Concepto
Forma de pago de recibos de servicios periódicos consistente en ordenar al banco el cargo de las cuotas de los mismos contra la cuenta del beneficiario de dicho servicio.
Motivos de su generalización
Tradicionalmente, el pago de algunos servicios de carácter periódico, tales como la electricidad, el agua, el teléfono, las cuotas por pertenecer a determinada sociedad o club, etc., podía realizarse de diversas maneras, incluso en algunos casos en efectivo. De hecho, en la década de los años 70 no resultaba extraño que el socio de un determinado club pudiese abonar sus cuotas en efectivo en las dependencias del mismo, sobre todo si estas tenían una periodicidad trimestral o semestral; de igual modo y aunque en los 70 ya no era una práctica generalizada, no resultaba tampoco extraño que agentes de seguros acudiesen a los domicilios de los asegurados recibo en mano a cobrar las primas de sus pólizas.
La progresiva complejidad del entorno, en especial a partir de la década ya mencionada, hace que el pago de servicios periódicos tenga que reducirse prácticamente a una vía: la domiciliación bancaria.
A ello han contribuido, entre otros factores:
- a) Número de usuarios (contratación masiva):
Existen servicios que prácticamente son demandados por toda la población (electricidad, agua, telefonía fija o móvil, gas, etc.) lo que implica un número de usuarios elevadísimo que imposibilita prácticamente otra forma de cobro de los recibos periódicos generados, que haría inviable su gestión por parte de los suministradores de los mismos.
¿Podría pensarse, por ejemplo, en que las compañías eléctricas controlasen los pagos que los usuarios hiciesen mediante transferencia por recibir su suministro periódico de luz? Resultaría prácticamente imposible.
- b) Desarrollo tecnológico:
Los avances tecnológicos permiten que la gestión mediante domiciliación bancaria sea rápida y eficaz tanto para el prestador de servicios que desea cobrar como para el receptor de los mismos, obligado a su pago.
La domiciliación es un proceso absolutamente automatizado, en el que a través de mecanismos de compensación a los que los bancos y cajas están adheridos las transacciones se realizan de modo ágil.
El desarrollo tecnológico ha sido tan decisivo, que en la actualidad prácticamente todas las empresas que generan recibos de servicios periódicos los gestionan vía domiciliación bancaria.
Por ello, esta forma de gestión de cobro se ha generalizado y no se limita a las grandes compañías suministradoras de servicios de primera necesidad (agua, electricidad, etc.) sino que los colegios, guarderías, compañías de seguros, asociaciones deportivas, academias de formación, propietarios de inmuebles alquilados y otros, la emplean también en la mayor parte de los casos.
Funcionamiento e intervinientes
En la domiciliación bancaria existen básicamente cuatro intervinientes:
- — El cedente o emisor: Es el suministrador de los servicios periódicos y por tanto el que debe cobrar los mismos. Emite recibos con la periodicidad pactada (mensual, trimestral, etc.) con cargo a las cuentas y entidades bancarias que cada uno de sus clientes le hayan indicado al contratar.
Estos recibos no se emiten por las empresas prácticamente nunca de modo físico, sino que se proporcionan a las entidades financieras mediante lo que se denomina comúnmente “soportes magnéticos” (medios informáticos o telemáticos).
- — El librado: Es el obligado al pago del recibo. Cada cliente que contrata con una de estas compañías un suministro proporciona una cuenta bancaria en la que se le deben adeudar periódicamente los recibos que se generan.
Tradicionalmente la cuenta de adeudo tenía que ser una cuenta corriente y no de ahorro, puesto que la finalidad de esta última era precisamente “ahorrar” dinero que generaba un rendimiento vía tipo de interés.
En la actualidad, la diferencia entre cuentas de ahorro y corriente es prácticamente inexistente, de modo que en la mayor parte de los casos resulta posible domiciliar recibos sobre cuentas de ahorro.
Hay que resaltar también que existen determinados tipos de cuentas corrientes o de ahorro que comercializan las entidades financieras y que a cambio de no conllevar adeudo de comisiones para el usuario no permiten tampoco, entre otras cosas, la domiciliación de recibos.
- — Las entidades domiciliatarias: Cada una de las entidades financieras en las que se encuentran abiertas las cuentas en las que se adeudarán los recibos emitidos.
- — La entidad del cedente o emisor: Es el banco o caja en el que la compañía recibirá el abono de los recibos emitidos.
