Paridad de precios de opciones europeas
Igualdad que tiene su origen en el efecto del arbitraje sobre dos carteras cuyos flujos en la fecha de ejercicio son iguales y consiguientemente para que su coste esté en paridad.
Esta igualdad tiene su origen en el efecto del arbitraje sobre dos carteras cuyos flujos en la fecha de ejercicio son iguales y consiguientemente para que su coste esté en paridad. Este se expresa así:
C + X r-t = S + P
Donde:
C = Valor de una opción de compra sobre un determinado activo.
P = Valor de una opción de venta sobre el mismo activo.
X = Precio de ejercicio r = 1 + tipo de interés interbancario (tasa de interés sin riesgo).
t = tiempo hasta el vencimiento de la opción expresado en partes de año.
S = Cotización del activo subyacente al contado.
De la anterior igualdad y teniendo en cuenta que los flujos futuros de las dos carteras son iguales sus precios también han de serlo, puesto que en otro caso, se produciría arbitraje al tipo sin riesgo entre ambas, relación que expresa la llamada “put-call parity”:
C = S + P - X r-t