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Participación silenciosa

Participación silenciosa

Riesgo que mantiene una determinada entidad financiera en una operación al haberle sido transmitido el riesgo derivado de impago de una participación por otra entidad.

Banca y bolsa

Concepto

Riesgo que mantiene una determinada entidad financiera en una operación, normalmente sindicada, al haberle sido transmitido el riesgo derivado de impago de una participación en dicha operación por otra entidad.

Participación entidades bancarias

En una operación como un préstamo sindicado, existen numerosas entidades financieras que actúan como prestamistas en función de un porcentaje sobre el total importe del préstamo a otorgar. En ocasiones, alguna de estas entidades que participan, cede su participación a otra entidad, pero lo hace de modo silencioso.

Ello quiere decir:

  • Que ante el prestatario y los demás prestamistas, la sociedad transmitente continúa en la operación; por ello, en caso de precisarse más dinero se le solicitará a esta y, por ejemplo, cuando el prestatario devuelva intereses y capital es a la transmitente a la que se le entregará la cantidad que corresponda en función de su porcentaje de participación.
  • Que en virtud del contrato que se firma entre la entidad financiera transmitente y la cesionaria, relación que no afecta a los demás participantes que además en la mayor parte de los casos lo desconocen, a la cesionaria se le transmite exclusivamente el riesgo derivado de impagos:
    • Si el prestatario no paga, la cesionaria deberá pagar a la transmitente.
    • Por esta cesión de riesgo cobra una comisión de riesgo la sociedad a la que se ha transmitido.

Recuerde que...

  • En un préstamo sindicado, algunas entidades financieras actúan como prestamistas en función de un porcentaje sobre el total importe del préstamo a otorgar.
  • En ocasiones, alguna de las entidades que participan, cede su participación a otra entidad, pero lo hace de modo silencioso.
  • Ante el prestatario y los demás prestamistas, la sociedad transmitente continúa en la operación, aunque cede su participación a otra entidad, y en caso de precisarse más dinero se le solicitará a esta.
  • Si el prestatario no paga, la cesionaria deberá pagar a la transmitente.
  • Por la cesión de riesgo, la sociedad a la que se ha transmitido la operación cobra una comisión de riesgo.

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