guiasjuridicas.es - Documento
El documento tardará unos segundos en cargarse. Espere, por favor.
Valor razonable

VALOR RAZONABLE

Contabilidad y finanzas

I. CONCEPTO

El Plan General de Contabilidad de 2007 define el valor razonable como el importe por el que puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo entre partes interesadas, informadas e independientes. Este valor no tendrá en cuenta los costes de transacción en los que se pueda incurrir si se enajena el elemento patrimonial.

El valor razonable es un criterio que se aplicará en los siguientes casos:

  • - Permutas comerciales.
  • - Cálculo del deterioro.
  • - Instrumentos financieros:
    • Activos financieros mantenidos para negociar.
    • Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
    • Activos financieros disponibles para la venta.
    • Pasivos financieros mantenidos para negociar.
    • Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En el caso de los instrumentos financieros en los que se aplica el valor razonable, permite que se reconozcan no sólo las pérdidas derivadas de los cambios de valor de dichos instrumentos, sino también los beneficios que se originen como resultado de los mismos.

II. CÁLCULO

En general se calcula por referencia a un valor fiable de mercado: el precio cotizado en un mercado activo será la mejor referencia. Según los criterios de valoración, un mercado activo es aquél en el que se dan las siguientes condiciones:

  • - Los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos.
  • - Pueden encontrarse prácticamente en cualquier momento compradores o vendedores para un determinado bien o servicio, y
  • - Los precios son conocidos y fácilmente accesibles para el público. Estos precios, además, reflejan transacciones de mercado reales, actuales y producidas con regularidad.

Si no existe mercado activo, el valor razonable se obtendrá mediante la aplicación de modelos y técnicas de valoración. Entre los modelos y técnicas de valoración el PGC 2007 señala:

  • - Empleo de referencias a transacciones recientes en condiciones de independencia mutua entre partes interesadas y debidamente informadas, si estuviesen disponibles.
  • - Referencias al valor razonable de otros activos que sean sustancialmente utilizados para valorar opciones.

En los modelos y técnicas utilizadas se deberán limitar al máximo las consideraciones subjetivas y los datos no contrastables, debiéndose recurrir a la técnica de valoración empleada por el mercado que haya demostrado ser la que obtiene unas estimaciones más realistas de los precios.

Por otro lado, la empresa debe evaluar periódicamente la efectividad de las técnicas de valoración que utilice.

Por último, los elementos cuyo valor razonable no puedan valorarse de forma fiable se valorarán, según proceda, por su coste amortizado o por su precio de adquisición o coste de producción, minorado por las correcciones de valor que procedan (amortizaciones y/o deterioros).

Ejemplos de la aplicación del criterio:

a) Permuta comercial:

Una empresa "X" va a intercambiar un vehículo por una máquina perteneciente a otra empresa "Y". El valor contable y valor razonable del elemento de transporte y la máquina en la fecha de la permuta son los siguientes:

Elementos permutadosValor contableValor razonable
Vehículo (X)22.30022.325
Maquina (Y)22.34022.400
  • - ¿Qué tipo de permuta representa esta operación?
  • - Registrar contablemente la permuta en ambas empresas, suponiendo que los valores razonables del activo recibido respectivamente no presenta una evidencia más clara.

Solución:

Se trata de una permuta comercial para ambas empresas; eso significa que el bien recibido se debe valorar por el valor razonable del bien entregado, salvo que se tenga una evidencia más clara del valor razonable del activo recibido y con el límite de este último. Si se producen diferencias, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Empresa "X"

Se registra una ganancia de 25:

PartidasDebeHaber
(213) Maquinaria22.325

(218) Elementos de transporte

(771) Beneficios procedentes de inmovilizado material

22.300

25

Empresa "Y"

Se registra una pérdida de 15:

PartidasDebeHaber

(218) Elementos de transporte

(671) Pérdidas procedentes de inmovilizado material

22.325

15

(213) Maquinaria 22.340

b) Activos financieros mantenidos para negociar

La empresa "XYZ" adquiere 100 acciones de Repsol YPF al precio unitario de 19 euros. Los gastos de la operación se elevan a 90 euros. Las acciones se adquieren con el objeto de especular con ellas en el corto plazo.

Al cierre del ejercicio las acciones cotizan a 20 euros.

- Reflejar contablemente las operaciones anteriores

Solución:

Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción. Si hay costes de transacción directamente atribuibles se reconocerán como un gasto.

PartidasDebeHaber

(540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio

(669) Otros gastos financieros

1.900

90

(572) Bancos c/c 1.990

Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán (posteriormente) por su valor razonable. Si se produce algún cambio se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias.

PartidasDebeHaber
(540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio100
(7630) Beneficios de la cartera de negociación 100

Se ha reconocido un beneficio a consecuencia de valorar las inversiones a valor razonable. Si este valor hubiese sido inferior al valor por el que se había reconocido inicialmente, se tendría que reflejar una pérdida.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

Aviso legal
Política de privacidad
Política de cookies
RSC y Medioambiente
Gestionar cookies
Los productos que se integran en un paquete comercial, conjuntamente con una Base de datos y/o una publicación, pueden ser adquiridos también de forma individual. Puede obtener las condiciones comerciales aplicables a la venta separada de estos productos llamando al 91 903 90 27. En el caso de publicaciones en papel o digitales o productos de e-learning, puede también consultar estos precios en Tienda LA LEY
Subir