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Ordenanzas laborales

Ordenanzas laborales

Las ordenanzas laborales ran un conjunto de normas dictadas por el Ministerio de Trabajo sin delegación posible para fijar sistemáticamente las condiciones mínimas a que habían de ajustarse las relaciones laborales en las distintas ramas de la producción.

Negociación colectiva y convenios colectivos

¿Dónde se originan las ordenanzas laborales?

En el periodo histórico que va desde el año 1938 a la aprobación de la Constitución de 1978 tuvieron una importancia trascendental las ordenanzas de trabajo, también llamadas reglamentaciones de Trabajo, que subsistieron provisionalmente como figura normativa residual y a extinguir tras la entrada en vigor del texto constitucional y el Estatuto de los Trabajadores de 1980, 1995 y, más tarde, 2015.

La reglamentación de trabajo u ordenanza laboral era una norma estatal, emanada de la Administración laboral, en cuya aparición tuvo mucho que ver tanto el proceso de intervención radical del Estado en el conflicto capital/trabajo como la supresión de la negociación colectiva en el marco de la aparición de los regímenes políticos totalitarios, encarnados por el nacional socialismo alemán y el régimen corporativo fascista italiano. En este orden de ideas es capital para comprender la figura jurídica de las ordenanzas laborales hacer mención a las disposiciones estrictamente estatales recogidas en las Tarifordnungen del Derecho nacional socialista germano, que se establecieron en la Ley de Ordenación del Trabajo Nacional de 20 de enero de 1934, fijando condiciones laborales de mínimos.

¿En qué consistían?

Desde un punto de vista exclusivamente legal, las reglamentaciones de trabajo, como explica Montoya Melgar, eran un conjunto de normas dictadas por el Ministerio de Trabajo sin delegación posible para fijar sistemáticamente las condiciones mínimas a que habían de ajustarse las relaciones laborales en las distintas ramas de la producción, noción esta que se desprendía del artículo 1 de la derogada Ley de Reglamentaciones de Trabajo de 16 de octubre de 1942. Venían a ser como un Código de Trabajo en el que el Estado fijaba las condiciones laborales mínimas en un determinado sector de la producción, sin perjuicio de que pudieran ser mejoradas por los empresarios (véase: Condiciones de trabajo).

¿Cómo se produjo su debilitamiento?

El progresivo debilitamiento de las ordenanzas laborales en España viene jalonado por los siguientes hitos fundamentales:

  • a) La legalización en 1958 de una tímida negociación colectiva en el marco de la organización sindical, que significó un serio golpe al monopolio estatal en la fijación de las condiciones laborales.
  • b) La promulgación de la Constitución, y la expresa derogación por ella del Fuero del Trabajo y demás Leyes Fundamentales del Reino, consagrando expresamente el derecho a la negociación colectiva, corolario del reconocimiento de sindicatos y asociaciones patronales, lo que significó la derogación implícita de la Ley de Reglamentaciones de 16 de octubre de 1942, cuyo máximo fundamento legal de cobertura se situaba en la Declaración III.4 del Fuero del Trabajo de 1938, primera norma fundamental del nuevo Estado surgido de la Guerra Civil.
  • c) La disposición final tercera del Estatuto de los Trabajadores de 1980, que derogó la Ley de Reglamentaciones.

¿Cómo se manifestó su eficacia transitoria tras la aprobación del Estatuto de los Trabajadores?

Pese a la derogación de la Ley de Reglamentaciones, las ordenanzas mantuvieron su eficacia como Derecho dispositivo, según la disposición transitoria sexta del Estatuto de los Trabajadores de 1995, en tanto no fueran sustituidas por convenios colectivos, hasta el 31 de diciembre de 1994, condicionando tal régimen legal de vigencia a la inexistencia de un Acuerdo interprofesional o singular que estableciera otra cosa. También el Ministerio de Trabajo, con base en esa disposición transitoria 6ª, pudo prorrogar la vigencia de las ordenanzas laborales hasta el 31 de diciembre de 1995, siempre que la ordenanza en cuestión correspondiera a un sector con dificultades de regulación negociada. Sobrepasada la fecha de 31 de diciembre de 1995, el panorama de las ordenanzas laborales revistió gran complejidad: muchas de ellas habían sido sustituidas por convenios colectivos, acuerdos o laudos arbitrales (véase: Negociación colectiva); otras se mantuvieron prorrogadas a la espera de ser derogadas por acuerdos o laudos. Así llegamos al Acuerdo de Cobertura de Vacíos suscrito el 28 de abril de 1997 por las principales organizaciones sindicales y patronales, regulando las lagunas producidas por la desaparición de las reglamentaciones de trabajo. Este laborioso itinerario de sustitución de las viejas ordenanzas de trabajo, como lo califica Palomeque López, culmina definitivamente el 19 de mayo de 2005, tras la adopción por los sujetos correspondientes del Acuerdo Marco Estatal para el sector de limpieza de edificios y locales que procedió a la sustitución de la homónima y última ordenanza laboral hasta entonces vigente.

Recuerde que...

  • Las ordenanzas laborales ran un conjunto de normas dictadas por el Ministerio de Trabajo sin delegación posible para fijar sistemáticamente las condiciones mínimas a que habían de ajustarse las relaciones laborales en las distintas ramas de la producción.
  • Venían a funcionar como un Código de Trabajo en el que el Estado fijaba las condiciones laborales mínimas en un determinado sector de la producción, sin perjuicio de que pudieran ser mejoradas por los empresarios.
  • Los inicios de la negociación colectiva en el marco de la organización sindical significó un serio golpe al monopolio estatal en la fijación de las condiciones laborales.
  • Otros hitos importantes fueron la publicación de la Constitución española y el primer Estatuto de los Trabajadores.
  • Las ordenanzas mantuvieron su eficacia como Derecho dispositivo, de forma transitoria, hasta el 31 de diciembre de 1994, y en algunas manifestaciones normativas que culminaron en 2005.

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