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Plan nacional de residuos

Plan nacional de residuos

Con carácter general, tanto el actual como los anteriores Planes de residuos persiguen un tratamiento sostenible de estos, permitiendo un uso circular y no lineal de los mismos, con el fin de reincorporar al proceso productivo una y otra vez los materiales que contienen los residuos para la producción de nuevos productos o materias primas.

Medio Ambiente

¿Dónde se regula en Plan Nacional de Residuos?

La Directiva 2006/12/CE establece la necesidad de elaborar Planes de residuos, e impone a los Estados miembros la obligación de dotarse de estos instrumentos jurídicos y de planificación.

Por otro lado, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, cuya última modificación se ha efectuado por Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, prevé la planificación de la gestión de los residuos como instrumento esencial de la política de residuos. Para tal cometido prevé planes a nivel nacional, autonómico y local: el Plan Nacional marco de Gestión de Residuos que define la estrategia general de gestión de residuos así como los objetivos mínimos; las Comunidades Autónomas elaboran sus respectivos planes autonómicos de gestión de residuos, y se posibilita a las Entidades Locales para que realicen, por separado o de forma conjunta, programas de gestión de residuos.

¿Cuáles son los objetivos del Plan Nacional de Residuos?

En los Planes Nacionales deben figurar objetivos de reducción, reutilización, reciclaje, valoración y eliminación de residuos, así como los medios para conseguirlos; el sistema de financiación y el procedimiento de revisión. También se establece en la norma la obligación de revisarlos cada cuatro años y la posibilidad de articularlos mediante convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, con la posibilidad de que las Entidades Locales elaboren sus propios Planes de Gestión de Residuos Urbanos de acuerdo con la legislación y los planes correspondientes de las respectivas Comunidades Autónomas.

Con arreglo a la anterior normativa el Consejo de Ministros aprobó el Plan Nacional el 26 de diciembre de 2008 para el período 2008-2015, que perseguía la reducción del porcentaje de residuos que van a los vertederos, por lo cual proponía medidas que fomentan la recogida selectiva para incrementar la tasa de reciclado y reducir la cantidad de residuos vertidos.

El Plan abarcaba el tratamiento de los residuos domésticos; los de legislación específica (vehículos y neumáticos fuera de uso, pilas y acumuladores, aparatos eléctricos y electrónicos, de construcción y demolición y lodos, y depuradoras); suelos contaminados y algunos residuos agrarios e industriales no peligrosos.

El Plan Nacional Integrado de Residuos tenía en cuenta además la contribución de los residuos al cambio climático y se centra de manera especial en los objetivos y medidas que inciden en la reducción de gases de efecto invernadero.

La finalidad del Plan es la de promover una política adecuada en la gestión de residuos disminuyendo su generación e impulsando un correcto tratamiento de los mismos: prevención, reutilización, reciclaje, valoración y eliminación. Así mismo, persigue la implicación de todas las Administraciones públicas, consumidores y usuarios, con objeto de que asuman sus respectivas cuotas de responsabilidad, impulsando la creación de infraestructuras que garanticen este correcto tratamiento y gestión de los residuos en los lugares más próximos a su generación.

La Directiva 2006/12/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril ha sido derogada por el artículo 41 de la Directiva 2008/98/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre, sobre residuos.

Por su parte, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de noviembre de 2015, y a propuesta de la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, se aprobó el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022, como instrumento para orientar la política de residuos en España en los próximos años, que impulse las medidas necesarias para mejorar las deficiencias detectadas y promueva las actuaciones que proporcionan un mejor resultado ambiental y que aseguren que España cumple con los objetivos legales. Con este nuevo Plan, se cumple con:

  • - La obligación comunitaria de disponer de planes de gestión de residuos, ante la finalización en 2015, del Plan Nacional vigente (Plan Nacional Integrado de Residuos 2008-2015 (PNIR)).
  • - El cumplimiento de una de las condiciones ex ante del sector residuos para el acceso a fondos comunitarios destinados a este sector en el próximo período 2014-2020.
  • - La adaptación a los contenidos que la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados establece para el Plan Estatal Marco.

