Concepto
El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, FEAG según sus siglas en español, es un instrumento financiero cuyo fin prioritario es la ayuda a aquellos trabajadores que han perdido su empleo como consecuencia de los cambios estructurales que van aparejados al proceso de globalización, especialmente en los patrones de comercio, o por crisis económicas o financieras.
La creación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización surge del informe de la Comisión Europea de octubre de 2005 “Los valores europeos en la era de la globalización”. En este Informe, la Comisión, además de destacar los beneficios de este proceso de apertura, también señaló los efectos negativos de la misma y cómo repercuten negativamente en un número significativo de trabajadores. Por ello, el Presidente de la Comisión Europea, a través de una misiva, sugirió a los Jefes de Estado y de Gobierno y al Parlamento Europeo la creación de un fondo que pudiese paliar dichos problemas. Esta propuesta fue aceptada y adoptada en el Consejo Europeo de diciembre de 2005.
Así, en diciembre de 2006 se aprobó el Reglamento (CE) nº 1927/2006, que daba vida al FEAG, con el fin de permitir a la Comunidad prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia de las transformaciones productivas que debían afrontar los países ante los cambios derivados del proceso de globalización.
Es cierto que determinadas regiones o núcleos urbanos podían tener más o menos fácil su reconversión a los nuevos retos que implica la digitalización, la rapidez del comercio, la fuerte competencia mundial a los pequeños productores, etc. Sin embargo, no todos han podido afrontar estos cambios de la misma forma; de hecho, algunas regiones y pequeños núcleos rurales han sufrido graves consecuencias durante estos años de cambio y crisis. El FEAG surgía así para aportar una ayuda individual, puntual y de tiempo limitado, a los trabajadores afectados por la globalización, para encontrar o crear un nuevo empleo o empresa.
Ante los nuevos retos que se planteaba la Unión Europea con la «Estrategia Europea 2020», se tuvo que reformar el FEAG mediante el Reglamento (UE) n.º 1309/2013, de 17 de diciembre de 2013, del Parlamento Europeo y del Consejo,y que derogaba el Reglamento anterior. Se instrumenta así como un fondo flexible para ayudar, de forma puntual y única, a los trabajadores despedidos por las reformas económicas llevadas a cabo en determinadas regiones o territorios. Por consiguiente, a diferencia del Fondo Social Europeo, que financia estrategias de empleo en el largo plazo, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización son ayudas puntuales y por una duración limitada.
Desde entonces, el objetivo para el que surge el FEAG es “contribuir a fomentar un crecimiento económico inteligente, integrador y sostenible y fomentar el empleo sostenible en la Unión, haciendo posible que esta pueda dar muestras de solidaridad y apoyar a los trabajadores despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que cesan en su actividad laboral” ya sea por el cambio estructural que provoca el proceso de globalización o por posibles crisis económicas y/o financieras.
Este tipo de iniciativas forma parte de lo que se llama “flexiguridad”, es decir, la forma de conciliar la flexibilidad económica y la seguridad de los trabajadores en un contexto marcado por el cambio y la incertidumbre.
¿Cómo actúa?
EL FEAG intervendrá como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial, una perturbación económica como puede ser un incremento de importaciones en la UE, un cambio importante en el comercio de bienes o servicios, una rápida pérdida de cuota de mercado en determinados sectores, la deslocalización de actividades hacia terceros países, siempre y cuando estos despidos tengan una importante incidencia negativa en la economía local, regional o nacional.
También respaldará a los trabajadores despedidos, a los trabajadores por cuenta propia, esto es, los autónomos, cuya actividad laboral haya cesado, los trabajadores eventuales o los que tengan un contrato por duración definida, siendo todos tratados de igual forma como “beneficiarios del FEAG”.
También podrá prestar asistencia temporal a los a los jóvenes que ni trabajan ni siguen estudios ni formación («NiNi») y que residan en regiones que pueden optar a ayudas en virtud de la Iniciativa sobre Empleo Juvenil, dado que estas regiones sufren de manera desproporcionada las repercusiones de los despidos a gran escala.
La gestión del FEAG corre a cargo de las administraciones nacionales o regionales por una duración de dos años y se destina prioritariamente a cofinanciar medidas como la orientación profesional; o la educación, formación y reciclaje profesional; la ayuda a la búsqueda de nuevos empleos; la tutorización y asesoramiento individualizado; o la formación para el emprendimiento y la creación de nuevas empresas.
Con el fin de mantener la naturaleza europea del FEAG, una solicitud de ayuda únicamente se pondrá en marcha cuando el número de despidos supere un umbral mínimo. No obstante, en mercados laborales de menor tamaño, como por ejemplo los de los Estados miembros pequeños o las regiones alejadas, o en circunstancias excepcionales, se pueden presentar solicitudes por un menor número de despidos o, incluso, aceptar solicitudes colectivas en las que estén implicadas las pequeñas y medianas empresas, aunque no se llegue al número mínimo exigido por el Reglamento.
La contribución financiera del FEAG debe concentrarse en la aplicación de medidas activas de empleo que contribuyan a la formación de los desempleados desfavorecidos, mayores y jóvenes con el fin de que puedan encontrar rápidamente un nuevo puesto de trabajo sostenible.
En la actualidad, su objetivo se ha ampliado para ayudar a los trabajadores que se han visto afectados por los procesos de digitalización, la automatización y la transición hacia una economía de bajo carbono que están llevando a cabo muchos sectores y empresas.
Recuerde que...
- • El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) es uno de los programas que busca desarrollar la dimensión social de la UE.
- • El FEAG se crea para que la Unión Europea pueda dar muestras de solidaridad hacia los trabajadores que pierden su trabajo debido a los importantes cambios estructurales registrados en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización y de las crisis económicas y financieras a nivel mundial.
- • Es un instrumento financiero solidario que confinancia proyectos para ayudar a los trabajadores a encontrar nuevos trabajos o crear sus propias empresas; ayuda al reciclaje que necesitan ante los grandes cambios en los sistemas de producción; para la formación en las tecnologías de la información y la comunicación; ayudas para la recolocación o para establecerse por cuenta propia; etc.