En el ámbito empresarial el riesgo extraordinario es de carácter extraoperacional, esto es, derivado del resto de actividades no típicas de la empresa. En concreto el riesgo extraordinario es el que nace de operaciones atípicas, de naturaleza no financiera y tiene su reflejo en la cuenta de resultados extraordinarios de Pérdidas y Ganancias.
En el ámbito aseguratorio, son extraordinarios aquellos riesgos de especiales características, ya sea por las circunstancias de su producción o por las consecuencias económicas que originan, lo que impide su cobertura por una póliza común u ordinaria y son asumidos por el Consorcio de Compensación de Seguros.