El objetivo final del Plan es convertir a España en una sociedad eficiente en el uso de los recursos, sustituyendo una economía lineal basada en producir, consumir y tirar, por una economía circular en la que se reincorporen al proceso productivo una y otra vez los materiales que contienen los residuos para la producción de nuevos productos o materias primas.

El avance hacia la economía circular se refleja en el PEMAR a través de la aplicación, en todos los flujos de residuos incluidos, del principio de jerarquía establecido en la normativa comunitaria, en cuya virtud la prevención debe ser la prioridad principal en relación con la política de residuos, seguida por este orden: por la preparación para la reutilización, el reciclado, otras formas de valorización, incluida la valorización energética, siendo la eliminación de residuos, fundamentalmente a través del depósito en vertedero, la última opción de la jerarquía para gestionar los residuos. Opción que debe reducirse para todos los flujos de residuos.

Asimismo, son también principios comunes a todos los flujos de residuos las siguientes orientaciones:

  • - La coordinación entre todas las administraciones implicadas especialmente a través de la Comisión de Coordinación y sus grupos específicos de trabajo para evitar barreras.
  • - Mejorar la información y e incrementar la transparencia en el ámbito de los residuos. En este sentido juega un papel esencial la puesta en marcha del Registro de Producción y Gestión de residuos, registro único y compartido para todo el territorio del Estado.
  • - Fortalecer, incrementar y coordinar las actividades de inspección, control y vigilancia, especialmente para evitar las distorsiones del mercado asociadas a la gestión ilegal de residuos.
  • - Destinar más recursos humanos y económicos al sector de los residuos para, entre otros, mejorar conocimiento sobre tratamientos y basar las decisiones en criterios técnicos.
  • - Mayor y mejor comunicación y sensibilización.
  • - Facilitar la reincorporación de materiales procedentes de residuos al mercado garantizando protección de la salud humana y del medio ambiente.

Este Plan presenta como novedad con respecto a sus predecesores el hecho de que para garantizar el cumplimiento de los objetivos nacionales las CCAA deberán cumplir como mínimo esos objetivos con los residuos generados en su territorio, salvo que la normativa sectorial establezca criterios específicos de cumplimiento.

Y cuando los objetivos afecten a residuos de competencia municipal, las entidades locales pondrán todos los medios a su alcance para el cumplimiento de dichos objetivos. En todo caso, las CCAA en sus planes autonómicos de gestión de residuos podrán establecer la contribución de las entidades locales, de forma independiente o asociada, al cumplimiento de los objetivos aplicables a los residuos de competencia municipal.

La aplicación y desarrollo de las orientaciones establecidas en el PEMAR conlleva beneficios de carácter ambiental, en la medida en que la correcta gestión de los residuos garantiza la protección de la salud humana, de la atmósfera, de las aguas y del suelo y contribuye a proteger el clima; de carácter económico, asociados a la actividad empresarial relativa a los residuos y al incremento de la disponibilidad de materias primas empeladas por la industria en condiciones seguras; y de carácter social, asociados a la creación de empleo derivada del fomento de la preparación para la reutilización y del reciclado.

Este Plan puede ser actualizado cuando se disponga de más información o cuando las circunstancias así lo aconsejen y, en todo caso, como máximo a los seis años de entrada en vigor con especial atención a la reutilización y reciclado.

La financiación de las actuaciones incluidas en este Plan correrá a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación – Ministerio para la Transición Ecológica.

Recuerde que…

  • La finalidad principal de los Planes de residuos es la de reincorporar al proceso productivo los materiales que contienen los residuos para la producción de nuevos productos o materias primas.
  • En los Planes Nacionales deben figurar objetivos de reducción, reutilización, reciclaje, valoración y eliminación de residuos, así como los medios para conseguirlos, el sistema de financiación y el procedimiento de revisión.
  • El Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022 es un instrumento para orientar la política de residuos, impulsando las medidas necesarias para mejorar las deficiencias detectadas.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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