Recargo provincial sobre las cuotas mínimas del Impuesto sobre Actividades Económicas (Comunidad Autónoma de Cantabria)
El Recargo provincial sobre las cuotas mínimas del Impuesto sobre Actividades Económicas se fundamenta en la habilitación establecida en La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, que, en su artículo 124, regula la posibilidad de que las Diputaciones Provinciales establezcan un recargo sobre el mismo no superior al 40 por 100, posibilidad que se hace extensiva a las comunidades autónomas uniprovinciales en virtud de la disposición adicional decimoséptima de esta ley.
Cuantía del recargo
Se fija el recargo sobre las cuotas mínimas del Impuesto sobre Actividades Económicas en el 0 por 100 (art. 2 de la Ley 2/1992, de 26 de febrero).
Recuerde que...
- • El recargo sobre las cuotas mínimas del Impuesto sobre Actividades Económicas en Cantabria es del 0 por 100.