Concepto
El censo VIES (VAT Information Exchange System) o sistema de intercambio de información automatizado sobre el IVA, hace referencia a la plataforma electrónica que facilita la transmisión de información sobre la validez de los números de IVA de las empresas registradas en la Unión Europea. Del mismo modo sirve para facilitar a las Administraciones de los Estados miembros la información relativa a los suministros intracomunitarios exentos de IVA. También se puede acceder a dicha información a través de la página web de la Agencia Tributaria.
En el comercio intracomunitario de bienes y servicios, la empresa del país de origen queda exenta de IVA, siempre que la operación quede sujeta al Impuesto en el país de destino. Para garantizar el buen funcionamiento del sistema de liquidación del IVA, y dada la supresión de los controles en frontera que tuvo lugar en 1993 con la introducción del mercado único, fue necesario dotar a las empresas de un sistema electrónico que permitiese chequear de una manera rápida si su cliente en el país comunitario de destino estaba o no sujeto a tributación a efectos de poder declarar exenta la correspondiente entrega. Para ello se dotó a las empresas que realizan actividades intracomunitarias de un número de identificación de IVA similar al Número de Identificación Fiscal (NIF) (veáse "Número de Identificación Fiscal"), pero añadiendo un sistema que identifica al país en el que el sujeto pasivo está establecido, al tiempo que la Administración tributaria de cada país creó una base de datos de carácter electrónico con información sobre el número de identificación del IVA, fecha de emisión y de caducidad del mismo, y el nombre y la dirección de las empresas en él domiciliadas (residentes). Esta base de datos y la plataforma que la sostiene es lo que se ha denominado VIES.
Las principales ventajas del sistema VIES en el comercio intracomunitario son:
- 1. Permite a las empresas confirmar de una manera rápida y fácil el número de identificación IVA de sus socios comerciales y por lo tanto conocer si tiene o no que repercutirle el IVA. Si el cliente comercial no figura en el censo VIES la operación no está exenta de IVA y es necesario repercutir el Impuesto.
- 2. Facilita a las Administraciones tributarias el control de los flujos intracomunitarios de bienes y servicios, permitiéndole detectar las irregularidades que se produzcan.
En el caso español, y para poder acceder a la información del censo VIES es necesario obtener un certificado de usuario por parte de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. En concreto, deberá solicitarse la inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios cumplimentando la declaración censal de alta o modificación (modelo 036).
Aunque las operaciones intracomunitarias puedan quedar exentas del IVA en el país de origen, es obligatorio informar sobre las operaciones llevadas a cabo, para lo que se deben realizar dos tipos de declaraciones, la declaración recapitulativa de las operaciones intracomunitarias, y la declaración estadística del comercio intracomunitario. La primera de ellas es una declaración fiscal y es de la que nos ocuparemos a continuación.
Quiénes deben solicitar el VIES
Deberán solicitar el número de identificación VIES, las siguientes personas físicas o jurídicas:
- 1. Los empresarios o profesionales establecidos o no en el territorio de aplicación del IVA español que realicen entregas de bienes o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al Impuesto, incluso si los bienes objeto de dichas adquisiciones intracomounitarias se utilizan en la realización de actividades empresariales o profesionales en el extranjero.
- 2. Los empresarios o profesionales que sean destinatarios de los servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio peninsular español e Islas Baleares, respecto de los cuáles sean sujetos pasivos del IVA.
- 3. Los empresarios o profesionales que presten servicios y que por aplicación de las reglas de localización se entiendan prestados en otro Estado miembro distinto de España, cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.
- 4. Las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales, cuando realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.
Códigos IVA para identificar a las empresas registradas en la Unión Europea
Al igual que ocurre en el caso del NIF, cada país tiene su propio código IVA que permite identificar a los operadores intracomunitarios. Este código se caracteriza por la existencia de un prefijo propio y una combinación de números. En el caso de los Estados miembros de la Unión Europea, los códigos IVA son los que se recogen en la tabla siguiente:
PAÍS | CÓDIGO PAÍS | NÚMERO |
España | ES | 9 caracteres |
Alemania | DE | 9 caracteres numéricos |
Austria | AT | Letra "U" + 8 caracteres |
Bélgica | BE | Nº "0" seguido de 9 caracteres numéricos |
Bulgaria | BG | 9 ó 10 caracteres numéricos |
Chipre | CY | 8 caracteres numéricos + una letra |
Croacia | HK | 11 caracteres numéricos |
Dinamarca | DK | 8 caracteres numéricos |
Eslovaquia | SK | 10 caracteres numéricos |
Eslovenia | SI | 8 caracteres numéricos |
Estonia | EE | 9 caracteres numéricos |
Finlandia | FI | 8 caracteres numéricos |
Francia | FR | 11 caracteres |
Gran Bretaña | GB | 5 (*), 9 ó 12 caracteres |
Grecia | EL | 9 caracteres numéricos |
Holanda | NL | 12 caracteres |
Hungría | HU | 8 caracteres numéricos |
Italia | IT | 11 caracteres numéricos |
Irlanda | IE | 8 ó 9 caracteres |
Letonia | LV | 11 caracteres numéricos |
Lituania | LT | 9 ó 12 caracteres numéricos |
Luxemburgo | LU | 8 caracteres numéricos |
Malta | MT | 8 caracteres numéricos |
Polonia | PL | 10 caracteres numéricos |
Portugal | PT | 9 caracteres numéricos |
República Checa | CZ | 8, 9 ó 10 caracteres numéricos |
Rumanía | RO | Entre 2 y 10 caracteres numéricos |
Suecia | SE | 12 caracteres numéricos |
| | (*) Los 5 caracteres pueden ser las letras "GC" + 3 caracteres numéricos |
Recuerde que...
- • En el comercio intracomunitario de bienes y servicios, la empresa del país de origen queda exenta de IVA siempre que la operación quede sujeta al Impuesto en el país de destino.
- • La creación del mercado único en 1993 propició la creación del VIES: base de datos con información sobre el número de identificación del IVA de empresas que realizan actividades intracomunitarias; fecha de emisión y caducidad del mismo; así como el país, nombre y dirección de las empresas en él domiciliadas.
- • Para poder acceder a la información del censo VIES es necesario obtener un certificado de usuario por parte de la FNMT y deberá solicitarse la inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios cumplimentando la declaración censal de alta o modificación (modelo 036).
- • Pueden solicitar el número de identificación VIES, las personas físicas o jurídicas.
- • Cada país tiene su propio código IVA, que se caracteriza por la existencia de un prefijo propio y una combinación de números y letras, y permite identificar a los operadores intracomunitarios.