Concepto
El seguro de vehículos es una modalidad de seguro combinado o multirriesgo, puesto que combina coberturas de daños a los bienes y de responsabilidad. En este seguro, el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato de seguro, a indemnizar los daños sufridos por los diferentes tipos de vehículos, diferenciándose entre los terrestres, marítimos, fluviales y aéreos.
Seguros de vehículos terrestres
Entre los seguros de vehículos terrestres, destaca, por su especial relevancia y su tratamiento diferenciado, el seguro del automóvil. Por lo general, en estos seguros podemos distinguir entre:
- — El seguro obligatorio de uso y circulación del vehículo, destinado a la cobertura mínima establecida por ley, de los daños personales y materiales causados a terceras personas con un vehículo a motor.
- — El seguro voluntario, destinado a cubrir el exceso de los límites del seguro obligatorio, así como otras garantías adicionales, como pueden ser responsabilidad civil suplementaria (seguro de ocupantes de automóviles), daños (por ejemplo, seguros de rotura de lunas), incendio y robo del propio vehículo, defensa de responsabilidad criminal, reclamación de daños sufridos por el mismo en un accidente o asistencia en viaje.
Seguros aéreos
Por otra parte, encontramos el seguro de aviación, que es aquel que cubre los daños sufridos por las aeronaves. Las coberturas incluidas son los daños personales sufridos por las personas transportadas, la responsabilidad civil derivada de los daños causados a terceros con motivo del accidente, los daños provocados en las mercancías transportadas y los ocasionados en la propia aeronave.
Seguros de vehículos marítimos
Por último tendríamos los seguros de vehículos marítimos. En esta modalidad, se cubren los riesgos relacionados con la navegación que pueden afectar tanto a la mercancía transportada como al buque en si. Los riesgos de navegación pueden ser, la pérdida total del buque, el abandono debido al naufragio, el abordaje, la varada, el incendio, el temporal, el echazón, las arribadas forzosas, cambios forzados de derrota, explosiones en calderas, averías de máquinas, etc.
Si a estos riesgos cubiertos añadimos garantías que cubran la responsabilidad frente a terceros, derivada del abordaje, cuando el buque asegurado sea declarado culpable de daños ocasionados a otro buque, el seguro pasa a denominarse seguro del buque.
Si solo es asegurada la mercancía transportada el seguro se denomina seguro de carga.
Recuerde que...
- • Entre los seguros de vehículos terrestres, destaca, el seguro del automóvil, que se pueden distinguir entre, el seguro obligatorio de uso y circulación del vehículo y el seguro voluntario.
- • El seguro de aviación, es aquel que cubre los daños sufridos por las aeronaves.
- • Los seguros de vehículos marítimos. En esta modalidad, se cubren los riesgos relacionados con la navegación que pueden afectar tanto a la mercancía transportada como al buque en si.