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Junta preparatoria

Junta preparatoria

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento del Senado, los Senadores se reunirán en el Palacio del Senado para celebrar Junta Preparatoria el día que señale el Decreto de convocatoria de elecciones,

Derecho parlamentario y electoral

El día señalado en el decreto de convocatoria de las elecciones para la celebración de la sesión constitutiva del Senado, el artículo 2 del Reglamento de la Cámara Alta dispone que se reunirán los Senadores en el Palacio del Senado para celebrar la Junta Preparatoria que será presidida por el que figure primero en la lista de presentación de credenciales -generalmente uno de los electos en alguna de las circunscripciones pequeñas próximas a Madrid, en las que se termina primero el acto de escrutinio general y proclamación de electos-. El Presidente de la Junta Preparatoria declarará abierta la sesión y dispondrá que por el Letrado Mayor de la Cámara se lean la convocatoria de la misma, la lista de credenciales y los artículos del Reglamento referentes al acto, así como las impugnaciones presentadas.

Recuerde:

  • La Junta Preparatoria será presidida por Senador que figure primero en la lista de presentación de credenciales.

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