debe formar a todo el personal para poder ser equipo de primera intervención.
Estas personas llevan a cabo un sistema de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil.
Estas acciones y medidas deben ser adoptadas por los titulares de las actividades, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro de su ámbito de competencia.