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Educación vial

Educación vial

La educación vial es el proceso de adquisición de competencias por parte del ciudadano sobre la vía pública, relacionadas con las normas de tráfico cuyo objetivo es garantizar la seguridad, así como la reducción de la accidentalidad y del número de víctimas en las vías de tránsito.

Tráfico y Seguridad Vial

¿Qué se entiende por educación vial?

Se entiende por educación vial la puesta en conocimiento y aumento de sensibilidad de los conductores y peatones en las normas reguladoras o relacionadas con el tráfico rodado. El fenómeno del tráfico se refiere a toda esta realidad circulatoria contemporánea que es consecuencia de la motorización y expansión del transporte por carretera.

Este fenómeno, fundamentalmente a partir de la segunda mitad del siglo XX, ha generado un nuevo orden de preocupaciones, a las que se quiere dar respuesta desde los gobiernos por medio de las políticas de seguridad vial. El principal objetivo de la política de seguridad viales reducir la accidentalidad y el número de víctimas.

¿Qué factores intervienen para alcanzar el objetivo de la educación vial?

Las acciones legislativas y administrativas que se pongan en marcha para conseguir reducir la accidentalidad y el número de víctimas en las vías de tránsito deben actuar sobre los tres factores mencionados y para ello es necesario:

  • 1º) Que la industria del automóvil produzca y ponga en el mercado vehículos más seguros activa y pasivamente (a la vez que menos contaminantes) para reducir el número de víctimas y la gravedad de las lesiones en los accidentes inevitables.
  • 2º) Que las vías públicas que forman la red de comunicaciones terrestres estén mejor diseñadas, construidas, mantenidas, señalizadas y equipadas, y además se eliminen los llamados puntos negros en la red viaria.
  • 3º) Que los usuarios del sistemavial, es decir, los peatones y los conductores, sean más conocedores de las normas y estén mejor concienciados de la importancia de sus comportamientos a la hora de conducir para evitar y prevenir los riesgos del tráfico (educación vial).

Desde el punto de vista jurídico-administrativo la seguridad vial, en el ámbito interno español, es una política pública cuya responsabilidad compete a todas las Administraciones territoriales: el Estado, las Comunidades autónomas y los Ayuntamientos.

Para analizar la ordenación jurídica de esta política pública se puede describir de forma simplificada la seguridad vial como el resultado de la conjunción de los tres factores que configuran el fenómeno del tráfico: el automóvil, la carretera y el conductor.

Desde algunos sectores profesionales se afirma que las políticas de seguridad vial en España no son coherentes, pues las acciones sobre vehículos, vías y conductores están totalmente desconectadas, sin que exista un órgano con capacidad real de tomar decisiones con la debida coordinación en esta materia.

Por esta razón los Planes de Seguridad Vial carecen de cualquier visión estratégica y se componen a base del agregado de distintas iniciativas que las Administraciones públicas quieren poner en un documento denominado Plan de Seguridad Vial editado con carácter anual.

Es evidente que las mejoras apuntadas con objeto de alcanzar mayores cotas de seguridad en los desplazamientos (en la parte que afecta a los vehículos y las carreteras) se consiguen con inversiones en tecnología e investigación y con dotaciones presupuestarias para infraestructuras. Sin embargo, la mejora de la seguridad viaria que depende del "factor humano", es decir, la educación vial de los automovilistas, debe necesariamente -pero no exclusivamente- contar con la sanción administrativa como medida de corrección de los comportamientos contrarios a las normas.

Es verdad que si el ordenamiento jurídico regulador de tráfico no tuviera el carácter represivo (el que aportan las infracciones y sanciones) las normas no se cumplirían con el grado de exigencia que requiere un nivel adecuado de seguridad vial en la circulación rodada. Además, sin la sanción, posiblemente esta normativa se reduciría a un código ético, sin ninguna utilidad en términos de seguridad vial y sin criterios fiables para la exigencia de responsabilidad por los daños y perjuicios derivados de la circulación. La clave está, como en casi todo, en la aplicación correcta y proporcionada de la norma.

A consecuencia de todo ello podemos afirmar que la seguridad vial es el "bien jurídico" protegido por la sanción de tráfico, y que este bien jurídico no está debidamente tutelado sin la amenaza de la sanción.

Por tanto, las sanciones (junto con las medidas educativas no sancionadoras) son el remedio que se necesita para conseguir los objetivos de seguridad vial que dependen del factor humano, es decir, del conductor y los demás usuarios de las vías públicas.

Recuerde que...

  • La educación vial es la puesta en conocimiento y aumento de sensibilidad de los conductores y peatones en las normas reguladoras o relacionadas con el tráfico rodado.
  • Desde el punto de vista jurídico-administrativo la seguridad vial, en el ámbito interno español, es una política pública cuya responsabilidad compete a todas las Administraciones territoriales
  • La seguridad vial es el bien jurídico protegido por la sanción de tráfico, y que este bien jurídico no está debidamente tutelado sin la amenaza de la sanción.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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