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Deuda soberana

Deuda soberana

Deuda del Gobierno de un país o deuda de prestatarios privados que se garantiza por el Gobierno, en poder de residentes en otros países.

Contabilidad y finanzas

Concepto

La deuda exterior soberana es la deuda del Gobierno de un país o deuda de prestatarios privados que se garantiza por el Gobierno, en poder de residentes en otros países.

Algunos elementos característicos de la deuda soberana

La mayor parte de la deuda de los países en vías de desarrollo representa o bien préstamos directos a Gobiernos o a empresas de propiedad pública, o bien préstamos directos al sector privado garantizados por el sector público, por tanto, préstamos en los que el Gobierno está de acuerdo en ser el responsable último en caso de que no pague el sector privado. Debido a la responsabilidad última del sector público en el pago de las deudas de la nación, los problemas de pagos externos están interrelacionados con los problemas presupuestarios del sector público.

No obstante, aunque la deuda soberana es un concepto estrechamente relacionado con los países en vías de desarrollo, el concepto de deuda soberana también podemos aplicarlo para la deuda emitida por los Gobiernos de los países desarrollados y que está en poder de extranjeros.

En el caso de los países en vías de desarrollo en los que en ocasiones resulta habitual la existencia de altas y/o impredecibles tasas de inflación o los tipos de cambio tienen un comportamiento muy inestable, la deuda soberana suele ser emitida en una moneda extranjera más estable. Este es un hecho que acrecienta más el riesgo de “default” y que hace que los inversores exijan una rentabilidad mayor.

El impago de la deuda soberana

Cuando el prestatario es una nación independiente, es decir, cuando nos encontramos ante un prestatario soberano, el incumplimiento en el pago de su deuda (“sovereign default”) no está sujeto a las sanciones legales que pueden invocarse en los casos de incumplimiento privado. Por ejemplo, Citybank no puede sancionar a Perú de la misma manera que puede embargar la casa de un deudor particular moroso. Los acreedores no pueden demandar a un país soberano en un tribunal o apoderarse de sus activos.

No obstante, lo anteriormente indicado no significa que un Estado soberano que opte por el impago de su deuda no tenga costes.

La suspensión de la deuda exterior soberana va a traer consigo una serie de costes que deberá sopesar un Gobierno antes de tomar una decisión:

  • Embargo de activos: Si el país deudor tiene inversiones en los bancos y empresas del país acreedor podría sufrir su embargo.
  • Exclusión de préstamos futuros: Un país que incumple el pago de su deuda soberana puede ser excluido del mercado internacional de capitales durante un tiempo.
  • El país puede ver reducidas las ganancias del comercio internacional si pierde acceso a la financiación exterior o si se imponen barreras al comercio por parte de los países acreedores.

La decisión de continuar con el pago de la deuda o, por el contrario, suspender su pago, va a ser una decisión coste-beneficio del Gobierno del país deudor. A partir de un determinado volumen de deuda exterior soberana, al Gobierno prestatario puede resultarle beneficioso repudiar su deuda.

Hay que destacar que una vez superados determinados niveles de deuda, el incremento en los costes y beneficios de la suspensión evolucionan de forma muy distinta. En concreto, el coste de no pagar aumenta más despacio con la deuda adicional que el beneficio de no reembolsar. Este es un hecho tenido en cuenta por los prestamistas, lo cual determina una prudencia en la concesión de préstamos a un deudor soberano.

Algunos ejemplos de impago de la deuda soberana

El impago de la deuda soberana ha sido una de las características del panorama financiero internacional durante siglos. Por ejemplo, entre 1500 y 1800 Francia impagó su deuda soberana un total de ocho veces; por su parte, entre 1500 y 1900 España no cumplió con sus obligaciones de deuda en un total de 13 veces. Asimismo, en el último cuarto del pasado siglo el “sovereign default” fue un elemento habitual entre las economías emergentes.

Entre los “sovereign default” registrados recientemente, podemos resaltar los siguientes casos:

  • Rusia (1998)
  • Indonesia (1998)
  • Pakistán (1998)
  • Ucrania (1998)
  • Ecuador (1999)
  • Argentina (2001)
  • Uruguay (2001)

Recuerde que...

  • La mayor parte de la deuda de los países en vías de desarrollo representa préstamos directos a Gobiernos o a empresas de propiedad pública o préstamos directos al sector privado garantizados por el sector público.
  • Los problemas de pagos externos están interrelacionados con los problemas presupuestarios del sector público.
  • La deuda soberana suele ser emitida en una moneda extranjera más estable.
  • Ante un prestatario soberano, el incumplimiento en el pago de su no está sujeto a las sanciones legales.
  • La suspensión de la deuda exterior soberana va a traer consigo una serie de costes.

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