Concepto
El seguro de responsabilidad es una modalidad de seguro de daños, seguro patrimonial, en el que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y el contrato de seguro, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causado por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea responsable el asegurado.
El seguro de responsabilidad civil, es el seguro de responsabilidad más habitual, en este, el asegurador indemniza al asegurado por los daños sufridos en su patrimonio derivados de la reclamación que le efectúe un tercero. Estos seguros no solo cubren los daños y perjuicios causados a terceros por el asegurado, si no que también cubren los producidos por la actuación de las personas por las que este responde (por ejemplo, hijos menores de edad no emancipados). El beneficiario de las indemnizaciones es el perjudicado por los daños del riesgo cubierto.
Garantía en el seguro de responsabilidad
Este tipo de seguro garantiza:
- — Las cantidades que el asegurado deba pagar como responsable civil.
- — Las fianzas judiciales que tenga que depositar el asegurado.
- — Los gastos judiciales derivados de la defensa jurídica del asegurado.
En caso de reclamación del perjudicado, la aseguradora asume, salvo pacto en contrario, la dirección jurídica de la defensa del asegurado.
Riesgo que puede cubrir
El riesgo que pueden cubrir estos seguros es:
- — El derivado de actividades no económicas, es la responsabilidad civil general, que surge como consecuencia de la vida privada de las personas en su vida cotidiana, y que puede ocasionar algún problema a un tercero (por ejemplo que el perro de una persona muerda a otra o tener un accidente con el coche).
- — El que se deriva de actividades empresariales, es la responsabilidad civil de explotación (por ejemplo los daños que puede causar la explosión de una máquina de una empresa en la nave industrial adyacente)
- — El correspondiente a actividades profesionales, es la responsabilidad civil profesional, que tiene su origen en los trabajos de tipo profesional realizados a clientes (por ejemplo las consecuencias negativas de errores médicos en un diagnóstico). De hecho, para el ejercicio de determinadas actividades profesionales (arquitectos, ingenieros, médicos...), es obligatoria la suscripción de un seguro de responsabilidad civil, siendo sancionable el incumplimiento de dicha obligación.
- — La responsabilidad civil patronal, relacionada con el hecho de tener empleados (por ejemplo los accidentes sufridos por el personal por tener implantadas medidas de seguridad obligatorias en el trabajo).
- — La responsabilidad civil de productos, en la que se incurre por vender productos defectuosos o en mal estado (por ejemplo una intoxicación en un restaurante por servir algún plato en mal estado).
Recuerde que...
- • El asegurador indemniza al asegurado por los daños sufridos en su patrimonio derivados de la reclamación que le efectúe un tercero.
- • No solo cubren los daños y perjuicios causados a terceros por el asegurado, si no que también cubren los producidos por la actuación de las personas por las que este responde.
- • En caso de reclamación del perjudicado, la aseguradora asume, salvo pacto en contrario, la dirección jurídica de la defensa del asegurado.