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Protocolo de Kyoto

Protocolo de Kioto

Medio Ambiente

Concepto

El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático es un acuerdo internacional suscrito en 1997 dentro del marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y que tiene como objetivo reducir las emisiones de los gases que provocan el calentamiento global.

El Protocolo de Kioto entró en vigor el 16 de febrero de 2005.

La convención marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático (CMNUCC)

La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) fue suscrita en Río de Janeiro en 1992, dentro de lo que se denominó Cumbre de la Tierra.

La CMNUCC establece una estructura general para los esfuerzos intergubernamentales encaminados a resolver el desafío del cambio climático. A su vez, reconoce que el sistema climático es un recurso compartido cuya estabilidad puede verse afectada por actividades industriales y de otro tipo que emiten dióxido de carbono y otros gases que retienen el calor.

En virtud del Convenio, los gobiernos:

  • Recogen y comparten la información sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, las políticas nacionales y las prácticas óptimas.
  • Ponen en marcha estrategias nacionales para abordar el problema de las emisiones de gases de efecto invernadero y adaptarse a los efectos previstos, incluida la prestación de apoyo financiero y tecnológico a los países en desarrollo.
  • Cooperan para prepararse y adaptarse a los efectos del cambio climático.

Aunque la CMNUCC fue acordada el 9 de mayo de 1992, entró en vigor el 21 de marzo de 1994. No obstante, pese a que aprobaron la Convención, los gobiernos eran conscientes de que sus disposiciones no bastarían para procurar la debida solución al cambio climático. Por ello, en la primera Conferencia de las Partes, celebrada en Berlín (Alemania) a principios de 1995, se inició una nueva ronda de negociaciones para analizar compromisos más firmes y específicos. Y al cabo de dos años y medio de intensas negociaciones, en diciembre de 1997 se aprobó en Kioto (Japón) un anexo importantísimo de la Convención, habitualmente conocido como Protocolo de Kioto, y que vendría a dar fuerza vinculante a lo que hasta entonces no pudo hacer la CMNUCC.

Contenido del protocolo de Kioto

El Protocolo de Kioto se aplica a las emisiones de seis gases que provocan el denominado efecto invernadero y, en consecuencia, el calentamiento global de nuestro planeta:

  • Dióxido de carbono (CO2).
  • Metano (CH4).
  • Óxido nitroso (N2O).
  • Hidrofluorocarbonos (HFC).
  • Perfluorocarbonos (PFC).
  • Hexafluoruro de azufre (SF6).

El Protocolo de Kioto supone un importante paso hacia adelante en la lucha contra el calentamiento del planeta, ya que contiene objetivos obligatorios y cuantificados de limitación y reducción de gases de efecto invernadero.

Globalmente, los Estados Partes en el Acuerdo del anexo I de la Convención marco se comprometen a reducir sus emisiones de gas de efecto invernadero en, al menos, un 5 % con respecto al nivel de 1990 durante el período 2008-2012. No obstante, esto no significa que todos los países tengan que reducir un 5 % sus emisiones, sino que este es un porcentaje a nivel global y, por el contrario, cada país obligado por Kioto tiene sus propios porcentajes de emisión que debe disminuir.

Para alcanzar estos objetivos, el Protocolo propone una serie de medios:

  • Reforzar o establecer políticas nacionales de reducción de las emisiones (aumento de la eficacia energética, fomento de formas de agricultura sostenibles, desarrollo de fuentes de energías renovables...).
  • Cooperar con las otras Partes contratantes (intercambio de experiencias o información, coordinación de las políticas nacionales con vistas a una mayor eficacia por medio de mecanismos de cooperación, como el permiso de emisión, aplicación conjunta y mecanismo de desarrollo limpio).

Los Estados Partes en el Acuerdo establecerán un sistema nacional de estimación de las emisiones antropogénicas por fuentes y de absorción por sumideros de todos los gases de efecto invernadero que no estén regulados por el Protocolo de Montreal, a más tardar, un año antes del primer período de compromiso.

Entrada en vigor y ratificación del protocolo de Kioto

En el texto del Protocolo de Kioto se estableció que el compromiso sería de obligatorio cumplimiento cuando fuera ratificado por los países industrializados responsables de, al menos, un 55 % de las emisiones de CO2.

El texto del Protocolo de Kioto se abrió a la firma entre el 16 de marzo de 1998 y el 15 de marzo de 1999 en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. En esa fecha, el Protocolo había recibido 84 firmas. No obstante, las Partes que no habían firmado todavía el Protocolo pueden adherirse a él en cualquier momento.

El 31 de mayo de 2002, la Unión Europea ratificó el protocolo de Kioto, que entró en vigor el 16 de febrero de 2005, tras la ratificación de Rusia. Sin embargo, varios países industrializados se negaron a ratificar el protocolo, entre ellos, Estados Unidos y Australia (Australia ratificó el Protocolo el 12 de diciembre de 2007).

Estados Unidos firmó en 1998 el acuerdo pero no lo ratificó, por lo que en realidad su adhesión solo fue simbólica hasta el año 2001, momento en el que el gobierno de Bush se retiró del protocolo, según su declaración, no porque no compartiese su idea de fondo de reducir las emisiones, sino porque consideraba que la aplicación del Protocolo es ineficiente e injusta al involucrar solo a los países industrializados y excluir de las restricciones a algunos de los mayores emisores de gases en vías de desarrollo (China e India en particular), lo cual consideraba que perjudicaría gravemente la economía estadounidense.

La Unión Europea y España en el protocolo de Kioto

La Unión Europea ratificó el protocolo de Kioto el 31 de mayo de 2002, comprometiéndose los Estados miembros de la Unión a una reducción conjunta de sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 8 % entre los años 2008 y 2012, respecto a las emisiones de 1990. No obstante, a cada país se le otorgó un margen distinto en función de diversas variables económicas y medioambientales. En concreto se estableció el siguiente criterio de reparto: Alemania (-21 %), Austria (-13 %), Bélgica (-7,5 %), Dinamarca (-21 %), Italia (-6,5 %), Luxemburgo (-28 %), Países Bajos (-6 %), Reino Unido (-12,5 %), Finlandia (-2,6 %), Francia (-1,9 %), España (+15 %), Grecia (+25 %), Irlanda (+13 %), Portugal (+27 %) y Suecia (+4 %).

Aunque a España se le autorizó a aumentar sus emisiones un máximo del 15 %, se ha convertido en uno de los países miembros de la Unión Europea que tiene menos posibilidades de cumplir lo pactado. En concreto, el incremento de sus emisiones en relación a 1990 durante los últimos años ha sido como sigue: 1996: 7 %; 1997: 15 %; 1998: 18 %; 1999: 28 %; 2000: 33 %; 2001: 33 %; 2002: 39 %; 2003: 41 %; 2004: 47 %; 2005: 52 %; 2006: 52 %; 2007: 48 %.

Recuerde que...

  • Suscrito en 1997 y entró en vigor el 16 de febrero de 2005.
  • Gases que provocan el efecto invernadero: Dióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarbonos, perfluorocarbono y hexafluoruro de azufre.
  • El Protocolo contiene objetivos obligatorios y cuantificados de limitación y reducción de gases de efecto invernadero.
  • Medios para alcanzar objetivos: políticas nacionales de reducción de las emisiones y cooperar con las otras Partes contratantes.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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