Concepto
En el ámbito bancario un anticipo es un crédito concedido por una entidad financiera a un cliente sobre la base de operaciones normalmente comerciales concertadas en firme por el cliente con un tercero.
Por ejemplo: un cliente de una entidad financiera vende materiales de construcción a un tercero (otra empresa) que le pagará a los 90 días de recibidos dichos materiales una cantidad de 10.000 euros. Dado que el cliente puede precisar liquidez ahora, solicita al banco con el que actualmente trabaja que le “anticipe” la factura de forma que:
- - Si el banco acepta, abonará al cliente en el momento de anticipar, bien el importe total de la factura, bien una parte del mismo.
- - Transcurridos 90 días, el que cobrará del proveedor será el banco y no el cliente.
- - Por el hecho de haberle anticipado la factura, el banco cobrará a su cliente unos intereses y comisiones.
Los anticipos, en definitiva, son una fuente de financiación de cobros aplazada y, en muchas ocasiones, se instrumentan mediante la cesión por parte del cliente de la entidad financiera del documento (factura, letra de cambio, certificación) que se emite como consecuencia de la operación comercial.
Ventajas e inconvenientes
Las ventajas de este contrato son evidentes tanto para el banco como para el cliente: el cliente obtiene financiación inmediata y el banco obtiene una remuneración por la misma.
Existe un riesgo para ambas partes o para una de ellas (en función del tipo de anticipo) en el caso de que, llegado el momento en que se haya de hacer efectivo por el deudor el importe de la operación anticipada, este no pague. Los anticipos son una de las operaciones típicas de riesgo de una entidad financiera.
Clases de anticipos
Existen múltiples criterios de clasificación para los anticipos; se detallan a continuación los más importantes:
En función de la divisa
Aunque habitualmente los anticipos se realizan en euros, nada impide que en algunas ocasiones (operaciones internacionales) puedan efectuarse en otra divisa.
Por el tipo de operación que se anticipa
- - Anticipos sobre operaciones nacionales: los que se conceden a un cliente de una entidad por alguna operación comercial o similar realizada por el mismo dentro del país (venta, ejecución de una obra, etc.).
- - Anticipos sobre operaciones de extranjero: se financia una operación de exportación de un cliente de una entidad financiera a otro país.
Por el riesgo derivado de la operación
- - Con recurso: es el anticipo en el que llegado el momento de pago por parte del tercero, si este no lo hace el banco tiene posibilidades de reclamar contra su cliente (cedente).
- - Sin recurso: en caso de que el deudor no pague en su momento, el banco no podrá proceder contra su cliente.
Por el importe anticipado
- - Total: se anticipa el 100% de la operación; por ejemplo, se venden mercancías a un tercero y el banco financia el importe total de la factura de venta.
- - Parcial: si se financia sólo una parte del importe total de la operación.
Por la modalidad de cobro del interés
El banco puede cobrar el interés por la cantidad anticipada de muy diversas formas, en especial:
- - De manera anticipada o “al tirón”: en el momento de formalizar el anticipo, el banco descuenta ya de la cantidad que abona a su cliente el importe de sus intereses. Los anticipos al tirón han sido y son muy frecuentes en la práctica bancaria.
- - Periódicamente: el importe anticipado le generará al cliente una liquidación de intereses por parte del banco con la periodicidad pactada (mensual, trimestral, etc.).
- - Al vencimiento: el banco cobra sus intereses en la fecha de vencimiento del contrato de anticipo, que lógicamente guardará relación con la fecha en la que el deudor debe pagar.
Otros aspectos importantes
Existen otra serie de aspectos con relación a los anticipos que merece la pena mencionar:
Recuerde que...
- • Los anticipos son una fuente de financiación de cobros aplazada y, en muchas ocasiones, se instrumentan mediante la cesión por parte del cliente de la entidad financiera del documento (factura, letra de cambio, certificación) que se emite como consecuencia de la operación comercial.
- • Mediante el anticipo el cliente obtiene financiación inmediata y el banco una remuneración, aunque existe riesgo para ambas partes o para una de ellas (en función del tipo de anticipo) en el caso de que, llegado el momento en que se haya de hacer efectivo por el deudor el importe de la operación anticipada, este no pague.
- • Algunos criterios para clasificar los anticipos son: según la divisa (euros ...); si la operación comercial es nacional o extranjera; si el riesgo de la operación admite recurso o no; si se anticipa el 100% de la operación o solo una parte; si el banco cobra el interés de manera anticipada o “al tirón”, periódicamente o al vencimiento...