El precio de una transacción será incierto cuando es susceptible de variar de acuerdo con un determinado criterio. La variabilidad del precio producirá un ajuste bien al alza —pretensión del vendedor—, bien a la baja —pretensión del comprador—, o bien al alza y a la baja de forma aleatoria.
Si en una transacción, por ejemplo, la compraventa de una empresa, el precio es susceptible de variación, el método más usual de cerrar el acuerdo consistirá en fijar un precio como provisional, siendo revisado en un momento ulterior.
Es conveniente señalar unos umbrales o márgenes inferiores y superiores del precio en función de los criterios de revisión previendo los efectos de su rebasamiento que pueden consistir en la no alteración del precio, en el desistimiento de ambas partes, comprador o vendedor, o bien en la facultad de resolver la enajenación por una de ambas partes.