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Instituto Social de la Marina (ISM)

Instituto Social de la Marina (ISM)

Seguridad Social

Se trata de una Entidad Gestora de ámbito nacional, que tiene como objetivo la asistencia de los trabajadores del mar, tanto en España como en el extranjero, gestionando la protección que otorga el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Fue creado a través de la ley de 18 de octubre de 1941. Con posterioridad la Disposición Adicional tercera del Real Decreto Ley 36/1978, de 16 de noviembre, de Gestión Institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo, declaró que el Instituto Social de la Marina seguiría cumpliendo como entidad gestora las funciones que tenía encomendadas. En la actualidad la Disposición Adicional 19ª del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece que el Instituto Social de la Marina continuará llevando a cabo las funciones y servicios que tiene encomendados en relación a la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar; encontrándose su regulación reglamentaria en el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina.

En la actualidad se encuentra adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y las funciones y servicios que tenía encomendadas en materia de asistencia sanitaria, educativa, de empleo y formación profesional ocupacional de los trabajadores del mar han sido transferidas a las CCAA con competencias en la materia.

En cuanto a las funciones que asume el Instituto Social de la Marina, se contienen en el artículo 3 del Real Decreto 504/2011, y son las siguientes (sólo señalamos las fundamentales):

  • a) Gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, lo que supone la gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones dentro de dicho Régimen Especial.
  • b) Participa en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social en la gestión de la cotización y la función recaudatoria en período voluntario en el sector marítimo-pesquero.
  • c) También en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social, realiza inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de trabajadores, formalización de la documentación asociación para la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o cobertura de la incapacidad temporal común, dentro del ámbito del Régimen Especial de Trabajadores del Mar (véase la Disposición Adicional 2ª del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, que aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social).
  • d) Gestiona la asistencia sanitaria de los trabajadores del mar a bordo y en el extranjero, pudiendo hacerlo bien a través de servicios o instalaciones propias o acordando la repatriación de trabajadores enfermos o accidentados.
  • e) Gestiona las prestaciones por desempleo de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
  • f) Gestiona las prestaciones por cese de actividad de los trabajadores autónomos que tengan cubiertas las contingencias profesionales con el Instituto Social de la Marina.

A tenor de lo que acabamos de señalar, el Instituto Social de la Marina asume la práctica totalidad de las competencias propias de las diferentes entidades gestoras de la Seguridad Social, dentro del ámbito del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, ya sea como funciones propias, o bien como entidad colaboradora. Al respecto debe tenerse en cuenta que si bien inicialmente el Instituto Social de la Marina era el titular de los recursos económicos existentes dentro del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar, el artículo 69 de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1997, dispuso que los recursos económicos y patrimonio del Instituto Social de la Marina se adscribiese a la Tesorería General de la Seguridad Social, asumiendo esta las obligaciones de pago del Instituto Social de la Marina, cumpliéndose así el principio de unidad de caja.

En cuanto a la estructura del Instituto Social de la Marina, cuenta con un organigrama a dos niveles: el central y el periférico. En el primero existen órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión (órganos tripartitos en el que se integran representantes de la administración, los sindicatos más representativos y la patronal del sector), que son el Consejo General y la Comisión Ejecutiva; y órganos de dirección y gestión (la Dirección y Subdirecciones Generales). A nivel periférico se estructura a través de Comisiones ejecutivas provincipales (órganos de participación) y las Direcciones Provinciales y Direcciónes Locales (órganos de dirección y gestión).

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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