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Código Penal

Código Penal

Es el conjunto unitario y sistematizado de las normas jurídicas que regulan el ejercicio del ius puniendi de un Estado, definiendo las conductas que son constitutivas de infracción penal y las penas que corresponden a cada una de ellas.

Penal

¿Qué estructura y objetivos tiene?

El Código Penal vigente en nuestro ordenamiento fue aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, 23 de noviembre.

Su estructura es la siguiente:

Los ejes del actual CP se sustentan fundamentalmente en una reforma total del sistema de penas para permitir alcanzar los objetivos de resocialización de la pena, la conjugación del principio de intervención mínima y las crecientes necesidades de tutela de nuevas formas de delincuencia, eliminando figuras delictivas que perdieron su razón de ser, tutelar los derechos fundamentales, eliminar el régimen de privilegio del que gozaban los funcionarios públicos y tratar de avanzar en el camino de la igualdad real.

¿Qué modificaciones ha sufrido en los últimos años?

1.- La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, supone una de las reformas más profundas del Código Penal desde su aprobación en 1995. Se modifican 252 artículos y se suprimen 32.

Estos son los puntos más destacados de la reforma:

  • Supresión de las faltas y nuevos delitos leves: unas se derivan a la vía administrativa, dentro de la Ley de Seguridad Ciudadana o a la vía civil y-otras pasan a ser consideradas delitos leves.
  • Modificación de las penas: se instaura la prisión permanente revisable y la sustitución de la pena pasa a ser una modalidad de suspensión en la que el juez puede acordar la imposición (como sustitutivo) de una pena de multa o de trabajos en beneficio de la comunidad. La libertad condicional pasa a ser una modalidad de suspensión de la ejecución del resto de la pena.
  • Se produce una profunda reforma del decomiso.
  • Se regula con más exhaustividad la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La existencia de un programa de prevención (programa de compliance penal), que conlleve una reducción significativa del riesgo de comisión de delitos, es una causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica. Se prevén, además, de forma más detallada, cuáles son los requisitos que deberá cumplir ese modelo.
  • En materia de violencia de género: se incluye el «género» como motivo de discriminación en la agravante del artículo 22.4 CP.
  • Se elevan las penas de asesinato, homicidio, hurto, robo y estafa
  • Se prevén nuevos delitos contra la libertad, la libertad sexual y la intimidad: como el de acoso o stalking o sexting.
  • Se delimita con mayor claridad los tipos penales de administración desleal y apropiación indebida. La regulación de la administración desleal se desplaza desde los delitos societarios a los delitos patrimoniales. Se da una nueva tipificación de la malversación de fondos públicos como un supuesto de administración desleal.
  • Se establece una clara separación entre las conductas de obstaculización o frustración de la ejecución, a las que tradicionalmente se ha entendido referido el delito de alzamiento de bienes, y los delitos de insolvencia o bancarrota.
  • Se ofrece una mayor protección para la propiedad intelectual el medio ambiente y contra incendios, corrupción en los negocios y en la administración pública.
  • Nuevas definiciones de atentado, alteración del orden público e incitación al odio y a la violencia.

2.- La LO 2/2015, de 30 de marzo, pretende combatir singularmente el terrorismo yihadista, e Introduce una amplia modificación del capítulo VII del título XXII del libro II del CP "De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo".

3. Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito que modifica el art. 126 CP.

4.- Cumpliendo el mandato europeo, mediante la LO 1/2019 se transponen al ordenamiento interno diversas Directivas comunitarias relativas al abuso de mercado (Directiva 2014/57/UE, de 16 de abril de 2014), la lucha contra el terrorismo (Directiva 2017/541/UE, de 15 de marzo de 2017) y la protección del euro frente a la falsificación (Directiva 2014/62/UE, de 15 de mayo de 2014) y de los intereses financieros de la Unión (Directiva 2017/1371, de 5 de julio de 2017). También modifica el delito de tráfico de órganos humanos adaptándolo a las previsiones contenidas en el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra el tráfico de órganos humanos de 25 de marzo de 2015 y completa la regulación de los delitos de corrupción de acuerdo con las directrices del Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO).

5.- Por su parte, la LO 2/2019 se asienta sobre tres ejes: la introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave por disposición de la ley, así como una interpretación auténtica de la imprudencia menos grave; el aumento de las penas de este tipo de conductas y la introducción del nuevo delito de abandono del lugar del accidente.

6. La LO 2/2020 de 16 de diciembre que modifica el Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente.

7. LO 3/2021 de 24 de marzo de regulación de la eutanasia, que modifica el art. 143.4 CP e introduce un apdo 5 en ese mismo precepto.

8. LO 5/2021 de 22 de abril, que deroga el artículo 315.3 del Código Penal para suprimir el delito de coacciones específico para hacer huelga.

9. LO 6/2021, de 28 de abril, que modifica los arts. 301.1 y 302.1 CP, para introducir dos nuevas agravantes en el delito de blanqueo de capitales.

10. Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modifica los arts. 118 y 120 y Disposición Adicional Primera CP.

11. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Modifica los arts. 22.4º, 39 b), 45, 46, 49, 57.1, 83.1.6º, 107, 130.1.5º, 132.1, 140 bis, 143 bis, 148. 3º, 156 ter, 156 quáter, 156 quinquies, 177 bis.1, 180.1.3ª y 4ª, 183.4 a) y d), 183 quáter, 188.3 a) y b), 189.2 b) c) y g), 189 bis, 189 ter, 192.3, 201, 215.3, 220.2, 225 bis 2, 267.3º, 314, 361 bis, 511, 512 y 515.4º.

12. Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.

Modifica arts. 24, 132 y 306 CP.

13. LO 4/2022 de 12 de abril, modifica la LO 10/1995 de 23 Nov., del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo.

Introduce un nuevo delito en el art. 172 quáter CP

14. LO 6/2022 de 12 de julio, complementaria de la L 15/2022 de 12 Jul., integral para la igualdad de trato y la no discriminación, de modificación de la LO 10/1995 de 23 Nov., del Código Penal.

Modifica los art. 22.4º y 510 CP para incluir los motivos antigitanos y por razón de aporofobia.

15. LO 9/2022 de 28 de julio, sobre normas que faciliten el uso de información financiera, modificación de la LO 8/1980, Financiación de las Comunidades Autónomas y modificación del Código Penal.

Modifica el art. 234 CP sancionando más gravemente los casos de hurtos leves no superiores a 400 euros cuando se producen de forma multirreincidente.

16. LO 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, efectúa una reestructuración de los delitos sexuales (arts. 178 a 183 bis CP), además de crear nuevas figuras delictivas, como el delito de utilización de imagen ajena sin consentimiento para perfil en RRSS, anuncios, o cualquier medio de difusión pública (art. 172 ter 5 CP), delito de acoso callejero o piropo soez (art. 173.4 CP) y el delito de redifusión de imágenes o grabaciones de contenido íntimo (art. 197.7 CP)

17. LO 11/2022, de 13 de septiembre, que modifica las imprudencias en tráfico y viene a establecer ope legis que, en todo caso, si el juez o tribunal determinan que hubo una imprudencia conduciendo un vehículo a motor o ciclomotor concurriendo una infracción grave de las normas de circulación (es decir, las recogidas en el art. 76 de la Ley de Tráfico) y, como consecuencia derivada de esta infracción, se produjo la muerte (art. 142.2 CP) o lesiones relevantes (art. 152.2 CP), la imprudencia ha de ser calificada, como mínimo, como imprudencia menos grave, pero nunca como leve, de modo que se considere objetivamente delito, para no dejar fuera de la vía penal dichas conductas.

18. LO 13/2022 de 20 de diciembre, que introduce en el artículo 177 bis.4 CP la letra c) , para agravar las penas previstas para los delitos de trata de seres humanos desplazados por un conflicto armado o una catástrofe humanitaria.

19. LO 14/2022, de 22 de diciembre, que suprime el delito de sedición, y modifica los delitos de trato degradante (art. 173.1 CP), estafas (arts. 248 y 249 CP) y falsificaciones (art. 399 bis CP), para incluir las monedas virtuales, los delitos contra los derechos de los trabajadores (art. 311.2ª CP), la malversación (arts. 432 CP y ss), los desórdenes públicos (arts. 557 CP y ss), e incluye el delito de enriquecimiento ilícito (art. 438 bis CP)

20. LO 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la LO 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Modifica el art. 145 bis CP, delito de aborto consentido dentro de los supuestos legales pero sin cumplir con los requisitos y el art. 172 ter.5 CP, delito de usurpación de imagen en redes y demás medios de difusión pública.

21. LO 3/2023, de 28 de marzo, que modifica los delitos contra la flora y la fauna (arts. 334 a 336 CP) y de maltrato a los animales (arts. 340 bis a quinquies CP): protege a los animales vertebrados y prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas por estos delitos, así como la posible adopción de medidas cautelares, entre las que destaca la de cambios provisionales sobre la titularidad y cuidado del animal. Regula un delito de lesiones (básicas, agravadas, que causen la muerte y leves) y otro de abandono de animales.

22. LO 4/2023, de 27 de abril, que procede a modificar nuevamente las agresiones sexuales, después de la reforma de la LO 10/2022, con el objetivo de evitar la posibilidad de que se impongan penas más bajas, pero mantiene la íntegra definición del consentimiento y, por tanto, la esencia de la regulación de los delitos contra la libertad sexual.

Recuerde que…

  • El Código Penal vigente fue aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, 23 de noviembre.
  • En su Título Preliminar regula las garantías penales y su aplicación.
  • En su Libro I recoge las disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal.
  • Su Libro II se refiere a los concretos delitos y sus penas.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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