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Mercado único de pagos

Mercado único de pagos

Nueva regulación europea que, entre otras cuestiones, otorga acceso a terceros a la infraestructura de los bancos.

Banca y bolsa

Concepto

En 2007, la primera Directiva europea de Servicios de Pago (PSD, Payments Service Providers), establecía las bases para la creación de un mercado único de pagos en la Unión Europea. En 2013 se realizó una revisión (PSD2) que pretende reforzar la posición del consumidor al incrementar la competencia, así como normalizar nuevos métodos de pagos como los realizados online o a través de móvil.

Entre las implicaciones más importantes de esta nueva Directiva se encuentra la obligación de los bancos de abrir sus servicios de pago a terceras empresas, los denominados third party payments service providers (TPPs), que deben cumplir con los mismos requisitos de registro, autorización y supervisión por parte de las autoridades que el resto de proveedores de este tipo de servicios.

También contempla nuevas figuras de proveedores de servicios de pago: el proveedor de servicios de iniciación de pagos (PISP, payment initiation service providers) y el proveedor de servicios de información sobre cuentas (AISP, account information service provider), las cuales pueden participar en las operaciones de pago, dentro de la relación entre el cliente y la entidad bancaria.

Estos proveedores o prestadores de servicios de pago deben adoptar medidas de seguridad, en especial para garantizar la debida autentificación de los usuarios. Por lo que deben contar con un adecuado mecanismo de notificación de incidentes de seguridad a los supervisores y a los usuarios.

Además, la normativa contempla los distintos servicios de pago sobre los que se aplica (depósitos de efectivo, gestión cuenta de pago, retirada de efectivo, ejecución operaciones de pago, instrumentos de pago, envío de dinero, servicios de información de cuentas …); así como los requisitos que deberán cumplir las entidades que presten estos servicios.

La consecuencia de esta normativa será que, en el momento de realizar una compra online, en lugar de tener que recurrir a empresas proveedoras de servicios de pagos electrónicos, que a su vez se ponen en contacto con las emisoras de tarjetas y estas a su vez se encargan de efectuar los cargos en cuenta bancaria, ahora el consumidor simplemente dará su consentimiento para que se realicen cargos a su nombre, es decir, el comercio y el banco se comunicarán directamente, a través de una application programm interface (API).

Derechos para los usuarios de los servicios de pago

Esta nueva normativa incluye mejoras en los derechos para los usuarios de los servicios de pago, entre las que destacan:

  • Transparencia e información: El acceso a la información no tendrá coste alguno para los usuarios que deberán conocer gratuitamente los gastos asociados a cada operación, las condiciones de la misma y el plazo de ejecución en que se llevará a cabo.
  • Facultad de rescisión: En todo momento, salvo que se pacte lo contrario, el usuario de los servicios PSD2 podrá rescindir su contrato marco sin aviso previo. En caso de existir pacto en contra, este no podrá superar el mes.
  • Rectificación de operaciones no autorizadas: En caso de realizarse operaciones no autorizadas, la nueva Directiva europea obliga a su corrección inmediata. El usuario deberá notificar a su proveedor tan pronto se dé cuenta de la operación.
  • Responsabilidad por operaciones no autorizadas: Se limita la responsabilidad de los usuarios que sean víctimas de operaciones fraudulentas. La cantidad máxima que se tendrá que soportar será de 50 euros, frente a los 150 euros anteriores.
  • Autenticación reforzada: Una de las medidas de la Directiva PSD2 es la de emplear medidas de autenticación reforzada o doble autenticación. Uno de los objetivos es reducir el fraude y aumentar la seguridad.
  • Compras online más rápidas: Con la nueva Directiva el intercambio monetario se hace de forma instantánea, al estilo de una transferencia.

Recuerde que...

  • Entre las mejoras para los derechos para los usuarios de los servicios de pago, destacan la transparencia e información; la facultad de rescisión; la rectificación de operaciones no autorizadas; la responsabilidad por operaciones no autorizadas; la autenticación reforzada, así como compras online más rápidas.

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

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