guiasjuridicas.es - Documento
El documento tardará unos segundos en cargarse. Espere, por favor.
Moneda extranjera (Contabilidad)

MONEDA EXTRANJERA (CONTABILIDAD)

En términos contables es aquella divisa diferente a la moneda funcional. Toda transacción en moneda extranjera se convertirá a moneda funcional, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera del tipo de cambio de contado, es decir, del tipo de cambio utilizado en las transacciones con entrega inmediata entre ambas monedas, en la fecha de la transacción, entendida como aquélla en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento.

Según el Plan General de Contabilidad 2007, se ha de distinguir entre:

  • - Partidas monetarias: Son el efectivo, así como los activos y pasivos que se vayan a recibir o pagar con una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los préstamos y partidas a cobrar, los débitos y partidas a pagar y las inversiones en valores representativos de deudas que cumplan los requisitos anteriores.
  • - Partidas no monetarias: Son los activos y pasivos que no se consideren partidas monetarias, es decir, que se vayan a recibir o pagar con una cantidad no determinada ni determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los inmovilizados materiales, inversiones inmobiliarias, el fondo de comercio y otros inmovilizados intangibles, las existencias, las inversiones en el patrimonio de otras empresas que cumplan los requisitos anteriores, los anticipos a cuenta de compras o ventas, así como los pasivos a liquidar mediante la entrega de un activo no monetario.
  • · Valoración inicial: Se podrá utilizar un tipo de cambio medio de un período (como máximo mensual) para todas las transacciones de ese período siempre que no haya variaciones significativas durante el mismo.
  • · Valoración posterior: Se ha de distinguir entre partidas monetarias y no monetarias:
    • a) Partidas monetarias: Al cierre del ejercicio se valorarán aplicando el tipo de cambio de cierre, entendido como el tipo de cambio medio de contado existente en esa fecha. Las diferencias de cambio, tanto positivas como negativas, que se originen en este proceso, así como las que se produzcan al liquidar dichos elementos patrimoniales, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el que surjan.
    • b) Partidas no monetarias: Se establecen dos situaciones:
      • b.1) Partidas no monetarias valoradas a coste histórico: Éstas se valorarán al tipo de cambio de la fecha de la transacción. Si el activo se amortiza, las dotaciones de amortización se calcularán sobre el importe en la moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha de registro inicial. Esta valoración no puede exceder del importe recuperable en ese momento.

        Estas normas sólo varían en caso de empresas situadas en países con altas tasas de inflación. Se considera que existen altas tasas de inflación cuando la misma se aproxime o supere en tres años el 100%

      • b.2) Partidas no monetarias valoradas a valor razonable: Se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de determinación del valor razonable.

A continuación se muestra un ejemplo ilustrativo:

EJEMPLO:

Una empresa ha realizado durante el mes de noviembre las siguientes operaciones en libras esterlinas (£), siendo su moneda funcional y de presentación el euro (€):

  • - Adquiere el 1 de noviembre, al contado, un vehículo por importe de 15.000 £. Se estima que no tiene valor residual y que su vida útil será de 10 años.
  • - Compra mercaderías el 12 de noviembre a un proveedor británico a pagar dentro de 60 días: 2.000 unidades a 5,5 £ cada una.
  • - Vende mercaderías el 25 de noviembre a un cliente extranjero a cobrar dentro de tres meses: 1.800 unidades a 9 £ cada una.

La información sobre el tipo de cambio es la siguiente:

FechaTipo de cambio
01-11-20XX1,22 €/£
12-11-20XX1,21 €/£
25-11-20XX1,23 €/£
31-12-20XX1,20 €/£

Se sabe además que la empresa tenía unas existencias iniciales de 100 unidades, valoradas en 590 €, a 1 de enero y que al cierre del ejercicio el valor neto de realización de las existencias que quedan en el almacén (criterio FIFO) es de 5 £/unidad. Asimismo, el vehículo tiene un valor en uso al cierre de 14.000 £.

SOLUCIÓN:

Para su valoración posterior necesitamos clasificar las partidas:

Elemento patrimonialPartida
VehículoNo monetaria
ProveedoresMonetaria
ClientesMonetaria

POR LA ADQUISICIÓN DEL VEHÍCULO (01-11-20XX):

PartidasDEBEHABER

(218) Elementos de transporte

18.300

(572) Bancos (15.000 £ x 1,22 €/£)

18.300

POR LA COMPRA DE MERCADERÍAS (12-11-20XX):

PartidasDEBEHABER

(600) Compra mercaderías

13.310

(4004) Proveedores moneda extranjera (2.000 uds. x 5,55 £/ud. x 1,21 €/£)

13.310

POR LA VENTA DE MERCADERÍAS (25-11-20XX):

PartidasDEBEHABER

(700) Venta mercaderías

19.926

(4304) Clientes moneda extranjera (1.800 uds. x 9 £/ud. x 1,23 €/£)

19.926

AL CIERRE DEL EJERCICIO (31-12-20XX)

• Por la amortización del vehículo: 18.300 €/10años = 1.830 €/año x 2/12 = 305 €

PartidasDEBEHABER

(681) AIM

305

(2818) AAIM Elementos de transporte

305

Valor contable: 18.300 - 305 = 17.995 €

Valor en uso: 14.000 £ x 1,20 €/£ = 16.800 €

Deterioro: 17.995 - 16.800 = 1.195 €

PartidasDEBEHABER

(691) Pérdida por deterioro del IM

1.195

(2918) Deterioro elementos de transporte

1.195

• Por el ajuste de la deuda con el proveedor:

PartidasDEBEHABER

(768) Diferencias positivas de cambio (2.000 uds. x 5,5 £/ud. x [1,21-1,20] €/£)

110

(4004) Proveedores moneda extranjera

110

• Por el ajuste del crédito con el cliente:

PartidasDEBEHABER

(668) Diferencias negativas de cambio (1.800 uds. x 9 £/ud. x [1,23-1,20] €/£)

486

(4304) Clientes moneda extranjera

486

• Por las existencias:

PartidasDEBEHABER

(300) Mercaderías (Existencias iniciales)

590

(610) V.E. Mercaderías

590

Existencias finales: 100 + 2.000 - 1.800 = 300 uds.

Valoración (FIFO): 300 uds. x 5,5 £/ud. x 1,21 €/£ = 1996,50 €

PartidasDEBEHABER

(300) Mercaderías (Existencias finales)

1.996,50

(610) V.E. Mercaderías

1.996,50

Precio de adquisición: 1.996,50 €

V.N.R.: 300 uds. x 5 £/ud. x 1,20 €/£ = 1.800 €

Deterioro: 1.996,50 - 1.800 = 196,50 €

PartidasDEBEHABER

(6930) Pérdida deterioro mercaderías

196,50

(390) Deterioro mercaderías

196,50

© LA LEY Soluciones Legales, S.A.

Aviso legal
Política de privacidad
Política de cookies
RSC y Medioambiente
Gestionar cookies
Los productos que se integran en un paquete comercial, conjuntamente con una Base de datos y/o una publicación, pueden ser adquiridos también de forma individual. Puede obtener las condiciones comerciales aplicables a la venta separada de estos productos llamando al 91 903 90 27. En el caso de publicaciones en papel o digitales o productos de e-learning, puede también consultar estos precios en Tienda LA LEY
Subir