Concepto
El seguro con franquicia es aquel que incluye una cláusula por la cual, en caso de siniestro, parte de los daños sufridos en el objeto asegurado debe ser pagado por el propio asegurado. Es decir, la compañía aseguradora no está obligada a realizar la prestación si el valor de los daños ocasionados por el siniestro no supera una determinada cantidad, a esta cantidad que paga el asegurado se le denomina franquicia. En estos casos, aunque el capital asegurado coincida con el valor del objeto (interés asegurado), una parte de este no estará cubierto por el seguro.
La introducción de franquicias en el contrato de seguro se realiza, normalmente, por iniciativa de las compañías aseguradoras. El objetivo que se busca es, al repercutirse económicamente parte del siniestro al asegurado, tratar de motivar a este para que procure evitar la ocurrencia del siniestro o reducir sus efectos.
Desde el punto de vista de los costes, los seguros con franquicia suponen una reducción en la prima que paga el asegurado, puesto que la franquicia supone una reducción en la responsabilidad del asegurador.
Casos que se pueden encontrar en los seguros con franquicia
En los seguros con franquicia podemos encontrar tres casos:
- — Si la valoración de los daños sufridos en el siniestro, es inferior a la cantidad fijada como franquicia, el coste de los daños corre a cargo íntegramente por parte del asegurado. Por ejemplo, si los daños sufridos ascienden a 200 euros y la franquicia es de 250 euros, es el asegurado el eque se hace cargo del 10 0% de los gastos ocasionados.
- — Si los daños ocasionados por el siniestro ascienden a una cantidad mayor que la franquicia estipulada, la compañía aseguradora indemnizará solo por la cantidad que exceda de esta, siempre y cuando el interés asegurado coincida con el capital asegurado. Siguiendo el ejemplo anterior, si los daños sufridos ascienden a 300 euros, con una franquicia de 250 euros, la compañía aseguradora indemnizaría con 50 euros únicamente (exceso de los 250 euros que hemos determinado como franquicia).
- — Si los daños ocasionados por el siniestro ascienden a una cantidad mayor que la franquicia estipulada y el interés asegurado es inferior al capital asegurado, la compañía aseguradora indemnizará solo por la cantidad que exceda de esta y en la proporción realmente asegurada. En el ejemplo anterior, si el bien está asegurado por 500 euros y su valor real es 1.000 euros (el coeficiente a aplicar en la regla proporcional sería el 5 0%), si los daños sufridos ascienden a 300 euros, con una franquicia de 250 euros, la compañía aseguradora indemnizaría con 25 euros, cantidad resultante de aplicar la regla proporcional.
Recuerde que...
- • La compañía aseguradora no está obligada a realizar la prestación si el valor de los daños ocasionados por el siniestro no supera una determinada cantidad, a esta cantidad que paga el asegurado se le denomina franquicia.
- • El objetivo que se busca es, al repercutirse económicamente parte del siniestro al asegurado, tratar de motivar a este para que procure evitar la ocurrencia del siniestro o reducir sus efectos.