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Riesgo indirecto

Riesgo indirecto

Son los contraídos por una entidad con quienes garantizan o avalan operaciones de riesgo directo.

Contabilidad y finanzas

Son riesgos indirectos los contraídos por una entidad con quienes garantizan o avalan operaciones de riesgo directo, y en especial:

  • a) Los avales, afianzamientos y garantías personales en cualquier clase de crédito dinerario, sea cual fuere la expresión normal del mismo; en los efectos, financieros o comerciales, todas las personas cuya firma esté comprometida en los mismos, con exclusión del titular.
  • b) Los contraavales recibidos en garantía de los prestados.

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