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Secretaría General Técnica

Secretaría General Técnica

Dentro de la estructura de la Administración General del Estado existe en cada Ministerio la Secretaría General Técnica que es un órgano directivo al que corresponde la asistencia técnico-administrativa de las autoridades, desempeñando las funciones sobre servicios comunes. Su nombramiento se realiza por el Consejo de Ministros entre funcionarios de carrera.

Administración estatal y autonómica

¿Qué es la Secretaría General Técnica?

La organización de la Administración General del Estado responde a los principios de división funcional en Departamentos ministeriales y de gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas. La Administración General del Estado comprende la Organización Central, la Organización Territorial y la Administración General del Estado en el exterior.

En la organización central existe órganos superiores y órganos directivos y, entre los órganos directivos, se encuentran los Secretarios Generales Técnicos además de los Subsecretarios y Secretarios generales, los Directores generales y los Subdirectores generales. Los Ministerios cuentan, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes.

La Secretaría General Técnica de la Administración General del Estado es el órgano directivo con dependencia orgánica del Subsecretario del Estado, al que corresponde la asistencia técnico-administrativa de las autoridades del Ministerio y que desempeña las funciones sobre servicios comunes que se les atribuyan y, en todo caso, las relativas a la producción normativa, la asistencia jurídica y las publicaciones.

La Secretaría General Técnica desempeña un importante papel en la estructura orgánica de los Ministerios, tanto en el aspecto asesor y de apoyo a los órganos superiores del Departamento y de coordinación, como en el de valedora del ordenamiento jurídico. El nacimiento de las Secretarías Generales Técnicas no deriva de una única norma de creación sino que su origen varía según los distintos Departamentos, que fueron incorporando a su estructura orgánica una unidad con esa denominación.

¿Cuáles son sus funciones?

El artículo 65 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que tendrán las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el Real Decreto de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones

Por su parte, el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece que, en todo caso, los anteproyectos de ley, los proyectos de real decreto legislativo y los proyectos de disposiciones reglamentarias, deberán ser informados por la Secretaría General Técnica del Ministerio o Ministerios proponentes

¿Cómo se nombran los Secretarios Generales Técnicos?

Los Secretarios Generales Técnicos son nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio.

Los nombramientos habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

En todo caso, habrán de reunir los requisitos de idoneidad establecidos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado.

Recuerde que…

  • Los Secretarios Generales Técnicos tienen competencias sobre servicios comunes y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones.
  • La Secretaría General Técnica de cada Ministerio debe informar los anteproyectos de ley, los proyectos de real decreto legislativo y los proyectos de reglamento.
  • Los Secretarios Generales Técnicos son nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio.
  • Los Secretarios Generales Técnicos deben de nombrarse entre funcionarios de carrera a los que se les aplica los requisitos de idoneidad exigidos a los altos cargos.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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