¿Qué se entiende por quanti ea res est, erit y fuit?
Las expresiones latinas hacen referencia a los distintos valores que pueda tener la cosa que de lugar a la condemnatio:
- Quanti ea res est: es el valor de la cosa en el momento presente, coincidente con la litis contestatio o momento en el que se redactan los términos.
“Impugnación que se limita a la diferencia en menos, con respecto a la cantidad total reclamada en vía administrativa y en la demanda (9.030.083,79 pts.) resultante de la fijación en el fallo de la cantidad de 2.725.072 pesetas como "quanti ea res est" (STS 14 de abril de 1981
- Quanti ea res erit: valor de la cosa en el momento en que se dicte la sentencia.
- Quanti ea res fuit: el valor de la cosa en el momento en el que se produjo la obligación, lo que implica un posible cambio de valor en el momento actual.
¿Qué relación tiene con la condemnatio?
La expresión condena, condemnatio originaria del Derecho Romano, hace referencia a la facultad otorgada al juez para absolver o condenar al reo. Con esta expresión se designa, por tanto, la condena del juez en la sentencia conforme al valor de la prestación incumplida.
Dentro de la condemnatio podemos distinguir entre cierta e incierta. La primera coincide con la cantidad o valor expresada en el intentio, es decir, con la situación que plantea el demandante que puede dar lugar a la condena del reo. Ejemplo de este supuesto es cuando queda expresada claramente la cantidad, como en una deuda. En segundo lugar, es incierta cuando hay que proceder a una valoración que se desconoce.