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Cuerpos de funcionarios

Cuerpos de funcionarios

Los funcionarios se agrupan en cuerpos, escalas, especialidades u otros sistemas que incorporen competencias, capacidades y conocimientos comunes acreditados a través de un proceso selectivo. Estos cuerpos y escalas de funcionarios se crean, modifican y suprimen por Ley de las Cortes Generales o de las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.

Funcionarios públicos y personal

¿Qué grupos existen dentro del cuerpo de funcionarios?

Según el art. 76 del TREBEP, los cuerpos y escalas de los funcionarios de carrera se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes GRUPOS:

  • Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2.

    Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.

    La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

  • Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.
  • Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.
    • - C1: Título de Bachiller o Técnico.
    • - C2: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

¿Cuáles son las funciones del cuerpo de funcionarios?

En el ámbito de la Administración General del Estado, según las funciones que desempeñan podemos distinguir:

  • Cuerpos Generales: en la Administración Civil son los siguientes:
    • - Técnico.
    • - Administrativo
    • - Auxiliar
    • - Subalterno.

De acuerdo con lo establecido en el art. 23.1 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, corresponde a los funcionarios de los Cuerpos generales el desempeño de las funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa, con excepción de las plazas reservadas expresamente a otras clases de funcionarios.

Los funcionarios del Cuerpo Técnico de Administración Civil realizan las funciones de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior. Deben poseer título de enseñanza superior universitaria o técnica. Las plazas de mayor responsabilidad de este Cuerpo que previamente se clasifiquen como tales se reservarán a funcionarios del mismo que ostenten diploma de directivos. La obtención del diploma determina una consideración adecuada de estos funcionarios a efectos de remuneración.

Por su parte, los funcionarios del Cuerpo Administrativo desempeñan las tareas administrativas normalmente de trámite y colaboración no asignadas al Cuerpo Técnico. Deben poseer título de Bachillerato Superior o equivalente, con carácter general.

Los funcionarios del Cuerpo Auxiliar se dedican a trabajos de taquigrafía, mecanografía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo, manejo de máquinas y otros similares. Deben poseer título de enseñanza media elemental.

Por último, los funcionarios del Cuerpo Subalterno se ocupan de tareas de vigilancia, custodia, porteo u otras análogas. Deben poseer el certificado de enseñanza primaria.

Son funcionarios de Cuerpos especiales los que ejercen actividades que constituyen el objeto de una peculiar carrera o profesión y los que tienen asignado dicho carácter por razón de las circunstancias concurrentes en la función administrativa que les está encomendada.

Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del TREBEP podrán determinar los cuerpos y escalas a los que podrán acceder los funcionarios de carrera pertenecientes a otros de su mismo Subgrupo.

Recuerde que…

  • Los cuerpos y escalas de funcionarios se crean, modifican y suprimen por Ley de las Cortes Generales o de las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
  • Se dividen en Grupos A, B y C, que a su vez cuentan con subdivisiones.
  • Se clasifican según sus funciones.

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