Concepto
Se entiende por accesibilidad el grado o nivel en el que cualquier persona puede utilizar o disfrutar de un bien o un servicio, independientemente de su condición física o psíquica. La accesibilidad es un requisito necesario para la participación de todas las personas en las actividades de la vida cotidiana, sin importar sus posibles limitaciones.
La discapacidad puede, en ocasiones, dificultar la accesibilidad a las personas que la sufren, por lo que dificulta la integración social y puede llegar a provocar situaciones de exclusión social. La accesibilidad se convierte así no solo en una materia práctica, sino en una cuestión ética, que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) afecta a más de mil millones de personas con discapacidad en el mundo.
Para mitigar esta situación, la "Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad" —aprobada en 2006 por Naciones Unidas— protege los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, que son consideradas como sujetos titulares de derechos, y no como meros objetos de tratamiento y protección social.
Todos los países integrantes de la Convención se han comprometido a promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad, así como a garantizar su plena igualdad ante la ley mediante la supresión de las barreras de accesibilidad del entorno. El objetivo es que las personas con discapacidad sean capaces de vivir de forma independiente y que puedan participar plenamente en todos los aspectos de la vida.
El término accesibilidad también tiene otros usos: aplicada al contenido de Internet se denomina accesibilidad web; si nos referimos al marketing móvil de empresas hablamos de accesibilidad de un negocio.
Tipos de barreras
Las personas con discapacidad pueden encontrar problemas de accesibilidad de tipos diferentes en función de sus limitaciones. Existen barreras arquitectónicas, de acceso a la información y educación, el racismo y la religión.
a) Barreras arquitectónicas
Las barreras arquitectónicas dificultan o impiden que las personas que presentan determinadas discapacidades puedan desenvolverse en los espacios públicos. La existencia de aceras con la suficiente amplitud y el adecuado mantenimiento, semáforos con señales acústicas, vados y rampas con una pendiente adecuada son, en estos casos, herramientas apropiadas.
b) Barreras en el transporte
La movilidad para poder desplazarnos de un lugar a otro es esencial para el desarrollo normal de la actividad cotidiana. Sin embargo, las personas con discapacidad se encuentran con dificultades para utilizar autobuses, taxis o trenes.
Una ciudad accesible sería aquella capaz de ofrecer un transporte público adaptado para el uso de todas las personas, incluyendo autobuses, transporte de cercanías y de larga distancia, con estaciones también adaptadas.
c) Barreras en la información y las comunicaciones (TIC)
Las discapacidades que pueden limitar el uso de las TIC son variadas: la discapacidad motora puede dificultar el uso adecuado de dispositivos periféricos en un ordenador (como el ratón, el teclado, las tablets); la discapacidad visual limita o impide el acceso a toda la información que aparece en la pantalla de un ordenador.
La principal solución a estos problemas es la utilización de herramientas de hardware y software que suplan la discapacidad de dichos usuarios como fórmulas para garantizar que la sociedad de la información no se traduzca en exclusión social.
d) Barreras en el ámbito de la educación
Todos los factores que dificultan o limitan el pleno acceso a la formación y a las oportunidades de aprendizaje constituyen barreras en la educación. Además de las discapacidades, las barreras para el aprendizaje pueden ser también políticas, institucionales, culturales, sociales y económicas.
e) Barreras raciales y religiosas
Recientemente se ha incluido el racismo entre las barreras de accesibilidad sociales, ya que puede dar lugar a situaciones de exclusión social e impedir que las personas pertenecientes a minorías étnicas (o religiosas) puedan trabajar o integrarse en una sociedad.
Legislación
La plena accesibilidad está aún lejos de conseguirse a pesar de los esfuerzos y avances logrados en España y en otros países del entorno. Un mayor conocimiento del problema, los esfuerzos para mejorar la sensibilización social y una adecuada legislación han potenciado la adopción de medidas encaminadas a una mayor accesibilidad.
a) Legislación Española sobre Accesibilidad
Cabe destacar la siguiente normativa española con respecto a la accesibilidad:
- a) La Constitución Española de 1978.
- b) Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido LISMI (BOE de 30 de abril).
- c) Ley 15/1995, de 30 de mayo, para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad (BOE de 31 de mayo).
- d) Ley 51/2003, de 2 de diciembre, sobre Igualdad de Oportunidades No Discriminación y Accesibilidad Universal (BOE de 3 de diciembre).
- e) Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, sobre las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones (BOE de 11 de mayo).
- f) Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociega (BOE de 24 de octubre).
- g) Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social (BOE de 21 de noviembre).
- h) Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, sobre el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad (BOE de 4 de diciembre).
- i) Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, sobre las Condiciones Básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales (BOE de 30 de marzo).
- j) Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE de 3 de diciembre).
b) Legislación Europea sobre Accesibilidad
- a) Resolución 48/96 de Naciones Unidas, de 4 de marzo de 1994, sobre Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 1993).
- b) Resolución B4-0985/98 del Parlamento Europeo, sobre el lenguaje mímico (DOCE C 379 , de 7 de diciembre de 1998).
- c) Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DOUE 303, de 2 de diciembre de 2000).
- d) Resolución del Consejo, de 6 de febrero de 2003, sobre "Accesibilidad electrónica".
- e) Consultation Document European Accessibility Act, 12/12/2011. (Consulta del documento de la Ley Europea de Accesibilidad).
Recuerde que...
- • La accesibilidad es un requisito necesario para la participación de todas las personas en las actividades de la vida cotidiana.
- • Las personas con discapacidad pueden encontrar problemas de accesibilidad de tipos diferentes en función de sus limitaciones
- • Tipos de barreras: arquitectónicas, en el transporte, en la información y las comunicaciones, en la educación y raciales y religiosas.