Concepto
Las dotaciones a la amortización tienen la consideración de gasto deducible a la hora de determinar el resultado contable. Sin embargo, para que sean deducibles desde el punto de vista fiscal, deben estar contabilizadas y corresponder a la depreciación efectiva sufrida por los bienes. Se considera que esto último ocurre cuando su importe se calcula aplicando algunos de los métodos permitidos por la normativa fiscal. Concretamente:
- - Sistema lineal.
- - Sistemas degresivos (porcentaje constante y números dígitos).
- - Plan aceptado previamente por la Administración Tributaria.
- - Prueba a posteriori de la efectividad de la depreciación.
Luego los sistemas degresivos están contemplados en la normativa fiscal como válidos para la amortización de los bienes del inmovilizado.
Los métodos degresivos de amortización permiten acelerar la amortización deducible durante los primeros años de vida del bien, reduciendo así el riesgo de obsolescencia. Así, y a diferencia del método lineal, los primeros años se amortiza (deduce) un mayor importe, que va decreciendo a medida que transcurre el tiempo. Desde el punto de vista del Impuesto sobre Sociedades la aplicación de estos métodos de amortización reduce el importe a pagar los primeros años, si bien lo incrementa en los siguientes (donde el gasto deducible será menor que el que habría si se aplicase el método lineal).
Existen dos métodos degresivos: el de porcentaje constante y el de números dígitos. Estos métodos pueden aplicarse tanto a activos del inmovilizado material nuevos como usados, si bien no son utilizables con edificios, mobiliario y enseres. Los elementos del inmovilizado inmaterial se mantienen al margen de este sistema, excepto las producciones cinematográficas, fonográficas y vídeos, así como a los sistemas y programas informáticos, que sí pueden utilizarlos.
Cálculo de la amortización fiscalmente deducible
Para determinar la amortización fiscalmente deducible, la sociedad deberá seguir los siguientes pasos:
- 1.º Determinar el período de amortización para el elemento patrimonial, comprendido entre el período mínimo y máximo fijados para el mismo en las tablas oficiales (recogidas en el artículo 12.1.a de la LIS 27/2014).
- 2.º Obtener la suma de dígitos mediante la adición de los valores numéricos asignados a los años en que se haya de amortizar el elemento patrimonial. Así, por ejemplo, si el número de años en que se decide amortizar un bien del inmovilizado es de 7, la suma de dígitos será el resultado de sumar 7 + 6 + 5 + 4 + 3 + 2 + 1 = 28.
- 3.º Dividir el precio de adquisición o el coste de producción entre la suma de dígitos obtenida en el paso anterior, determinando así la cuota por dígito.
- 4.º En cada ejercicio se considerará como fiscalmente deducible la cantidad que resulte de multiplicar la cuota por dígito por el valor numérico que corresponda a ese periodo impositivo. El valor numérico del primer ejercicio es igual al período de amortización expresado en años. A los ejercicios siguientes se asignan valores numéricos sucesivamente decrecientes hasta llegar al último, que será al que le corresponde como valor numérico la unidad.
Ejemplo de amortización por suma de dígitos
Supongamos un bien del inmovilizado material adquirido por 100.000 u.m. el 1 de enero del año 1. Las tablas oficiales establecen un coeficiente máximo del 25 % y un período máximo de 10 años. Luego:
- Período máximo = 10 años
- Período mínimo = 100/coeficiente máximo = 100 / 25 = 4 años
Supongamos que a la empresa le interesa amortizar lo máximo posible, para tener un mayor gasto y, por lo tanto, una menor Base Imponible, y por ello opta por hacerlo en el menor tiempo posible (4 años):
1º) N.º de años en los que la empresa va a amortizar el bien = 4
2º) Suma de dígitos = 4 + 3 + 2 + 1 = 10
3º) Cuota de dígito = 100.000 / 10 = 10.000
Año | Valor | Cuota dígito | Amortización fiscalmente deducible |
1 | 4 | 10.000 | 40.000 |
2 | 3 | 10.000 | 30.000 |
3 | 2 | 10.000 | 20.000 |
4 | 1 | 10.000 | 10.000 |
Total amortizado | 100.000 |
Variantes del método de amortización de suma de dígitos
Este método admite dos variantes: amortización decreciente y amortización creciente.
- a) Amortización decreciente: se asigna el mayor valor de la serie de años en que deba amortizarse el elemento, al año en que se inicie dicha amortización (año puesta en condiciones funcionamiento). Para los años siguientes se asignarán valores numéricos sucesivamente decrecientes en una unidad, hasta llegar al último, que tendrá valor 1. Esta es la variante desarrollada en el ejemplo anterior.
- b) Amortización creciente: la asignación de valores numéricos se efectúa de forma inversa; de manera que al primer ejercicio se le asigna el valor numérico más bajo (1) y a los siguientes, valores numéricos sucesivamente crecientes. En este caso el gasto fiscalmente deducible será pequeño en los primeros años y mayor en los últimos.
Recuerde que...
- • Desde el punto de vista del Impuesto sobre Sociedades, la aplicación del método degresivo de amortización reduce el importe a pagar los primeros años, si bien lo incrementa en los siguientes (donde el gasto deducible será menor que el que habría si se aplicase el método lineal).
- • Existen dos métodos degresivos de amortización: el de porcentaje constante y el de números dígitos.
- • El método de amortización de suma de dígitos admite dos variantes: amortización decreciente y amortización creciente.