En síntesis, por tanto, el proceso de una domiciliación bancaria es el siguiente:
- a) Cuando una persona contrata un servicio de carácter periódico, por ejemplo el colegio de sus hijos, indica al prestador de ese servicio una cuenta bancaria en la que desea que se le carguen las cuotas mensuales, trimestrales, etc. para el pago.
A su vez, deberá proporcionar orden a la entidad financiera en la que la cuenta está abierta de que atienda los recibos que el colegio presente al cobro. La mayoría de los bancos y cajas disponen a estos efectos de un formulario estándar de domiciliación bancaria que debe ser firmado por el cliente para autorizar los cargos en su cuenta (“orden de domiciliación”).
- b) Con la periodicidad que corresponda (continuando con el ejemplo del colegio, digamos que mensual) el emisor entregará al banco o caja de ahorros en la que desee recibir el abono de todos sus recibos una relación de los mismos, normalmente mediante soporte informático.
A través de los procedimientos de compensación interbancaria, los cargos se van recibiendo en las distintas Entidades Financieras y cuentas domiciliatarias y el resultado de cobro se le abona al colegio.
- c) Con carácter general:
- — Si la cuenta domiciliataria tiene saldo y existe orden de domiciliación, se adeuda la cuota mensual del colegio, siguiendo con el ejemplo, y el banco o caja generará información del adeudo (un justificante de pago) para el cliente.
- — Si la cuenta domiciliataria no tiene saldo suficiente para atender el recibo del colegio, no existe orden firmada o hay algún tipo de incidencia, el recibo se devolverá (no se carga) y al colegio probablemente su banco o caja le cobre una comisión por devolución.
- — El emisor recibirá el importe de todos los recibos cobrados, así como información sobre aquellos que han resultado devueltos.
Ventajas de las domiciliaciones bancarias
Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, se puede afirmar que la domiciliación bancaria tiene ventajas evidentes para todas las partes que intervienen en la misma:
- 1. Entidad Financiera del emisor:
Le proporciona al mismo un servicio adicional por el que puede cobrarle una comisión de gestión.
- 2. Entidad Financiera domiciliataria:
Proporciona a su cliente un servicio adicional, que originalmente actuaba como elemento que ayudaba a fidelizar al cliente o al menos a que este tuviese mayor vinculación con dicha Entidad.
La domiciliación bancaria es una de las facilidades típicas del “servicio de caja”. Se indica en el párrafo anterior que servía para vincular o fidelizar al cliente “originalmente” porque en la actualidad todas las entidades financieras ofrecen este servicio, de modo que no actúa como elemento diferenciador.
- 3. Librado:
Le permite pagar sus recibos de un modo cómodo, sin tener que desplazarse a ningún lugar ni realizar ninguna gestión adicional, obteniendo además información y justificante de los pagos realizados.
- 4. Emisor:
Puede gestionar sus servicios de un modo rápido (no existe una espera prolongada para comprobar el resultado de la gestión de cobro —pago o impago—), cómodo (mediante procedimientos informáticos) y eficaz (abono de lo cobrado, información sobre lo devuelto).
A cambio de una comisión, el ahorro de costes administrativos que la existencia de este procedimiento de gestión de cobro supone para el emisor es muy relevante y le compensa sobradamente.
Recuerde que...
- • La domiciliación es un proceso absolutamente automatizado, en el que a través de mecanismos de compensación a los que los bancos y cajas están adheridos las transacciones se realizan de modo ágil, en la actualidad prácticamente todas las empresas que generan recibos de servicios periódicos los gestionan vía domiciliación bancaria..
- • Existen básicamente cuatro intervinientes: El cedente o emisor (es el suministrador de los servicios periódicos), El librado (es el obligado al pago del recibo), Las entidades domiciliatarias (cada una de las entidades financieras en las que se encuentran abiertas las cuentas en las que se adeudarán los recibos emitidos) y La entidad del cedente o emisor (banco o caja en el que la compañía recibirá el abono de los recibos emitidos).
- • La domiciliación bancaria tiene ventajas para todas las partes que intervienen en la misma: Entidad Financiera del emisor (le proporciona al mismo un servicio adicional por el que puede cobrarle una comisión de gestión), Entidad Financiera domiciliataria (proporciona a su cliente un servicio adicional), Librado (le permite pagar sus recibos de un modo cómodo, sin tener que desplazarse a ningún lugar ni realizar ninguna gestión adicional) y Emisor (gestiona sus servicios de un modo rápido, cómodo y eficaz).