Un fondo por compartimentos es un fondo de inversión subdividido en uno o varios compartimentos que se distinguen por su política de inversión.
Cada compartimento tiene sus propias participaciones, puede tener política propia de inversión, valor liquidativo diferenciado, cartera independiente, comisiones exclusivas y denominación específica (incluyendo en todo caso el nombre del fondo). En concreto, se puede disolver uno de los compartimentos sin que implique necesariamente la disolución del fondo y se pueden realizar cambios en la periodicidad de cálculo del valor liquidativo o de los reembolsos solo en uno de los compartimentos.
El Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de instituciones de inversión colectiva, indica que el patrimonio mínimo requerido por compartimento será de 600.000 euros, sumando como mínimo entre todos los compartimentos 3.000.000 euros. Además, el número mínimo de partícipes por compartimento será de 20, con un mínimo total de 100 entre todos los compartimentos.
Desde el punto de vista del legislador, los objetivos que llevaron a permitir la creación de los fondos por compartimentos fueron los siguientes:
- — Reducir el número de fondos.
- — Simplificar las tareas administrativas y de gestión.
Desde el punto de vista de la sociedad gestora, crear un fondo por compartimentos le permite ampliar la gama de productos de inversión en un solo fondo con los distintos compartimentos y con un patrimonio menor en cada compartimento que si se creara un fondo. Por ejemplo, en un fondo con dos compartimentos uno puede ser de renta variable y otro de renta fija teniendo que cumplir el patrimonio mínimo del fondo con la suma de los dos compartimentos y no en cada uno de ellos, lo que permite a las gestoras de tamaño pequeño o mediano ofrecer una amplia gama de productos.
De esta manera, se pueden satisfacer necesidades comerciales y financieras diferentes a través de la creación de un único fondo, con el ahorro administrativo que esto supone.
Antes de que existieran fondos por compartimentos, el modo de conseguir este sistema era utilizando fondos principales y subordinados.
Recuerde que...
- • Cada compartimento tiene sus propias participaciones, su propia política de inversión, valor liquidativo diferenciado, cartera independiente, comisiones exclusivas y denominación específica (incluyendo en todo caso el nombre del fondo).
- • Se puede disolver uno de los compartimentos sin que implique necesariamente la disolución del fondo y se pueden realizar cambios en la periodicidad de cálculo del valor liquidativo o de los reembolsos solo en uno de los compartimentos.
- • El patrimonio mínimo requerido por compartimento será de 600.000 euros, sumando como mínimo entre todos los compartimentos 3.000.000 euros.
- • El número mínimo de partícipes por compartimento será de 20, con un mínimo total de 100 entre todos los compartimentos.
- • Crear un fondo por compartimentos permite ampliar la gama de productos de inversión en un solo fondo con distintos compartimentos y con un patrimonio menor en cada compartimento que si se creara un fondo, con el ahorro administrativo que esto supone.