Concepto
Principio por el cual el seguro tiene como objetivo la indemnización de las pérdidas patrimoniales sufridas al acaecer el riesgo asegurado, pero nunca se puede convertir en una forma de obtener beneficios por encima del importe de las pérdidas sufridas, de este principio se deriva la naturaleza compensatoria que tiene el seguro.
Este principio en algunas modalidades de seguro se quiebra, por ejemplo, en el seguro de lucro cesante, que asegura el riesgo de pérdida de beneficios esperados, se cobra la indemnización en el caso en que el negocio asegurado no tenga buen fin, dándose un beneficio por el cobro de la indemnización pese a no haber habido pérdida real.
En el caso de los riesgos patrimoniales o de responsabilidad este principio es fácilmente observable, puesto que las indemnizaciones son calculadas en función del valor del bien u objetos asegurados. No sucede esto de forma tan clara en los riesgos personales, seguros de accidentes y de vida, puesto que la cuantificación monetaria del riesgo no es posible.
Recuerde que...
- • Nunca se puede convertir en una forma de obtener beneficios por encima del importe de las pérdidas sufridas.
- • En el caso de los riesgos patrimoniales o de responsabilidad, las indemnizaciones son calculadas en función del valor del bien u objetos asegurados. No sucede esto de forma tan clara en los riesgos personales, seguros de accidentes y de vida, puesto que la cuantificación monetaria del riesgo no es posible.